El vídeo de Begoña Gómez ante el juez: imágenes de su comparecencia
El juez Peinado acordó «la suspensión del acto» y aplazó la declaración al 19 de julio. La mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, alegó no tener conocimiento del contenido de los hechos que se investigan. Ahora, se ha filtrado el vídeo de Begoña Gómez ante el juez.
Comparecencia y aplazamiento
Begoña Gómez acudió el pasado viernes a los juzgados de Plaza de Castilla en Madrid para declarar ante el juez Juan Carlos Peinado por una investigación relacionada con tráfico de influencias y corrupción en el sector privado. Sin embargo, la comparecencia duró apenas 20 minutos y la declaración de Gómez fue aplazada al 19 de julio, como se muestra en este vídeo.
El juez Peinado decidió posponer la declaración después de que Begoña Gómez alegara no tener conocimiento de los hechos por los que estaba siendo investigada.
Falta de conocimiento sobre la querella
A la pregunta del juez sobre si conocía los hechos investigados, la esposa del presidente respondió que «no». Peinado insistió: «¿No tiene conocimiento?». Tras la segunda negativa, el juez pidió al resto de las partes que abandonaran la sala: «Vamos a suspender la declaración para ilustrarle debidamente en presencia de su letrado… Y le ilustraré yo personalmente».
No se había notificado a Begoña Gómez la ampliación de la querella de Hazte Oír, según señalaron fuentes jurídicas. Gómez pudo leer en un receso los términos de esa acusación, tras pedir al resto de las partes que abandonaran la sala.
Investigación en curso
El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, investiga a Begoña Gómez por una causa abierta tras una denuncia del sindicato Manos Limpias por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios, relacionada con adjudicaciones al empresario Juan Carlos Barrabés, profesor de un máster que ella codirigía.
A esta denuncia se sumó la querella de Hazte Oír, también por tráfico de influencias, que solicitaba investigar si Begoña Gómez utilizó su relación con el presidente del Gobierno para «establecer relaciones comerciales y profesionales con diversas empresas y entidades» o si ofreció o ejerció su influencia en «la concesión de subvenciones y ayudas públicas».
Otras acusaciones personadas en la causa, como Vox, denunciaron presuntos hechos adicionales, como la apropiación de un software para el máster de la cátedra de la Universidad Complutense de Madrid que ella codirigía.
Próxima declaración
En la citación del 19 de julio, el juez Peinado centrará el interrogatorio en tres líneas de investigación: las adjudicaciones al empresario Juan Carlos Barrabés que no incluyeron fondos europeos, la relación de Gómez con Air Europa durante las negociaciones para el rescate de la aerolínea, y sus actividades como codirectora de dos másteres en la Complutense. Gómez acudirá en calidad de investigada, por lo que no está obligada a responder a las partes ni a decir la verdad. Además, puede acogerse a su derecho a no declarar y abandonar el juzgado en cuestión de minutos.
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El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.
Una obligación legal sin compensación suficiente
El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.
La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.
El fallo del Supremo
El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:
Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio
Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses
Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible
Por qué es clave esta decisión
La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.
En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.
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