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La solución para controlar la viruela del mono, según un epidemiólogo

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protocolo sanidad viruela del mono

Esta es la situación de la viruela del mono en España, sigue la última hora desde Official Press:

València, 19 ago (EFE).- El epidemiólogo e investigador de la Fundación de Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana (Fisabio) Salvador Peiró considera que la «solución» a la transmisión del mpox -antes llamada viruela del mono- pasa por «dar soporte para la vacunación en África», ya que mientras no se contenga allí «mantendremos esta situación de riesgo».

En Europa «no es necesaria» la vacunación masiva contra este virus, pero sí la de grupos de riesgo y, de producirse, «la de los casos sospechosos y sus contactos», asegura a EFE Peiró, que afirma que la Comunitat Valencia está preparada para dar respuesta a la llegada del mpox.

Imagen de archivo del epidemiólogo e investigador de la Fundación de Investigación Sanitaria y Biomédica (Fisabio) Salvador Peiró. EFE/Ana Escobar

Dos cepas de la enfermedad y una nueva variante

Peiró explica que hay dos cepas de la enfermedad -clado I y II- y una nueva variante del clado I llamada ‘Ib’; recuerda que el clado II es el que causó la alerta de 2022 y, aunque se ha reducido mucho, todavía va dejando algunos casos.

Al respecto, indica que durante este año ha dejado algo menos de 300 casos de mpox en toda España, una docena de ellos en la Comunitat Valenciana, y recuerda que la transmisión de este virus es por contacto, pero fundamentalmente por contacto sexual.

En el caso del clado Ib, que es el que está produciendo la actual epidemia en la República Democrática del Congo, señala que es más transmisible, la vía fundamental no es la sexual y está afectando sobre todo a niños y jóvenes probablemente porque la vacunación con la vacuna de la viruela humana, que acabó en 1979, ofrece alguna protección residual a los vacunados.

En Europa, por el momento, sólo se ha reportado un caso de Ib, en Suecia, en un viajero que venía de África, añade Peiró, quien considera que el riesgo en Europa de esta variante, incluyendo España, «es bajo».

«Es probable que más tarde o más pronto tengamos algún caso o algún brote, pero la transmisión por contacto (y fluidos y fómites) es más fácil de controlar que la respiratoria, los pacientes más fáciles de detectar (buscan atención médica) y más fáciles de aislar», subraya.

¿La vacunación masiva es la solución?

Preguntado por si la vacunación masiva puede ser la solución, el epidemiólogo, indica a EFE que en Europa «no es necesaria», pero sí la vacunación de grupos de riesgo y, de producirse, la de los casos sospechosos y sus contactos.

A su juicio, la “solución” pasa por «dar soporte para la vacunación en África», ya que mientras no se contenga allí «mantendremos está situación de riesgo».

La Comunitat Valenciana, preparada para dar respuesta

Respecto a si la Comunitat Valenciana está preparada para dar respuesta a este virus, Peiró afirma que «en principio, sí. Las tareas a realizar son las habituales en estos casos y la Comunidad tiene recursos».

Según explica, habría que reforzar la vigilancia epidemiológica, incluyendo una mayor información a los profesionales sanitarios para detectar, declarar y manejar adecuadamente los posibles casos (sean de Ib o de II) e incluyendo las protecciones personales.

También informar a los grupos de riesgo sobre síntomas y actuación ante posibles sospechas y vacunarlos (incluyendo la segunda dosis de aquellas personas que recibieron la primera).

Asimismo, se debe informar a los viajeros procedentes de África -sean o no africanos de origen- de que contacten con los servicios sanitarios en caso de aparición de síntomas.

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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