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Alerta por el ‘virus de la bofetada’: así se contagia

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Virus de la bofetada
'Virus de la bofetada': así se contagia y estos son sus síntomas

El «virus de la bofetada» está circulando en varios colegios de España, provocando un número de casos superior al habitual. Esta enfermedad vírica es causada por el parvovirus B19 y se transmite por contacto con secreciones. Sus síntomas incluyen fiebre y el característico enrojecimiento intenso en las mejillas.

En las últimas semanas, el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN) ha detectado la circulación del parvovirus. La mayoría de los casos son leves, aunque también hay personas asintomáticas. «Causa brotes en centros escolares y colectividades infantiles», informa el ISPLN, que añade: «En otros lugares de Europa también se está describiendo la circulación de este virus».

Una enfermedad vírica provocada por el parvovirus B19

El megaloeritema, también llamado eritema infeccioso, conocido popularmente como «enfermedad de la bofetada» es una enfermedad vírica provocada por el parvovirus B19. Se inicia con síntomas leves y muy generales como dolor de cabeza, mocos o malestar y luego puede brotar la erupción típica que comienza en las mejillas y es de color rojo brillante.

Puede aparecer a cualquier edad, aunque afecta principalmente a los niños en edad preescolar. «Este año hemos notado un notable aumento de casos. Aunque normalmente afecta en la primera infancia este año estamos viendo casos en niños un poco más mayores. Esto probablemente sea porque quedaron no immunes y se han contagiado todos de vez ahora» nos explica la Dra. Isabel Vives, pediatra de Hospital Quirónsalud Barcelona. La lesión cutánea se suele extender después por el resto del cuerpo, siendo muy característico que afecte a nalgas y extremidades, con pequeñas lesiones rojizas que hacen un dibujo que recuerda al encaje de bolillos. En algunas ocasiones también puede picar. No obstante, «es importante saber, para la tranquilidad de las familias, que la mayoría los niños se recuperan rápidamente sin complicaciones»nos explica la doctora.

Habitualmente las lesiones duran una semana, aunque la erupción se puede reactivar por factores como el calor o la luz y durar más tiempo.

Ilustración Bofetada

Cómo sé si mi hijo está afectado

Dado que el diagnóstico es clínico, su pediatra podrá determinarlo en consulta. No será necesario ningún análisis previo. Asimismo, dada su benignidad, no suele precisar ningún tratamiento.

Un virus contagioso pero leve que no requiere de aislamiento

El contagio se provoca al hablar, toser o estornudar mediante las gotitas de saliva que pueden emitirse. El niño contagiado puede transmitir la enfermedad durante la incubación, cuando apenas existe sintomatología o es muy difícil identificar los síntomas.

«El virus deja de ser contagioso cuando aparecen las primeras manifestaciones cutáneas o rojeces en la cara, por lo que no hay que tomar medidas de aislamiento y el niño puede ir al colegio con normalidad si se encuentra bien» apunta la Dra. Vives.

Higiene de manos y buenas prácticas al toser: la fórmula para prevenir su contagio

No existe un tratamiento específico. Por lo tanto, al igual que cualquier enfermedad que se contagia por vía respiratoria, las medidas para prevenir contagios son: lavado de manos y buenas prácticas al toser o estornudar (no apoyarnos en las manos al toser sino en el interior del codo).

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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