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El virus de nueva cepa ya está en países europeos, según un catedrático de Oxford

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Barcelona, 20 dic (EFE).- La nueva variante del coronavirus detectada en el Reino Unido podría estar infectando desde hace unas semanas a ciudadanos de varios países europeos, según ha declarado este domingo el catedrático de fármaco-epidemiología de la Universidad de Oxford, Daniel Prieto Alhambra.

Unos veinte millones de personas están confinadas desde este domingo en Londres y su área metropolitana por el aumento de contagios de la COVID-19, al parecer por la mutación del virus, que el Reino Unido ha comunicado a la Organización Mundial de la Salud (OMS), una cambio que lo hace más contagioso.

Precisamente con relación a este asunto, la consellera de Salud de la Generalitat, Alba Vergés, ha reclamado en un tuit al Gobierno que prohíba los vuelos con el Reino Unido.

«Diferentes países europeos están prohibiendo los viajes con el Reino Unido. El gobierno español ha de actuar ya para proteger a los ciudadanos en medio de la incertidumbre existente», ha escrito en su cuenta de Twitter.

Prieto Alhambra, en una entrevista este domingo en RAC1, ha explicado que desde hace un mes ya se hablaba en el ámbito científico de una posible mutación del virus, que sería ahora más contagioso, cambio que se habría detectado en varios países europeos.

Ha indicado que todavía es pronto para señalar si esa mutación es la causante del aumento súbito de casos en Londres, Alemania, Italia o España, aunque ha precisado que es casi seguro que esté ya presente en varios países europeos.

Pérez Alhambra, miembro también del consejo de expertos que aconseja a la Agencia Europea del Medicamento sobre las nuevas vacunas contra el virus, ha explicado que los primeros indicios apuntan a que el cambio se ha producido en la proteína S del virus, lo que le permite engancharse mejor y, en consecuencia, ser más contagioso.

De confirmarse con estudios de investigación ese hecho, una de las consecuencias, según Pérez Alhambra, es que sería necesario vacunar a más gente de la prevista ahora para conseguir la llamada inmunidad de rebaño.

Por contra, ha señalado, si ya hay más gente infectada aunque asintomática de lo que indican ahora los estudios, «se estaría malbaratando vacunas» con personas ya contagiadas.

Pérez Alhambra ha pronosticado que, en cualquier caso, no podrá hablarse de que la pandemia empieza a estar controlada hasta dentro de medio año y ha llamado a que todas las personas se vacunen. «Es más seguro conseguir inmunidad vacunándose que infectándose», ha apostillado.

Ha defendido, igualmente, que la vacunación empiece con personas mayores y trabajadores de sectores esenciales, sobre todo el sanitario, ya que ello redundará en un menor ingreso hospitalario por la COVID-19 y en un descenso de los fallecimientos.

Respecto a la vacuna rusa, el catedrático ha lamentado «el problema de transparencia» con el que se ha desarrollado, lo que impide saber «si se han cogido atajos», como no se ha hecho con el desarrollo de otras.

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Nueva ley del alquiler: qué pasará con tu vivienda a partir de ahora

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Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Gobierno aprueba medidas para frenar el encarecimiento del alquiler y proteger a los inquilinos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2026 con nuevas medidas urgentes en materia de alquiler, con el objetivo de contener el aumento de precios y proteger a los inquilinos ante el impacto económico derivado de la guerra en Irán.

Esta nueva normativa introduce cambios clave en los contratos de alquiler de vivienda habitual, especialmente en lo relativo a la prórroga de contratos y a la limitación de las subidas de la renta.

Entre las principales medidas destacan:

  • Prórroga extraordinaria de contratos de hasta dos años
  • Límite máximo del 2% en la subida del alquiler
  • Medidas específicas para grandes tenedores y propietarios particulares

Prórroga obligatoria de los contratos de alquiler

El artículo 1 del decreto establece que los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán prorrogarse.

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años
  • El propietario estará obligado a aceptarla
  • Se mantendrán las mismas condiciones del contrato

Solo se podrá rechazar esta prórroga si el propietario acredita la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Es importante tener en cuenta que, si el decreto no es convalidado por el Congreso, estas medidas dejarían de aplicarse a futuros contratos.

Límite del 2% en la subida del alquiler

Para evitar que la inflación se traslade al precio de la vivienda, la ley fija un tope del 2% en la actualización anual del alquiler.

Diferencias según el tipo de propietario

  • Grandes tenedores:
    El incremento no podrá superar el 2%, aunque exista acuerdo entre las partes
  • Propietarios particulares:
    • Se puede pactar la subida
    • Si no hay acuerdo, el máximo será del 2%
    • Nunca podrá superar el límite legal vinculado al IPC

Se considera gran tenedor a quien posee más de 10 viviendas o más de 1.500 m² de uso residencial.

Cómo afecta la nueva ley a los inquilinos

Esta normativa afecta directamente a quienes viven de alquiler en vivienda habitual regulada por la LAU.

Si finaliza el contrato

Si tu contrato termina entre marzo de 2026 y diciembre de 2027:

  • Podrás solicitar una prórroga de hasta dos años
  • Mantendrás el mismo precio y condiciones

Los expertos recomiendan solicitar esta prórroga mediante burofax para dejar constancia legal.

Si se revisa el precio anual

  • La subida no podrá superar el 2% en la mayoría de casos
  • Se limita el impacto de la inflación en el alquiler

Cómo afecta a los propietarios

Las obligaciones varían en función del tipo de arrendador.

Si el contrato finaliza

  • Están obligados a aceptar la prórroga si el inquilino la solicita
  • La prórroga será anual, hasta un máximo de dos años
  • Solo podrán negarse por causas justificadas

Si se actualiza el precio

  • Caseros particulares: podrán pactar el incremento
  • Grandes tenedores: limitación obligatoria del 2%

Impacto económico y contexto de la medida

El Gobierno ha aprobado esta normativa como respuesta al aumento de precios provocado por la guerra en Irán, que ha disparado los costes energéticos y la inflación.

El objetivo es evitar una crisis habitacional y garantizar la estabilidad de los hogares en un contexto económico incierto.

Calculadora para calcular la subida del alquiler

Algunas plataformas han desarrollado herramientas para calcular el incremento máximo permitido del 2%, facilitando tanto a inquilinos como a propietarios conocer cómo aplicar la nueva normativa.

Una medida clave para el mercado del alquiler

El Real Decreto-ley 8/2026 refuerza el control sobre el mercado del alquiler en España, limitando las subidas de precios y garantizando la continuidad de los contratos en un periodo de incertidumbre económica.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de los inquilinos con la seguridad jurídica de los propietarios.

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