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Consumo

Desaparece la obligación de informar a Hacienda sobre viviendas turísticas

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El Supremo mediante una reciente sentencia ha anulado el artículo que establecía la obligación para los intermediarios, entre cedentes y cesionarios de viviendas de uso turístico, en particular las plataformas colaborativas, de informar a la Administración de todas aquellas operaciones en que interviniesen en relación con este tipo de viviendas mediante la presentación del modelo 179. De esta forma ha informado en su blog Equipo Varona Support.

Actualmente, la cesión temporal de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, es decir, la cesión de una vivienda para su uso turístico está excluida de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de conformidad con lo establecido en el artículo 5 e) de la misma.

Y, aunque la regulación sobre este tipo de cesiones puede resultar difusa, basándose en la misma, mediante el Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, se introdujo el artículo 54 ter en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, que estableció para los intermediarios la obligación de informar sobre este tipo de operaciones mediante la presentación trimestral del modelo anteriormente referido.

En dicha declaración informativa se hacía constar la identificación del inmueble, la identidad del cedente y el cesionario así como el importe percibido o, en su caso, si la cesión era gratuita, fecha de inicio de la cesión, días de disfrute de la vivienda, etc.

Poco más de dos años tras de su introducción, el TS ha tumbado esta regulación en base a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 19 de diciembre de 2019 dictada en el caso Airbnb, en tanto en cuanto la tramitación de una norma como el artículo 54 ter debería haber sido comunicada a la Comisión Europea, siendo dicho incumplimiento formal el que a día de hoy conlleva que la Sala Tercera del TS anule y deje sin efecto el precepto en cuestión del Reglamento impugnado.

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Consumo

Mercadona cierra este martes 15 de septiembre todos sus supermercados en una comunidad autónoma

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Mercadona más grande España

Los clientes de Mercadona en Lanzarote y La Graciosa tendrán que adelantar sus compras este martes 15 de septiembre. La cadena de supermercados cerrará sus establecimientos durante toda la jornada con motivo de la festividad de Nuestra Señora de los Volcanes, día festivo de ámbito insular.

¿Por qué cierra Mercadona el 15 de septiembre?

El martes 15 de septiembre es festivo laboral en Lanzarote y La Graciosa por la celebración de Nuestra Señora de los Volcanes. La festividad está recogida en el calendario laboral de Canarias como fiesta de ámbito insular.

Por este motivo, los supermercados de Mercadona situados en Lanzarote permanecerán cerrados durante la jornada. La situación afecta a los establecimientos de la isla, mientras que el resto de supermercados de la cadena en Canarias mantienen su funcionamiento en función del calendario y los horarios correspondientes a cada zona.

¿Cuándo volverán a abrir los supermercados?

Los establecimientos de Mercadona en Lanzarote recuperarán su actividad habitual tras el festivo. Los clientes pueden consultar el horario concreto de cada tienda antes de desplazarse, ya que la compañía adapta sus aperturas a los festivos de cada territorio.

El cierre se produce después de que la cadena valenciana también haya aplicado recientemente cierres especiales en otras zonas de España coincidiendo con jornadas festivas. Por ejemplo, el pasado 11 de septiembre todos los supermercados de Mercadona en Cataluña permanecieron cerrados por la celebración de la Diada.

Un festivo que afecta a toda la isla

El 15 de septiembre figura como jornada festiva en los calendarios laborales de distintos municipios de Lanzarote, entre ellos Arrecife, San Bartolomé y Tías.

Por tanto, quienes tengan previsto hacer la compra este martes deberán tener en cuenta el cierre de Mercadona y adelantar sus compras al lunes o esperar a la reapertura posterior al festivo.

 

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