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Alerta sanitaria por toxina butolínica en un lote de atún en aceite de girasol de la marca Dia

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atún en aceite de girasol dia

VALÈNCIA, 30 Ago.- La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha decretado un brote de intoxicación alimentaria causado por toxina botulínica asociado al consumo de conserva de atún en aceite de girasol. fue detectado en una lata de atún distribuida por la cadena DIA y elaborada por Frinsa del Noroeste, ubicada en la provincia de A Coruña.

Ha habido cuatro afectados por consumo de una ensaladilla casera con el atún implicado en el brote y la agencia precisa que «el brote está limitado a cuatro casos, tres de los cuales han sido dados de alta». «No hay constancia de más afectados», añade.

«El producto implicado corresponde a una conserva de atún en aceite de girasol formato RO 900, de la marca DIA, con lote 19/154 023 02587 elaborado en Frinsa del Noroeste S.A. con fecha de consumo preferente 31/12/2022», explica la agencia.

La totalidad del producto se distribuyó por la plataforma DIA a establecimientos de las comunidades autónomas de Asturias, Castilla y León, Cataluña, Aragón, La Rioja, Murcia, Navarra, Castilla-La Mancha y Comunitat Valenciana, donde se ha procedido a la inmovilización y retirada de los productos afectados.

Fuentes de la Conselleria de Sanitat Universal y Salut Pública de la Generalitat Valenciana han señalado a Eurpopa Press que en la Comunitat no se ha registrado ningúnj caso y han incidido en que el producto està ya retirado.

Por su parte, en un comunicado, la AESAN explica que tuvo conocimiento el pasado 9 de agosto a través de una notificación trasladada por las autoridades sanitarias de la comunidad autónoma de Castilla y León de una notificación de alerta por presencia de toxina botulínica en conserva de atún en aceite de girasol de la marca DIA.

«Con esta información, el mismo día 9, AESAN activó la alerta a nivel nacional y se localizó e inmovilizó de forma preventiva el producto implicado en la investigación epidemiológica sospechoso de ser el causante del brote: conserva de atún en aceite de girasol de la marca DIA», añade.

Explica que «como medida de precaución se ha procedido a la retirada del producto afectado de los canales de comercialización y se recomienda a las personas que tengan en su domicilio el producto afectado por dicha alerta se abstengan de consumirlo y lo devuelvan al punto de compra».

Y es que se han analizado productos sospechosos en el centro nacional de alimentación y se ha confirmado la presencia de toxina botulínica en la lata de atún consumida según boletín analítico de fecha 29 de agosto.

En la nota, insiste en la recomendación a las personas que tengan en su domicilio dicho producto de que «se abstengan de consumirlo y lo devuelvan al punto de venta».

Por su parte, indica, «la empresa DÍA se ha comprometido a recuperar el producto implicado que pueda estar en posesión de sus clientes».

COMUNICADO DEL GRUPO DIA

Por su parte, Grupo DIA ha pedido este viernes a sus clientes que hayan adquirido el lote de atún en aceite de girasol de 900 gramos fabricado por Frinsa 19/154 023, con fecha de caducidad diciembre de 2022, que devuelvan el producto en su tienda más cercana.

«Este lote de atún fabricado por Frinsa fue retirado ya el 10 de agosto de todas las tiendas por iniciativa de DIA y de forma preventiva, tras el aviso de una posible contaminación por parte de las autoridades sanitarias con las que DIA ha estado en permanente contacto», indica.

Este mismo viernes, la compañía ha recibido por parte de la Agencia de Seguridad Alimentaria (AECOSAN) la confirmación de la presencia de toxina botulínica en el análisis de una única lata, por lo que la compañía asegura que «procede a solicitar la devolución de dicho lote del producto a sus clientes».

Además, reivindica que, «de forma proactiva, DIA va a contactar con los clientes susceptibles de haber adquirido este producto utilizando todos los canales que sean necesarios».

La compañía también ha puesto a disposición de los clientes un teléfono para cualquier duda que puedan tener a través del Servicio de Atención al Cliente en el número 91 217 04 53 ,que estará disponible 24 horas al día.

Finalmente, en un comunicado hecho público este viernes, DIA «lamenta profundamente los inconvenientes que haya podido causar a sus clientes» y avanza que seguirá «manteniendo los más altos estándares de exigencia en la calidad y seguridad alimentaria en todos sus procesos».

Fuente: EUROPA PRESS

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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