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Consumo

Alertan sobre los riesgos de las cuentas bancarias inactivas

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Prácticamente todo el mundo tiene, al menos, una cuenta bancaria, pues son instrumentos que imprescindibles para gestionar pagos y cobros. Pero, ¿qué sucede si dejamos inactiva una cuenta y nos olvidamos de cerrarla? La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha alertado de los riesgos que supone dejar de utilizar una cuenta bancaria, dejándola de este modo inactiva.

Inactiva =¿cerrada?
Las entidades cobran comisiones por gestión y mantenimiento de cuentas. Esas comisiones de mantenimiento, en algunos casos, son incluso más elevadas cuando se trata de cuentas «inactivas», con lo que las entidades siguen cobrándoles hasta que se agota el posible saldo. Y entonces, ¿qué? Pues pueden pasar dos cosas: que se entienda la cuenta por cerrada… o que la sigan tratando como un producto activo, una cuenta en números rojos.

En principio, muchas entidades consideran que, al quedarse a cero e inactiva, la cuenta está cerrada. De hecho, así se establece en sus contratos con una cláusula donde se indica que la cuenta se considerará cerrada y cancelada cuando presente saldo cero y no haya recibido ningún apunte al debe o al haber durante un periodo de tiempo o saldo a favor del Banco, aunque sea como consecuencia del cargo de comisiones. De esta manera muchas cuentas inactivas acaban sin saldo y canceladas.

Cobrar por una cuenta inactiva, mala práctica
Pese a ello, la normativa permite a las entidades seguir cobrando comisiones de mantenimiento, con lo que la cuenta quedaría en números rojos, lo que puede provocar el cargo de comisiones e intereses por descubierto y por reclamación de posiciones deudoras. Esto se traduce en una deuda que, con el paso del tiempo podría llegar a ser bastante alta. En pocas palabras: si la cuenta no se llegó a cerrar, podríamos encontrarnos con que le debemos dinero al banco, que ha ido cobrando la comisión de mantenimiento del producto… más los intereses del descubierto.

Afortunadamente, el Banco de España considera que cobrar comisiones por descubierto cuando este se ha producido por cargarse comisiones a favor de la entidad es una mala práctica bancaria, pues el cliente no ha usado ese dinero y la entidad no ha prestado un servicio real al cliente que motive el cobro de comisión alguna.

Además, para poder llegar a una situación así, según el Banco de España, las entidades deben acreditar que han seguido enviando al domicilio correspondiente los extractos informativos y que han reclamado periódicamente el saldo pendiente a los clientes, evitando así que el usuario se lleve la sorpresa de que tiene una deuda que desconocía.

Tres consejos de OCU
1. Si ya no vas a usar más una cuenta de la que seas titular, cancélala, para evitar problemas.

2. En cualquier caso, asegúrate de notificar a cualquier entidad donde tengas cuenta un cambio de domicilio.

3. En caso de que te exigen el pago de una deuda generada por una cuenta que tú ya creías cerrada, por inactiva, reclama ante el defensor del cliente de la entidad y si no obtienes respuesta, ante Departamento de Conducta de Mercados y Reclamaciones del Banco de España (C/ Alcalá, 48, 28014 Madrid).

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Consumo

Ley de desperdicio alimentario 2026: Descuentos obligatorios en supermercados desde abril

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Los 5 'superalimentos' de moda

La nueva ley contra el desperdicio alimentario entra en vigor este mes de abril y trae importantes cambios que afectan tanto a consumidores como a la hostelería, supermercados y tiendas de alimentación. Entre las medidas destacan los descuentos obligatorios en productos próximos a caducar o con apariencia imperfecta, así como nuevas obligaciones para bares y restaurantes sobre la comida sobrante.


Descuentos en productos “feos” y próximos a caducar

A partir de abril, las grandes superficies (superiores a 1.300 m²) estarán obligadas a dedicar espacios a frutas y verduras imperfectas o “feas”, que presentan formas o tamaños irregulares, ofreciendo precios hasta un 30% más bajos.

Además, los supermercados podrán ampliar los productos en oferta que se acerquen a su fecha de consumo, incentivando a los compradores a aprovechar alimentos cercanos a caducar y reducir el desperdicio. Esto supone un ahorro significativo para los consumidores y fomenta hábitos de compra más sostenibles.


Obligaciones para la hostelería: el derecho al tupper

Los bares y restaurantes deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante en un envase reutilizable o reciclable, sin coste adicional. Los establecimientos tendrán que informar explícitamente sobre este derecho.

Excepciones:

  • Formatos de bufé libre o similares, donde la comida no tiene límite de disponibilidad, quedan exentos según el artículo 8 de la ley.

Donaciones de excedentes y sanciones

La ley también obliga a los establecimientos a promover acuerdos de donación de alimentos sobrantes a organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

  • Las microempresas quedan exentas de esta obligación.
  • El incumplimiento conllevará sanciones.

Educación del consumidor y optimización de etiquetas

La normativa incluye medidas de sensibilización para que los consumidores comprendan las diferencias entre fecha de caducidad y consumo preferente, permitiéndoles planificar sus compras y aprovechar mejor los productos.

Se revisarán las etiquetas para optimizar la información y aumentar el número de alimentos en oferta, reduciendo el desperdicio y fomentando un consumo más responsable.


Entrada en vigor

Según el BOE, la ley entrará en vigor el 2 de abril de 2026, marcando un antes y un después en la lucha contra el desperdicio alimentario en España.

Con estas medidas, los consumidores podrán ahorrar en la compra diaria, disfrutar de descuentos en supermercados, y contribuir a un sistema alimentario más sostenible y consciente.

Desde este jueves 1 de abril de 2026, todo el sector hostelero en España deberá aplicar medidas obligatorias para evitar el desperdicio de comida. La normativa, impulsada por el Gobierno y enmarcada en la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, se extiende ahora a todos los bares, restaurantes y servicios de catering.

Qué cambia desde hoy para la hostelería

La ley, que ya afectaba a pequeños establecimientos desde hace un año, se amplía ahora a todo el sector. Esto implica que cualquier negocio de restauración deberá:

  • Adoptar medidas para reducir el desperdicio de alimentos
  • Facilitar al cliente llevarse la comida no consumida
  • Mejorar la gestión de compras y almacenamiento
  • Priorizar la donación de excedentes aptos para el consumo

Esta normativa afecta tanto a grandes cadenas como a negocios locales en ciudades como Valencia.

Objetivo: reducir el desperdicio de comida

El objetivo principal de esta ley es reducir el volumen de alimentos que se tiran cada año, un problema con impacto:

  • Económico
  • Social
  • Medioambiental

España genera miles de toneladas de residuos alimentarios anuales, y una parte importante procede del sector hostelero.

Medidas obligatorias en bares y restaurantes

Entre las principales obligaciones destacan:

1. Ofrecer envases para llevar

Los establecimientos deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante, fomentando prácticas como el “doggy bag”.

2. Planes de prevención

Los negocios tendrán que implantar estrategias internas para optimizar:

  • Compras
  • Conservación
  • Uso de ingredientes

3. Donación de excedentes

Siempre que sea posible, los alimentos no vendidos deberán destinarse a:

  • Bancos de alimentos
  • Entidades sociales

También afecta al catering

La normativa no solo impacta en bares y restaurantes, sino también en:

  • Empresas de catering
  • Eventos y celebraciones
  • Servicios de comida colectiva

Esto supone un cambio importante en la organización de grandes eventos.

Posibles sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la ley puede conllevar sanciones económicas, lo que obliga al sector a adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.

Un cambio hacia un consumo más responsable

La ampliación de esta normativa marca un paso más hacia un modelo de consumo sostenible. El sector hostelero, clave en la economía española, deberá ahora equilibrar rentabilidad y responsabilidad ambiental.

Con esta medida, España se alinea con las políticas europeas de reducción del desperdicio alimentario y refuerza su compromiso con la sostenibilidad.

 

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