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Archivan la causa del circuito de F1 en la que estaba procesado Camps

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La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha decidido archivar la causa en la que estaba procesado el expresidente de la Generalitat Francisco Camps por las presuntas irregularidades durante el proceso de construcción del circuito urbano de F1 en València, tal y como había solicitado la Fiscalía Anticorrupción y en contra del criterio de la jueza instructora del caso, al entender que no se ha concretado la cantidad en la que pudo resultar «perjudicado» el erario público.

En un auto de este pasado lunes, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y contra el que no cabe recurso, la Audiencia Provincial de Valencia sigue la línea de Anticorrupción y ve prescrito, en caso de que lo hubiera, el posible delito de prevaricación, dado que los contratos investigados son del año 2007 y las diligencias se incoaron en enero de 2018, más de diez años después. De manera que, según la Sala, el 27 de septiembre de 2017 ya se encontraría prescrito.

Dicho delito, continúa la resolución, únicamente sería perseguible todavía en virtud de su conexidad con una malversación de caudales públicos agravada, algo que, al no acreditarse un «perjuicio económico directo» para la Generalitat Valenciana, «no ha sido posible constatar de forma fehaciente».

Este supuesto «perjuicio económico» para la Generalitat tampoco ha podido ser «evaluable económicamente» tras el análisis de los expedientes objeto de investigación en el informe elaborado por la Intervención de la Generalitat, razón por la cual la resolución recoge que «no cabe admitir la prosecución de un procedimiento al que ningún futuro razonable cabe augurar».

«No basta para alcanzar diferente conclusión el coste elevado del circuito de Fórmula 1, cosa previsible pese a las manifestaciones del señor Camps en el sentido de que el coste del mismo sería ‘cero’, puesto que, hablando en términos jurídicos, «es preciso para poder perfilar un delito de malversación conocer, siquiera de forma aproximada, la cantidad en la que se hubiera perjudicado al erario público».

Así, ante la conclusión de la Intervención General de la Generalitat «y sin que sea posible la práctica de más diligencias de investigación, dada la ausencia de declaración de complejidad, claro es que, de forma fatal, procede decretar el sobreseimiento provisional de la causa» tal y como pedía el Ministerio Fiscal.

 

JUEZA, FISCALÍA Y ABOGACÍA DE LA GENERALITAT

Por este motivo, revoca las resoluciones de la jueza en las que procesaba a Camps y a otros ex altos cargos como el que fuera su vicepresidente Vicente Rambla; el exconseller de Infraestructuras Mario Flores, responsables del Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat (GTP) y empresarios, por la construcción del circuito urbano de la Fórmula 1 en València, una actuación que, de acuerdo con la instructora, supuso un coste cercano a los 89 millones de euros entre 2007 y 2008.

La magistrada sostenía que Camps «capitaneó» al resto de procesados para obtener un «rédito político y personal» como «máxime artífice» de un evento de interés mundial.

Por contra, Fiscalía Anticorrupción solicitó el sobreseimiento de este procedimiento al considerar que la posible prevaricación en la que basaba su acusación, en caso de ser constitutiva de delito, estaría prescrita y que el informe emitido por la Intervención de la Generalitat sostiene que «no se ha especificado por el juzgado motivo o hecho causante del posible perjuicio económico para la Generalitat» en estas adjudicaciones.

Este órgano de control había señalado que no disponía de «criterio técnico» para valorar que los importes de los presupuestos base de licitación y los precios de contratos analizados fueran «adecuados al mercado en el momento en que se licitaron».

Por su parte, la Abogacía de la Generalitat pedía en su escrito de acusación la apertura de juicio oral contra el exjefe del Consell y 13 procesados más. En el caso de Camps, reclamaba casi ocho años de prisión por malversación y tráfico de influencias.

 

TRABAJO DE TYSPA EN TURQUÍA

En la resolución, la Sala acuerda el archivo «sin perjuicio de la deducción de testimonio de particulares» en los términos que expuso en una parte de su escrito el Ministerio Fiscal. En este apartado, el representante de la acusación pública sostenía que uno de los hechos objeto de investigación había quedado sin respuesta penal al no haber recibido un informe solicitado a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en relación con el trabajo de una de las empresas en Turquía y que consideraba que podían ser indiciariamente constitutivos de un delito de fraude de subvenciones a la UE.

Fiscalía entendía que estos hechos excedían de la competencia objetiva del juzgado de València para la investigación, por lo que consideraba que se debía remitir copia de la denuncia y de los documentos al Juzgado Central de Instrucción Decano para su investigación.

 

Fuente: Europa Press

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Filtran un ‘video sexual’ con QR en Zamora: recibe 1.500 visitas en 24 horas

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La ciudad de Zamora se despertó la pasada semana con decenas de carteles que incluían un código QR acompañado del mensaje:

«Tú me engañaste, ahora que se diviertan otros».

El mensaje, junto a una foto borrosa, sugería la filtración de un video sexual por parte de una expareja, generando preocupación entre los vecinos. Sin embargo, pronto se reveló que formaba parte de una campaña del Ayuntamiento de Zamora con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (25-N).


Objetivos de la campaña: visibilizar la violencia digital

Desde las redes oficiales del Ayuntamiento se explicó que la iniciativa busca analizar y hacer visible la violencia machista en el entorno digital, un fenómeno que las autoridades consideran cada vez más preocupante.

La campaña tiene como meta concienciar a la ciudadanía sobre la difusión de material íntimo sin consentimiento y mostrar cómo este tipo de contenidos reproducen dinámicas de violencia de género, incluso cuando se consumen de forma pasiva.


Impacto inmediato: casi 1.500 visitas en 24 horas

A pesar de la polémica inicial, 1.454 personas visitaron la página vinculada al QR en solo 24 horas.

Algunos ciudadanos, al no conocer el objetivo de la campaña, alertaron a las fuerzas de seguridad ante la posible comisión de un delito. Esta reacción confirma que el contenido provocador generó debate y atención sobre la violencia digital.


Datos clave sobre violencia digital

El vídeo al que se accede a través del QR ofrecía estadísticas y mensajes de concienciación:

  • 9 de cada 10 víctimas de difusión íntima no consentida son mujeres.

  • El 73 % de las mujeres ha sufrido violencia digital.

  • Ver o compartir vídeos íntimos sin consentimiento contribuye al machismo y aumenta la violencia contra las mujeres.

Con estos datos, el Ayuntamiento busca reforzar la educación sobre el respeto digital y la protección de la intimidad, así como fomentar la denuncia de este tipo de delitos.


Reacciones de la ciudadanía y medios

La acción del Ayuntamiento generó gran repercusión en redes sociales y medios locales, con debates sobre la ética de mostrar material provocador como herramienta de concienciación.

Aunque en un primer momento muchos interpretaron la campaña como una filtración real, la aclaración oficial permitió poner en evidencia el problema de la violencia digital y el consumo de contenido íntimo sin consentimiento.


La campaña del Ayuntamiento de Zamora se ha convertido en un ejemplo de cómo el marketing urbano y los códigos QR pueden utilizarse para concienciar sobre problemas sociales graves. Gracias a esta iniciativa, más de 1.400 personas se informaron sobre la violencia digital en solo un día, generando debate y reflexión sobre la protección de la intimidad y la igualdad de género.

 

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