PORTADA OFFICIAL PRESS
CASO IVAM | Anticorrupción pide 6 años de prisión para Consuelo Císcar por la compra de obras falsas
Publicado
hace 6 añosen
VALÈNCIA, 28 Nov.-La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado para la exdirectora del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM), Consuelo Ciscar, una pena de seis años de cárcel al considerarla responsable de la malversación de fondos del museo a través de la compra de obras falsas del artista Gerardo Rueda. Asimismo, el Ministerio Público ha pedido cinco años y medio de prisión para el hijo del creador, José Luis Rueda, y la misma condena para el exdirector económico del museo, Juan Carlos Lledó.
Por su parte, la acusación particular, que ejerce Acción Cívica contra la Corrupción, ha reclamado penas más altas: 12 años de cárcel para Ciscar, Lledó y Rueda.
La fiscal del caso mantiene que «entre los años 2004 a 2011, los acusados Consuelo Císcar Casabán y José Luis Rueda Jiménez urdieron un plan al margen de la Presidencia y del Consejo Rector del Instituto, consistente en desviar parte de los fondos públicos que recibía el museo (…) en la adquisición de distintas obras de arte como si fueran originales del artista Gerardo Rueda, fallecido el 25 de mayo de 1996, cuando en realidad se trataban de reproducciones póstumas con un valor muy inferior al establecido por el vendedor y abonado por el IVAM».
En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, se tiene a Consuelo Ciscar por autora del delito continuado de prevaricación administrativa, del de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público y del de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada.
Por ello, ha pedido la pena de seis años de prisión, multa de 24 meses con cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como inhabilitación especial por tiempo de 6 años.
Para Juan Carlos Lledó, ha solicitado la pena de cinco años y seis meses de prisión, multa de 21 meses con cuota diaria de 100 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como inhabilitación especial para empleo cargo público por tiempo de cinco años y seis meses por los delitos continuados de prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial, en concurso medial con malversación de caudales públicos.
Finalmente, para José Luis Rueda, ha solicitado, por malversación de caudales públicos, cinco años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como inhabilitación absoluta por tiempo de 20 años.
INDEMNIZACIÓN DE CASI 3,5 MILLONES AL IVAM
Además, por el concepto de responsabilidad civil, la fiscal ha abogado por que los acusados indemnicen al IVAM, conjunta y solidariamente, con 3.456.876 euros.
Por su parte, la acusación particular ha elevado en su escrito, consultado por Europa Press, hasta 12 años las penas para los acusados. En la misma línea, también aumenta la posible indemnización: más de 4,1 millones de euros.
Ha subrayado esta parte que Ciscar y Lledó «en total connivencia con José Luis Rueda, hijo adoptivo y heredero del artista Gerardo Rueda, con el fin de lucrarse en perjuicio del erario público, tramitaron entre los años 2004 y 2006 dos expedientes de adquisición de obras de supuesta autoría del mencionado artista».
Así, ha continuado, mediante compra y donación de José Luis Rueda el museo adquirió «un total de 98 obras de arte no originales realizadas post mortem haciéndolas pasar de manera consciente e intencionada como originales y de autoría de difunto artista».
COPIAS «SIN COTIZACIÓN EN EL MERCADO»
Anticorrupción ha concluido que, durante el periodo de tiempo en el Ciscar cumplió las funciones de dirección, el IVAM destinó 3.456.876 euros a la adquisición de unas obras «que no tenían la consideración de obras originales, tratándose de copias post mortem que carecen de cotización en el mercado».
Por todo lo relatado, tiene a Consuelo Ciscar por autora del delito continuado de prevaricación administrativa, de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público y de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada. Y le pide la pena de seis años de prisión, multa de 144.000 euros, así como inhabilitación especial por tiempo de 6 años.
Para Juan Carlos Lledó solicita la pena de cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación y multa de 63.000 euros por los delitos continuados de prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial, en concurso medial con malversación de caudales públicos. Finalmente, para José Luis Rueda, reclama, por delito continuado de malversación de caudales públicos, cinco años de prisión e inhabilitación absoluta por 20 años.
INDEMNIZACIÓN DE CASI 3,5 MILLONES AL IVAM
Además, por el concepto de responsabilidad civil, la fiscal aboga por que los acusados indemnicen al IVAM, conjunta y solidariamente, con 3.456.876 euros.
Por su lado, la acusación popular eleva en su escrito, consultado por Europa Press, hasta 12 años las penas para los acusados, en todos los casos por delito continuado de malversación de caudales públicos e su tipo agravado en concurso medial con los delitos continuados de prevaricación y falsedad documental.
Subraya esta parte que Ciscar y Lledó «en total connivencia con José Luis Rueda, hijo adoptivo y heredero del artista Gerardo Rueda, con el fin de lucrarse en perjuicio del erario público, tramitaron entre los años 2004 y 2006 dos expedientes de adquisición de obras de supuesta autoría del mencionado artista».
Así, continúa, mediante compra y donación de José Luis Rueda el museo adquirió «un total de 98 obras de arte no originales realizadas post mortem haciéndolas pasar de manera consciente e intencionada como originales y de autoría de difunto artista».
En la misma línea, también aumenta la cuantía de la posible indemnización: más de 4,1 millones de euros, ya que a los 2,9 millones en los que cifra la posible operación de compraventa fraudulenta y los más de 512.00 del coste de fundición añade 719.987 euros por la «promoción de la supuesta obra de Gerardo Rueda, a cargo de los fondos públicos, una tapadera para promocionar de manera torticera obras de la colección privada del señor Rueda Jiménez».
FUENTE: EUROPA PRESS
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)
Relacionado
Te podría gustar
PORTADA OFFICIAL PRESS
El nuevo DNI digital: qué cambia a partir del 2 de abril y cómo te afecta
Publicado
hace 15 horasen
31 marzo, 2026
El DNI en el móvil ya es una realidad en España
A partir del 2 de abril, los ciudadanos españoles podrán llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el teléfono móvil gracias a la aplicación oficial MiDNI, impulsada por la Policía Nacional.
Este cambio supone un avance clave en la digitalización de la administración y permitirá identificarse de forma segura, rápida y legal en múltiples situaciones cotidianas sin necesidad de portar el documento físico.
Bajo el lema “El momento ha llegado”, las autoridades destacan que este nuevo sistema facilitará gestiones habituales como:
- Registrarse en hoteles
- Alquilar vehículos
- Recoger paquetes
- Retirar medicamentos en farmacias
- Realizar trámites presenciales
🔐 Cómo funciona el DNI digital en el móvil
El DNI digital no es una copia del documento físico, sino un sistema seguro basado en códigos QR temporales que permiten verificar la identidad en tiempo real.
Cuando el usuario necesita identificarse:
- Genera un código QR desde la app MiDNI
- El receptor lo escanea
- Se validan los datos directamente con la Policía Nacional
Este sistema evita falsificaciones y garantiza que la información esté siempre actualizada.
⚙️ Requisitos para activar el DNI en el móvil
Antes de utilizar el DNI digital, es necesario completar un proceso de registro que vincula el número de teléfono con el documento físico.
✔️ Opciones para registrarse:
1. Con certificado electrónico
- Acceder a la web oficial (midni.gob.es)
- Introducir datos del DNI
- Verificar identidad
- Recibir un SMS con código de activación
2. Sin certificado electrónico
- Acudir a un Puesto de Actualización de Documentación (PAD) en comisarías
- Introducir DNI y número de móvil
- Recibir SMS de verificación
3. En la renovación del DNI
- Solicitar ayuda a un agente para completar el registro
📥 Cómo descargar y activar la app MiDNI
La aplicación oficial MiDNI está disponible en:
- Google Play
- App Store
🔑 Pasos para activarla:
- Aceptar términos y condiciones
- Introducir número de DNI (con letra)
- Añadir número de soporte (en el DNI físico)
- Crear contraseña segura
- Verificar con código SMS
También permite desbloqueo biométrico mediante huella o reconocimiento facial.
⚠️ Cuidado con apps falsas del DNI digital
El Ministerio del Interior advierte que existen aplicaciones no oficiales como:
- “mi DNI digital”
- “DNI Wallet”
Estas no tienen validez legal y funcionan como simples copias o imágenes del documento.
👉 La app oficial:
- Se llama MiDNI
- Tiene fondo azul oscuro
- Incluye referencias a la Policía Nacional
- Muestra elementos de la bandera española y europea
🧾 Para qué sirve el DNI digital
El DNI en el móvil tendrá validez en múltiples situaciones presenciales, entre ellas:
- Identificación ante autoridades
- Trámites administrativos
- Apertura de cuentas bancarias
- Registro en hoteles
- Contratación de seguros
- Recogida de paquetes
- Acceso a eventos y edificios
- Compra de entradas nominativas
- Acreditación de mayoría de edad
🚫 Limitaciones del DNI digital (importante)
Aunque supone un gran avance, el DNI digital tiene algunas restricciones clave:
✈️ No sirve para viajar
No sustituye al DNI físico ni al pasaporte en:
- Vuelos nacionales
- Vuelos internacionales
- Controles de seguridad
🗳️ No válido para votar
La Junta Electoral ha decidido que no se puede usar para identificarse en elecciones, al considerar que el sistema aún necesita más garantías.
🔒 Privacidad y control de datos
Una de las principales ventajas del sistema es que no muestra todos los datos del usuario, sino que permite elegir qué información compartir.
🧩 Niveles de identificación:
- DNI EDAD: foto, nombre y mayoría de edad
- DNI SIMPLE: datos básicos y validez
- DNI COMPLETO: toda la información
El código QR generado:
- Es único
- Dura 60 segundos
- Se invalida automáticamente
📊 ¿Sustituye el DNI digital al físico?
No. El DNI en el móvil es complementario, no sustitutivo.
El documento físico sigue siendo:
- Obligatorio
- Necesario para viajar
- Imprescindible en ciertos trámites
Además, debe mantenerse en vigor y renovarse según la edad del titular.
🧠 Qué cambia con el DNI digital en España
La llegada del DNI digital marca un paso más hacia la identidad electrónica en España, alineándose con otros servicios digitales como:
- Certificados electrónicos
- Firma digital
- Administración online
Este sistema permitirá a millones de ciudadanos llevar su identificación siempre disponible, simplificando procesos y reduciendo la dependencia del formato físico.
Un avance clave hacia la identidad digital
El DNI en el móvil representa una transformación importante en la forma de identificarse en España. Aunque aún tiene limitaciones, su implementación abre la puerta a un futuro donde la identidad digital será cada vez más habitual, segura y eficiente.
La evolución del DNI en España:
- Introducción del DNI electrónico (DNIe): Una de las transformaciones más significativas ocurrió con la introducción del DNIe en 2006. Este documento incorpora un chip electrónico que almacena información biométrica y permite la autenticación digital. Además, posibilita la realización de trámites en línea y la firma digital.
- Actualizaciones de seguridad y diseño: A lo largo de los años, se han implementado mejoras en las medidas de seguridad del DNI para prevenir la falsificación y el uso fraudulento. Estas actualizaciones han incluido elementos como hologramas, microtextos y marcas de agua.
- Cambios en el formato y la presentación: El formato físico del DNI ha experimentado modificaciones en términos de tamaño y diseño. Estos cambios buscan mejorar la legibilidad y la identificación visual del documento.
- Renovación y caducidad: Las autoridades españolas suelen establecer períodos de validez para los DNIs, y los ciudadanos deben renovar su documento al llegar a la fecha de caducidad. Durante este proceso, es posible que se realicen actualizaciones tecnológicas y de seguridad.
- Incorporación de datos biométricos: El DNI actual incluye datos biométricos como la fotografía y las huellas dactilares, lo que contribuye a una identificación más precisa y segura.
- Digitalización de trámites: Con la introducción del DNIe, se ha fomentado la digitalización de trámites administrativos, permitiendo a los ciudadanos realizar gestiones de manera electrónica, lo que agiliza y simplifica procesos.
Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)


Tienes que estar registrado para comentar Acceder