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CASO IVAM | Anticorrupción pide 6 años de prisión para Consuelo Císcar por la compra de obras falsas

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VALÈNCIA, 28 Nov.-La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado para la exdirectora del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM), Consuelo Ciscar, una pena de seis años de cárcel al considerarla responsable de la malversación de fondos del museo a través de la compra de obras falsas del artista Gerardo Rueda. Asimismo, el Ministerio Público ha pedido cinco años y medio de prisión para el hijo del creador, José Luis Rueda, y la misma condena para el exdirector económico del museo, Juan Carlos Lledó.

Por su parte, la acusación particular, que ejerce Acción Cívica contra la Corrupción, ha reclamado penas más altas: 12 años de cárcel para Ciscar, Lledó y Rueda.

La fiscal del caso mantiene que «entre los años 2004 a 2011, los acusados Consuelo Císcar Casabán y José Luis Rueda Jiménez urdieron un plan al margen de la Presidencia y del Consejo Rector del Instituto, consistente en desviar parte de los fondos públicos que recibía el museo (…) en la adquisición de distintas obras de arte como si fueran originales del artista Gerardo Rueda, fallecido el 25 de mayo de 1996, cuando en realidad se trataban de reproducciones póstumas con un valor muy inferior al establecido por el vendedor y abonado por el IVAM».

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, se tiene a Consuelo Ciscar por autora del delito continuado de prevaricación administrativa, del de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público y del de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada.

Por ello, ha pedido la pena de seis años de prisión, multa de 24 meses con cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como inhabilitación especial por tiempo de 6 años.

Para Juan Carlos Lledó, ha solicitado la pena de cinco años y seis meses de prisión, multa de 21 meses con cuota diaria de 100 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como inhabilitación especial para empleo cargo público por tiempo de cinco años y seis meses por los delitos continuados de prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial, en concurso medial con malversación de caudales públicos.

Finalmente, para José Luis Rueda, ha solicitado, por malversación de caudales públicos, cinco años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como inhabilitación absoluta por tiempo de 20 años.

INDEMNIZACIÓN DE CASI 3,5 MILLONES AL IVAM
Además, por el concepto de responsabilidad civil, la fiscal ha abogado por que los acusados indemnicen al IVAM, conjunta y solidariamente, con 3.456.876 euros.

Por su parte, la acusación particular ha elevado en su escrito, consultado por Europa Press, hasta 12 años las penas para los acusados. En la misma línea, también aumenta la posible indemnización: más de 4,1 millones de euros.

Ha subrayado esta parte que Ciscar y Lledó «en total connivencia con José Luis Rueda, hijo adoptivo y heredero del artista Gerardo Rueda, con el fin de lucrarse en perjuicio del erario público, tramitaron entre los años 2004 y 2006 dos expedientes de adquisición de obras de supuesta autoría del mencionado artista».

Así, ha continuado, mediante compra y donación de José Luis Rueda el museo adquirió «un total de 98 obras de arte no originales realizadas post mortem haciéndolas pasar de manera consciente e intencionada como originales y de autoría de difunto artista».

COPIAS «SIN COTIZACIÓN EN EL MERCADO»
Anticorrupción ha concluido que, durante el periodo de tiempo en el Ciscar cumplió las funciones de dirección, el IVAM destinó 3.456.876 euros a la adquisición de unas obras «que no tenían la consideración de obras originales, tratándose de copias post mortem que carecen de cotización en el mercado».

Por todo lo relatado, tiene a Consuelo Ciscar por autora del delito continuado de prevaricación administrativa, de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público y de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada. Y le pide la pena de seis años de prisión, multa de 144.000 euros, así como inhabilitación especial por tiempo de 6 años.

Para Juan Carlos Lledó solicita la pena de cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación y multa de 63.000 euros por los delitos continuados de prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial, en concurso medial con malversación de caudales públicos. Finalmente, para José Luis Rueda, reclama, por delito continuado de malversación de caudales públicos, cinco años de prisión e inhabilitación absoluta por 20 años.

INDEMNIZACIÓN DE CASI 3,5 MILLONES AL IVAM
Además, por el concepto de responsabilidad civil, la fiscal aboga por que los acusados indemnicen al IVAM, conjunta y solidariamente, con 3.456.876 euros.

Por su lado, la acusación popular eleva en su escrito, consultado por Europa Press, hasta 12 años las penas para los acusados, en todos los casos por delito continuado de malversación de caudales públicos e su tipo agravado en concurso medial con los delitos continuados de prevaricación y falsedad documental.

Subraya esta parte que Ciscar y Lledó «en total connivencia con José Luis Rueda, hijo adoptivo y heredero del artista Gerardo Rueda, con el fin de lucrarse en perjuicio del erario público, tramitaron entre los años 2004 y 2006 dos expedientes de adquisición de obras de supuesta autoría del mencionado artista».

Así, continúa, mediante compra y donación de José Luis Rueda el museo adquirió «un total de 98 obras de arte no originales realizadas post mortem haciéndolas pasar de manera consciente e intencionada como originales y de autoría de difunto artista».

En la misma línea, también aumenta la cuantía de la posible indemnización: más de 4,1 millones de euros, ya que a los 2,9 millones en los que cifra la posible operación de compraventa fraudulenta y los más de 512.00 del coste de fundición añade 719.987 euros por la «promoción de la supuesta obra de Gerardo Rueda, a cargo de los fondos públicos, una tapadera para promocionar de manera torticera obras de la colección privada del señor Rueda Jiménez».

FUENTE: EUROPA PRESS

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La justicia archiva la querella contra Paco Salazar por acoso sexual al no existir denuncias de las presuntas víctimas

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Paco Salazar
Paco Salazar

El juzgado inadmite la acción presentada por Hazte Oír al apreciar falta de legitimación y ausencia de indicios suficientes, tal y como solicitó la Fiscalía

La justicia ha decidido archivar la querella presentada contra Paco Salazar por presunto acoso sexual, al no existir denuncias formales por parte de las supuestas víctimas. La resolución, dictada por la Sección de Violencia sobre la Mujer, inadmite la acción penal impulsada por la asociación Hazte Oír al considerar que carece de legitimación y que no hay una base indiciaria suficiente para abrir una investigación judicial.

El auto judicial se alinea con el criterio de la Fiscalía, que ya había solicitado el archivo de la causa al entender que, en ausencia de denuncias directas de las personas presuntamente afectadas, no concurren los requisitos legales mínimos para iniciar un procedimiento penal por este tipo de delitos.

Falta de legitimación y ausencia de indicios

Según la resolución, Hazte Oír no está legitimada para ejercer la acción penal en este caso concreto, ya que no representa a ninguna de las supuestas víctimas ni actúa en su nombre. Además, el juzgado subraya que los hechos relatados en la querella no vienen acompañados de pruebas ni testimonios directos que permitan sostener, siquiera de forma indiciaria, la existencia de un delito.

La magistrada recuerda que los delitos contra la libertad sexual, salvo excepciones muy concretas, requieren la iniciativa procesal de la persona presuntamente perjudicada, especialmente cuando no se trata de hechos flagrantes ni acreditados por otros medios objetivos.

Sin investigación judicial abierta

Con esta decisión, la justicia descarta abrir diligencias contra el exdirigente socialista mientras no exista una denuncia expresa de alguna víctima o nuevos elementos probatorios que justifiquen la actuación de oficio. El archivo no entra a valorar el fondo de las acusaciones, sino que se limita a constatar que no se dan las condiciones legales para investigar los hechos en sede judicial.

Fuentes jurídicas recuerdan que el archivo no impide que, en el futuro, el caso pueda reabrirse si alguna persona afectada decide denunciar o si aparecen nuevos indicios relevantes.

Contexto del caso

La querella fue presentada tras la difusión pública de informaciones y testimonios indirectos sobre comportamientos presuntamente inapropiados. Sin embargo, ninguna de las personas mencionadas ha presentado hasta ahora denuncia ante la Policía, la Fiscalía o un juzgado.

Desde el entorno del investigado se ha insistido en su disposición a colaborar con la justicia y en su rechazo a las acusaciones, mientras que desde el ámbito jurídico se subraya la importancia de preservar tanto la presunción de inocencia como el derecho de las víctimas a denunciar cuando así lo decidan.

 

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