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Cerrados todos los «empleos no esenciales» hasta el 9 de abril

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Pedro Sánchez ha comparecido este sábado para anunciar un endurecimiento de las medidas establecidas en el decreto de estado de alarma por el coronavirus. El presidente del Gobierno ha comunicado que «del 30 de marzo al 9 de abril» quedan suspendidas todas las actividades «no esenciales» con el objetivo de «que entre semana se tenga el mismo nivel de confinamiento que existe durante el fin de semana». «El trabajador de una obra no trabajará a partir del 30 de marzo pero si cobrará».

«De esta forma, los empleados en trabajos no esenciales se deberán quedar en casa del 30 de marzo al 9 de abril con un permiso retribuido. Una vez pase esta situación deberán recuperar las horas no prestada de forma paulatina», ha explicado Sánchez al explicar que «España se enfrenta a las horas más amargas de la epidemia y nos aproximamos a la cresta de la ola». El presidenta ha afirmado que «cuando pase el estado de alarma, los trabajadores podrán negociar trabajar más hasta el 31 de diciembre para compensar las horas».

Sánchez ha añadido que esta dura medida es «una alternativa al cierre total de la actividad económica en nuestro país«, porque el objetivo es »conseguir que exista el mismo nivel de movilidad de lunes a viernes que existe en los fines de semana«.

Se trata de la tercera vez consecutiva en la que Pedro Sánchez comparece en sábado después de aprobarse el decreto de estado de alarma en España por el coronavirus.

Pincha aquí para leer el listado de empleos esenciales

Estas son las actividades esenciales

1. Cultivos, pesca, ganadería, agricultura y otras ramas del sector primario.

2. Textiles y ropa de trabajo, es decir, la que se orienta a la protección de los sanitarios.

3. Fabricación de productos químicos farmacéuticos o equipos que puedan servir para el suministro médico o terapéutico.

También ha matizado en rueda de prensa que se añaden a esta lista los profesionales de los medios de comunicación y el personal sanitario. 

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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