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Cotino aporta un informe a la causa de la visita del Papa que concluye que la FVEMF no era fundación pública

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VALÈNCIA, 14 May. (EUROPA PRESS) –

El expresidente de Les Corts Valencianes y exconseller del Gobierno valenciano con el PP, Juan Cotino, ha aportado este martes al Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia, que investiga presuntas irregularidades en las contrataciones de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF) para la visita del Papa Benedicto XVI a la ciudad en 2006, un informe de un abogado del Estado en excedencia que concluye que esa entidad no era pública ni quedaba sujeta a las exigencias de la normativa de contratación pública vigente.

Así consta en el informe, al que ha tenido acceso Europa Press, que sostiene una conclusión contraria a la alcanzada tanto por el perito judicial como al agente de la UDEF que se pronunciaron sobre la naturaleza jurídica de la FVEMF –determinaron su carácter público desde el mismo momento de su constitución–, y sobre los que considera que los argumentos esgrimidos carecen de la «más mínima consistencia jurídica».

Este documento aportado por Cotino sostiene que la FVEMF no fue una fundación del sector público estatal según la Ley 50/2002 de Fundaciones ni la 8/1998 de la Generalitat porque no se constituyó con aportaciones mayoritarias de la Administración General del Estado ni de la Generalitat ni su patrimonio fundacional con carácter de permanencia estuvo formado en más de un 50 por ciento por bienes o derecho cedidos o aportados por estas entidades. Por analogía, tampoco local.

Además, concluye que no puede sostenerse que la aportación excepcional realizada por la Generalitat a la FVEMF en 2010 y a la que se le dio la calificación de «dotación fundacional» en 2014 la convirtiera en una fundación del sector público porque esa aportación no tuvo vocación de permanencia. En esta línea, apunta que tampoco quedaba sujeta a las exigencias de la normativa de contratación pública ni sobre ella existía un control efectivo de la administración autonómica.

VOLUNTARIO CON JUAN PABLO II
Junto con el informe, Cotino, que ha prestado declaración como investigado, ha argumentado en su comparecencia que contactaron con él en 2003, siendo delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana, para colaborar en la organización de la visita de Benedicto XVI por su conocimiento de temas de seguridad, ya que, además, con anterioridad había sido director general de la Policía y concejal de Seguridad Ciudadana en el Ayuntamiento de Valencia.

Asimismo, según han asegurado a Europa Press fuentes conocedoras de su declaración, fue llamado por el Arzobispado por su «vínculo» con la Iglesia, puesto que ya había colaborado como voluntario en la visita del Papa Juan Pablo II a Valencia en 1983. En esta línea, ha indicado que participó en reuniones de voluntarios pero que, en ningún caso, tenía capacidad de decisión de contratación.

«ME ENCUENTRO PERFECTAMENTE»
A su llegada a la Ciudad de la Justicia, Cotino únicamente ha pedido a los periodistas que le dejaran acceder a las instalaciones judiciales: «Si ustedes dejan entrar puedo llegar ahora. Me encuentro perfectamente», se ha limitado a decir.

Cuando ha terminado, se ha detenido unos segundos ante los periodistas que le esperaban y ha señalado que ha contestado a la jueza que instruye el caso y a los abogados y ha entregado este documento pericial «sobre los temas que se están valorando». «Seguirá el tema adelante y cuando haya que volver a hablar, hablaremos», ha zanjado a este respecto.

Insistido sobre si se produjeron irregularidades en la contratación, ha reiterado que ya no tenía «nada más» que decir «en este momento».

Asimismo, preguntado por el caso Erial, en el que se encuentra investigado junto al expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana, entre otros, ha vuelto a negarse a hablar: «Cuando corresponda otra cosa, hablaremos de otra cosa. Yo les digo a ustedes que he venido aquí a contestar lo que me ha preguntado la juez y los abogados. Cuando corresponda otro tema, vendré a otro tema», ha repetido.

PREVARICACIÓN, MALVERSACIÓN Y FALSEDAD
La jueza abrió en 2016 esta causa por delitos de prevaricación, malversación y falsedad por supuestas irregularidades en las adjudicaciones por parte de la fundación que organizó la visita del papa Benedicto XVI a València en julio de 2006. El origen fue la pieza separada del caso Gürtel remitida a València por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

En concreto, se investiga si esas adjudicaciones se realizaron sin respetar las normas generales de contratación, sin concurso ni concurrencia pública. En febrero del pasado año se acordó la consideración de investigados del expresidente Francisco Camps y el resto de ex altos cargos.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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