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El Consell aprueba el decreto ley que regula las VTC y reabre la polémica
Publicado
hace 7 añosen
VALÈNCIA, 29 Mar.- El Consell ha aprobado el decreto ley que regula la prestación del servicio de transporte público discrecional de personas viajeras mediante arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) tras obtener el informe favorable de la Abogacía de la Generalitat.
Hay que recordar que el Estado ha habilitado a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos a modificar las condiciones de explotación de las autorizaciones VTC debido al aumento que se ha producido en este sector. Un sector que no está tan regulado como el sector del taxi que está sometido a una fuerte regulación.
Esto está afectando de manera inmediata y significativa a la ordenación del transporte en el ámbito urbano y en el de las áreas de prestación conjunta, con desajustes en la oferta y demanda, lo que pone de manifiesto la exigencia inmediata para que se fije un marco estable que garantice el derecho de la ciudadanía a emplear estas formas de transporte en condiciones óptimas y equilibradas para ambos sectores.
Por ello, el Consell considera que el decreto ley es el instrumento jurídico adecuado para realizar esta regulación y así lo avala el informe de la Abogacía que entienden que hay razones de extraordinaria y urgencia necesidad para ello.
La Generalitat centra su regulación en los servicios que son de su competencia, es decir, los de transporte interurbano que realicen las VTC; mientras que permite que los ayuntamientos regulen, ordenen e intervengan en los servicios urbanos.
Principales medidas del decreto ley
Según establece este decreto ley, la prestación del servicio de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) únicamente podrá realizarse por aquellas personas, físicas o jurídicas, que sean titulares de la correspondiente autorización administrativa que les habilite para ello, expedida por la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, competente en materia de transporte por delegación del Estado.
Esta autorización estará referida a cada uno de los vehículos mediante los cuales se realiza la actividad y cada uno de ellos deberán llevar un distintivo de identificación.
Los servicios deberán contratarse, al menos, con una antelación de quince minutos previos a su efectiva prestación y deberá quedar constancia de los mismos en un registro de comunicaciones. Se exceptúan de esta previsión los servicios que deban realizarse de forma inmediata, como consecuencia de urgencias, emergencias y asistencia en carretera.
Los vehículos adscritos a las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor no podrán, en ningún caso, circular por las vías públicas en busca de clientela ni propiciar la captación de personas viajeras que no hubiesen contratado previamente el servicio.
Se considera captación de clientela la geolocalización, que permite a las personas usuarias ubicar con carácter previo la localización de estos servicios, y, por tanto, no se permite su utilización.
Asimismo, tampoco se permite el estacionamiento en las vías públicas, debiendo estacionar en garajes o aparcamientos no ubicados en la propia vía pública. Al igual que el estacionamiento en lugares de concentración y generación de demanda de servicios de transporte como puertos, aeropuertos, estaciones de ferrocarril y de autobuses, centros comerciales y de ocio, instalaciones deportivas, hoteles, paradas de taxis, hospitales o cualquier otro establecimiento similar, que pueda propiciar la captación de clientela.
Comunicación al registro
Todos los servicios de transporte que discurran íntegramente por la Comunitat Valenciana, o con inicio o finalización en ella, deberán comunicarse, previamente, al Registro de comunicaciones al que se refiere el Real Decreto 1076/2017 por el cual se establecen normas complementarias al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos con conductor.
Además, la contratación habrá de realizarse siempre por la capacidad total del vehículo sin que, en ningún caso, pueda realizarse una contratación individual o por plazas.
Cada vez que se sustituya uno de los vehículos adscritos a autorizaciones VTC se hará por otro vehículo que utilice como fuente de energía la electricidad, el hidrógeno, los biocarburantes, los combustibles sintéticos y parafínicos, el gas natural y el gas licuado del petróleo. También podrá sustituirse por un vehículo de los denominados híbridos.
Por último, el decreto ley regula el régimen sancionador por su incumplimiento de acuerdo con lo establecido en la Ley de ordenación de los transportes terrestres.
Una vez aprobado por el pleno, este decreto ley se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) y entrará en vigor al día siguiente, a excepción de lo contemplado en el artículo 3.1 para el periodo mínimo de antelación en la contratación que entrará en vigor en un plazo de dos meses como máximo con el objetivo de facilitar el despliegue de las medidas técnicas adecuadas para su aplicación.
Además, deberá ser sometido a su convalidación por parte de la Diputación Permanente de Les Corts, que también tendrá la posibilidad de decidir si quiere tramitarlo como un proyecto de ley.
Actualmente, en la Comunitat Valenciana existen 4.695 licencias de taxi por 377 licencias de VTC. Hay que recordar que el sector de las VTC no está tan regulado, mientras el sector del taxi está sometido a una fuerte regulación.
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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?
Publicado
hace 14 horasen
27 diciembre, 2025
Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16
A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.
Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.
Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria
La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.
Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.
¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?
De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:
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Turismos
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Furgonetas
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Autobuses
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Camiones
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Vehículos mixtos
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Conjuntos de vehículos no especiales
En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.
Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios
La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.
No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.
Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.
Un cambio pensado para salvar vidas
Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.
“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.
🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT
Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.
La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.
Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,
“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.
🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas
Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.
🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal
Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.
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