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Estas son las restricciones que sopesa el Gobierno antes que dictar otra alarma

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El coronavirus sigue cogiendo fuerza en España. La cifra de contagios va en aumento cada día y las autoridades sanitarias no descartan ya, públicamente, la necesidad de aplicar medidas drásticas.

Hace unos días Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, afirmó que no descarta el confinamiento en las zonas en que sea necesario para atajar la transmisión, especialmente la comunitaria. Además de las pruebas PCR, Simón apunta a la cuarenta a los contactos de las personas que hayan sido afectadas.

No obstante, decretar, nuevamente, el Estado de Alarma no se descarta si fuera necesario en algún momento. En este sentido, Simón ha explicado las tres modalidades de Estado de Alarma que el Ejecutivo tiene preparado para aplicar si la emergencia sanitaria así lo requiere:

  1. Solicitar el Estado de Alarma en toda una Comunidad Autónoma
  2. Estado de Alarma limitado a una zona en concreto
  3. Estado de Alarma aplicado a todo el territorio nacional como el que sufrió España meses atrás

 

Y con la curva en ascenso, este sábado se ha sabido que el Gobierno de Pedro Sánchez se plantea la posibilidad de implantar restricciones de movilidad en las comunidades autónomas, similares a las que se vivieron en Fase 2, intentando evitar el decreto de un nuevo estado de alarma, según han confirmado fuentes de los gobiernos autonómicos a El Español.

De no mejorar los datos de contagios, España podría dar pasos atrás en la nueva normalidad y volver a situaciones similares de la Fase 2, aunque las limitaciones de movilidad estarían circunscritas a la comunidad, en lugar del ámbito provincial.

Estas medidas podrían ser anunciadas por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la próxima reunión Interterritorial de Salud, que se produce el jueves 27 de agosto, según las fuentes oficiales. Esta nueva decisión podría afectar al inicio del próximo curso escolar, que se vería retrasado en función de la evolución de la epidemia tras las nuevas restricciones impuestas. El objetivo del Gobierno es, por el momento, poner en marcha medidas legalmente viables sin tener que pasar por el Congreso.

Por otra parte, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en una entrevista en RNE ha asegurado que «nuestra opción es que dentro de las competencias de las comunidades autónomas pueda haber una coordinación excelente y una prevención siempre basada en criterios científicos. Eso es lo que se está haciendo».

«Que nadie se confunda, las cosas no van bien. Es momento de parar. El que detectemos mucho no quiere decir que no haya transmisión, y cada día tenemos más», advirtió el director del CCAES, Fernando Simón en su última comparecencia.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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