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El tabaquismo provoca casi 6.000 muertes anuales en la Comunitat

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En la Comunitat Valenciana, en el 21,9% de las viviendas al menos una persona fuma habitualmente y el 19,9% de los adultos mayores de 16 años se declara fumador habitual, si bien en la última década se aprecia una tendencia a la baja (30,9% en 2005, 22,5% en 2016 ). El grupo de 45 a 64 años de edad es el que registra mayor prevalencia de tabaquismo.

En la Comunitat Valenciana el tabaquismo produce 5.807 muertes anuales, aproximadamente un 13% del total de las defunciones ocurridas en la población de 35 años o más (21% en hombres y 6% en mujeres) y cuatro de cada cinco muertes por cáncer de pulmón se deben al tabaquismo. Además, la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) es la segunda causa de muerte con mayor porcentaje de muertes atribuibles al tabaco: 82% y 65% de las muertes producidas por esta causa, en hombres y mujeres respectivamente.

El lema del Día Mundial sin Tabaco 2019, que conmemora la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 31 de mayo, se centra en ‘El tabaco y la salud pulmonar’ y este año incide en las consecuencias negativas para la salud pulmonar que tiene el tabaco, desde el cáncer hasta las enfermedades respiratorias crónicas. La OMS estima que el tabaco es responsable de la muerte de siete millones de personas al año, de las que seis son consumidores y el resto son no-fumadores expuestos al humo de tabaco ajeno.

Entre los mensajes de la campaña de este año, se recuerda que después de diez años de dejar de fumar, el riesgo de cáncer de pulmón se reduce a la mitad, o que no fumar y abandonar el tabaquismo cuanto antes retrasa la progresión de la EPOC y mejora los síntomas del asma. Además, se aconseja no fumar durante el embarazo y la infancia, y tampoco en el coche.

Por todo ello, la conselleria de Sanitat Universal refuerza desde este viernes la inspección para velar por el estricto cumplimiento de la Ley antitabaco en la Comunitat Valenciana y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, según ha anunciado este fuentes de este departamento.

Precisamente, el responsable del grupo de tabaquismo de la SVMFIC (Societat Valenciana de Medicina de Família i Comunitària), Juan Antonio Ribera, advirtió ayer de que los fumadores han crecido un 3% en un año en la Comunitat Valenciana por «la relajación» en cumplir la ley.

Al respecto, desde sanidad han explicado que la campaña que pondrán en marcha se centrará especialmente en establecimientos de restauración.

Así, la Dirección General de Salud Pública ha remitido una comunicación por la que se conmina a los operadores de restauración y asociaciones vinculadas al cumplimiento de la prohibición de fumar en bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados, así como en sus dependencias –terrazas, carpas y reservados– que estén cubiertas y rodeadas lateralmente con más de dos paredes, muros o paramentos.

Desde la dirección general se advierte de que, pese a que el cumplimiento de la ley ha sido «satisfactorio» en los espacios cerrados, se está detectando «un importante grado de incumplimiento» en lo referente a terrazas, carpas y reservados de bares y restaurantes, lo que está «considerado infracción y lleva asociada la pertinente sanción», han recordado.

Para el refuerzo de la inspección sobre los establecimientos de restauración en estos aspectos se cuenta ya con la colaboración de la Policía Autonómica de la Comunitat Valenciana, que desde Sanidad se valora muy positivamente.

En relación con los centros educativos, se recuerda que la Ley prohíbe la venta y el suministro de productos del tabaco en centros docentes, independiente de la edad del alumnado, y establece la prohibición total de fumar en centros docentes y formativos.

Por ello, se insta al cuerpo de inspectores de Educación a que incluyan en sus actas la existencia de venta o suministro de tabaco en los centros docentes y la presencia de personas fumando en el centro en el momento de realizar la inspección. Las actas se remitirán a la Dirección Territorial de Sanidad correspondiente.

Respecto a los espacios sanitarios, los gerentes de los departamentos de salud tienen instrucción de reforzar el seguimiento sobre el cumplimiento de la normativa. Por su parte, la Dirección General de Alta Inspección Sanitaria acentuará la inspección sobre la venta y suministro de productos del tabaco y la prohibición de fumar en los espacios al aire libre o cubiertos comprendidos en los recintos de los centros sanitarios.

 

Fuente: Europa Press

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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