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Estas son las medidas de prevención de la fase 3 avanzada en la Comunitat Valenciana

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El Consell ha acordado la adopción de medidas de prevención ante la COVID-19, una vez se levante el estado de alarma, con el objetivo de asegurar que las actividades en las que se pueda producir una mayor posibilidad de transmisión de la enfermedad se desarrollen en condiciones que permitan controlar el riesgo.

La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, que ha comparecido en rueda de prensa tras la reunión semanal del Gobierno valenciano, ha insistido en que, con estas medidas, «se pretende dar apoyo a la reactivación económica y social, minimizando el riesgo para la salud pública».

A este respecto, la vicepresidenta ha hecho hincapié en que las medidas adoptadas por el Consell «han de venir necesariamente acompañadas por la prudencia y la responsabilidad individual, de manera que la autoprotección se convierta también en medida eficaz para proteger a los otros».

Las medidas adoptadas por el Consell, por tanto, producirán efectos en todo el territorio de la Comunitat Valenciana a partir del 21 de junio, cuando concluya el estado de alarma, y hasta la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Oltra ha señalado que «los servicios de inspección municipales y autonómicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas».

Medidas previstas

Entre las medidas previstas en el anexo del acuerdo, hay que destacar la obligación general relativa a la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con el uso de mascarillas de higiene adecuadas.

Se establecen también medidas de higiene en todas las actividades, como limpieza de locales y ropa de trabajo; ventilación de instalaciones; disponibilidad de materiales de prevención; pago preferente con tarjeta; o señalización de distancia de seguridad para clientes, entre otras.

Asimismo, se concretan otras adicionales para centros comerciales, establecimientos de hostelería y restauración, para celebración de actos de culto religioso, en piscinas de uso deportivo o en instalaciones deportivas.

También se establecen limitaciones de aforo y medidas específicas por sectores, como actos religiosos; actividades educativas, de tiempo libre y parques infantiles; bibliotecas, archivos, museos, cines o teatros, entre otros; instituciones feriales; transportes, etc.

Iniciativas ante la COVID-19

Por otra parte, el Consell también ha aprobado una serie de iniciativas de las distintas conselleries para hacer frente a la COVID-19 en diferentes sectores, por un importe superior a 10,4 millones de euros.

De este modo, el Consell ha aprobado el decreto de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas urgentes, por valor de 3 millones de euros, para las empresas que prestan transporte público regular de viajeros de uso general competencia de la Generalitat «y que se hayan visto afectadas como consecuencia de la COVID-19, con la finalidad de mantener la prestación de estos servicios», ha explicado la vicepresidenta.

Además, el Gobierno valenciano ha autorizado la contratación de emergencia de 15.000 tabletas con conectividad, por un importe de 3,8 millones de euros, para ponerlas a disposición de los centros educativos y distribuirlas en el alumnado con mayores necesidades.

Estos aparatos se suman a una remesa anterior adquirida por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico «con el fin de garantizar que todo el alumnado pueda acceder a la educación a distancia mientras haya alteraciones de la actividad lectiva presencial», ha indicado Oltra.

Asimismo, la Conselleria de Hacienda ha gestionado la adquisición der 1.500 ordenadores portátiles y 600 monitores con elementos de videoconferencia, por un importe de 1,5 millones de euros, para garantizar el teletrabajo del personal de la Administración del Consell.

Por su parte, Turisme Comunitat Valenciana ha contratado la instalación de pasarelas desmontables, rígidas y con un ancho especial, por un presupuesto de 1,2 millones de euros, para garantizar el distanciamiento mínimo de dos metros en los accesos a las playas valencianas, dentro de las recomendaciones surgidas por la evolución de la pandemia del coronavirus.

Finalmente, en lo que respecta a las medidas de higiene y protección, el Consell ha autorizado la contratación de emergencia del suministro de mascarillas, gel hidroalcohólico, equipos de protección y refuerzo de servicios de limpieza en las instalaciones del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS); centros escolares dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte; centros Labora, Servicio Valenciano de Empleo y Formación; y oficinas PROP. El importe global asciende a 908.000 euros.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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