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Estas son las medidas propuestas por los pediatras para una vuelta al cole segura

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Ante la inminente apertura de los centros escolares y la situación epidemiológica actual, la Asociación Española de Pediatría (AEP) ha actualizado la propuesta de recomendaciones generales que ya elaboró en el mes de mayo en relación a la “Apertura gradual de las áreas de educación infanto-juvenil”, con el objetivo de “minimizar el riesgo de transmisión del virus en las escuelas y la contención de la diseminación de la pandemia a partir de los escolares. Este documento, de fecha 31 de agosto, puede consultarse íntegramente en la web de la AEP, donde también está disponible el documento “Recomendaciones para la reincorporación de niños crónicos a la escuela”, elaborado por las sociedades de especialidades pediátricas integradas en la AEP. Ante la situación actual, los pediatras reiteran la importancia de que los centros educativos sean rigurosos a la hora de cumplir con todas las medidas de seguridad propuestas, al tiempo que los padres han de ser responsables a la hora de llevar a sus hijos a la escuela si estos presentan algún síntoma, por leve que sea.

“Reconociendo la importancia de la experiencia vital asociada al modelo educacional tradicional basado en la asistencia a las aulas, es importante prever adecuadamente cómo y en qué condiciones debe producirse la vuelta a los colegios, y qué medidas son necesarias desde una visión de salud pública para garantizar la seguridad de los menores y minimizar el riesgo de transmisión”, asegura la doctora María José Mellado, presidente de la Asociación Española de Pediatría (AEP). “Es necesario considerar los costes sociales y económicos asociados con mantener las escuelas cerradas, que pueden fomentar un aumento en las desigualdades sociales”, explica.

Por su parte, el doctor Quique Bassat, coordinador del Grupo de Trabajo de la AEP para la Reapertura de la Escolarización, asegura que “la reincorporación presencial a los centros escolares se hace en cumplimiento del derecho que tienen los niños y los adolescentes al aprendizaje y a la socialización, como necesidades básicas para su desarrollo, contempladas por la Convención de los Derechos del Niño (CDN)”.

Con los conocimientos adquiridos desde el inicio de la epidemia de SARS-CoV-2, parece que los niños no son una población particularmente vulnerable a los efectos graves de la infección por COVID-19. Los casos de enfermedad pediátrica grave son infrecuentes y, con muy pocas excepciones, la mayoría de las infecciones transcurren de forma leve o incluso asintomática. Es importante destacar que “los niños parecen infectarse de forma similar a los adultos, suelen expresar de forma más leve los síntomas asociados a la infección y son una potencial fuente de transmisión a otros niños y adultos, aunque menos eficientes, especialmente los menores de 10 años”, explica la doctora Mellado.

Las recomendaciones de la AEP pretenden minimizar el riesgo de transmisión del virus en las escuelas y la contención de la diseminación de la pandemia a partir de los escolares. Sin embargo, “conviene recordar que no existe un riesgo cero”, matiza la doctora. Estas medidas han sido diseñadas con una visión de utilidad en salud pública y pueden ser difíciles de implementar en su totalidad en las diferentes escuelas, dependiendo de las particularidades de cada centro. “Somos conscientes de que su interpretación a la hora de ser puestas en marcha dependerá de los recursos disponibles y de la situación epidemiológica en la que se encuentre la zona donde esté la escuela”, concluye la presidente de la AEP.

El doctor Bassat confía en que estas medidas “bien implementadas” consigan que el curso escolar pueda desarrollarse dentro de una asidua asistencia por parte de los escolares y que la “vuelta al cole” transcurra, “dentro de lo posible y dadas las circunstancias, de manera normal”. Para ello, explica el coordinador del grupo de Reapertura de la Escolarización, es importante que “todos los agentes implicados -ya sean los centros o los padres- sean responsables, cada uno en la medida de sus posibilidades, y cumplan de forma rigurosa las medidas propuestas”.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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