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El BOE publica todo lo que se podrá hacer en la Fase 3

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En el mismo se recoge que podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

La misma Orden especifica que en esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En el caso de los mercadillos se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados. Los ayuntamientos podrán en este caso aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.

En el ámbito de la hostelería las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad: «Se permite el consumo en barra siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, de dos metros. De este modo, se establece un régimen equivalente al permitido para el consumo en mesa, para el que se mantiene una distancia de dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas. Asimismo, se permite que las terrazas al aire libre abran al setenta y cinco por ciento de su capacidad permitida».

En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

Actividades culturales

En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

Otro de los capítulos de la Orden indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

Medidas de carácter social

En esta fase se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia y no quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al COVID-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

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El Congreso tumba los dos decretos de vivienda del Gobierno tras el rechazo de PP, Vox y Junts

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ley del alquiler
Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Congreso de los Diputados ha rechazado los dos reales decretos-ley de vivienda sometidos a convalidación en el pleno extraordinario celebrado este viernes. Al no obtener la mayoría necesaria, las normas no han sido convalidadas por la Cámara.

El efecto jurídico concreto sobre cada medida depende del contenido de los decretos y de su eventual tramitación parlamentaria. En términos generales, cuando un real decreto-ley no es convalidado, deja de producir efectos conforme a lo previsto en la Constitución y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las situaciones jurídicas generadas durante el periodo en el que estuvo vigente.

El Congreso no convalida los dos decretos de vivienda

El primer decreto ha sido rechazado por 178 votos frente a 172. En la segunda votación, el resultado ha sido de 184 votos en contra y 166 a favor.

PP, Vox, Junts y UPN han votado en contra de los dos textos. En el segundo decreto también se han opuesto otras formaciones, entre ellas el PNV y Coalición Canaria, según el resultado de la votación comunicado tras el pleno.

La falta de convalidación impide que ambos reales decretos-ley continúen aplicándose como normas de urgencia en los términos en los que fueron aprobados. No obstante, la consecuencia sobre contratos, procedimientos judiciales o situaciones iniciadas durante su vigencia debe determinarse conforme a las disposiciones transitorias, al contenido de cada decreto y a la interpretación de los órganos competentes.

Junts mantiene su rechazo a los decretos

El voto de Junts ha contribuido a que el Gobierno no alcanzara la mayoría necesaria para convalidar los textos. La formación catalana había reclamado la retirada de los decretos y la elaboración de una nueva propuesta que permitiera negociar las medidas de vivienda.

Junts ha cuestionado parte del contenido de las normas y ha defendido la necesidad de introducir modificaciones antes de plantear una nueva votación parlamentaria.

El Gobierno decidió mantener el debate y someter ambos reales decretos-ley a la consideración del pleno para su convalidación.

¿Qué medidas dejan de estar vigentes?

La no convalidación afecta a las medidas incorporadas específicamente en los dos reales decretos-ley, entre ellas las disposiciones sobre protección de determinados hogares vulnerables frente a procedimientos de desahucio y las previsiones relativas a la duración o prórroga extraordinaria de algunos contratos de alquiler.

También quedan afectadas las restantes modificaciones normativas incluidas en esos textos sobre vivienda y arrendamientos. Sin embargo, no desaparece toda la regulación estatal sobre estas materias: continúan vigentes las normas anteriores que no hayan sido modificadas o sustituidas por los decretos rechazados.

La aplicación práctica de la pérdida de vigencia puede variar según la medida concreta, la fecha en la que se inició cada procedimiento y las reglas transitorias previstas. Por ello, el rechazo parlamentario no permite afirmar automáticamente que todos los contratos o procedimientos afectados vuelvan a la situación anterior en idénticos términos.

El Gobierno deberá valorar nuevas iniciativas

El rechazo de los decretos obliga al Ejecutivo a valorar si presenta nuevas iniciativas legislativas y qué cambios introduce para intentar obtener una mayoría suficiente en el Congreso. Cualquier nueva medida deberá seguir el procedimiento parlamentario correspondiente y no tendrá efectos hasta su aprobación y entrada en vigor.

La vivienda continúa en el centro del debate político por la evolución de los precios del alquiler, la disponibilidad de viviendas y las dificultades de acceso para determinados colectivos.

La votación deja pendiente la negociación entre el Gobierno y los grupos parlamentarios sobre la protección de los hogares vulnerables, la regulación de los arrendamientos y el resto de medidas incluidas en los decretos que no han sido convalidados.

El Gobierno abre la puerta a un adelanto electoral si decaen los decretos de vivienda

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