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La Generalitat incluye deducciones en el IRPF para que los beneficiarios de ayudas por la COVID-19 no tributen por ellas

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https://es.wikipedia.org/wiki/Marie_Kondo

El Pleno del Consell ha aprobado modificar la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas ?Físicas (IRPF) y restantes tributos cedidos para introducir deducciones en el tramo autonómico del IRPF a la tributación de las ayudas concedidas con motivo de la COVID-19.

La deducción se aplicará, con efecto retroactivo de uno de enero de 2020, a las ayudas concedidas por la Generalitat a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación (ERTE) o que hayan ejercido los derechos de reducción total o del 50% o más de su jornada laboral para la atención a menores, mayores o dependientes a cargo suyo; a las ayudas recibidas para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal y a las cantidades dinerarias o en especie donadas para minimizar el impacto de la COVID-19 o destinadas a la realización de actividades de investigación y desarrollo.

Asimismo, con efectos desde el uno de enero del 2021, se introduce una nueva deducción en el IRPF, en este caso ya no por la ayuda recibida, sino por la adquisición o electrificación de bicicletas y vehículos de movilidad personal
Dado que todas estas ayudas están legalmente sujetas a tributación en el IRPF como rendimientos del trabajo personal o ganancias patrimoniales incluidas en la renta general, lo cual podría suponer que la cuantía efectiva de la ayuda sea menor a las cantidades mencionadas, desde el Consell se ha considerado necesaria la aprobación de deducciones en el tramo autonómico del IRPF que compensen la mayor carga tributaria que, en otro caso, tendrían que soportar los o las contribuyentes como consecuencia de su percepción.

Medidas que verán compensada
El Consell acordó la concesión de una ayuda directa de 150 euros a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación (ERTE), solicitado con posterioridad a la declaración del estado de alarma al amparo del Real decreto ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19.

Por el otro, el Consell también aprobó la entrega de una ayuda individualizada de entre 300 y 600 euros a los trabajadores y trabajadoras valencianos que hayan ejercido los derechos de reducción total o del 50 % o más de su jornada laboral para la atención a personas menores, mayores o dependientes a cargo suyo, con motivo de la situación de crisis sanitaria, en los términos establecidos en el artículo 6 del Real decreto ley 8/2020, en relación con el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.

Debido a la excepcionalidad del momento ha dado y en línea con el eje de acción del Acuerdo del Botánico 2 dirigido a promover la transición ecológica y la lucha contra la emergencia climática, el Consell acordó la concesión de ayudas directas de hasta 250 euros para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal.

Por otro lado, la actual crisis puso de manifiesto la necesidad de incentivar asquellas actuaciones de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico realizadas por determinadas entidades públicas y privadas de la Comunidad para luchar contra los efectos de la COVID-19, así como la de recompensar las aportaciones recibidas por la administración, sea en metálico o en especie, para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto Ley 4/2020, de 17 de abril, del Consejo, de medidas extraordinarias de gestión económico-financiera para hacer frente a la crisis producida por la COVID-19.

Las personas beneficiadas por estas ayudas y medidas podrán ahora aplicarse también una deducción en el IRPF que compense lo que tienen que tributar de más por su percepción.

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Señales para identificar si tu hijo sufre bullying

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Claves para identificar si tu hijo sufre bullying

Es uno de los temas más desagradables por eso es fundamental tener las claves para identificar si tu hijo sufre bullying. La Asociación Española para la Prevención del Acoso Escolar (AEPAE) señala que «hay que diferenciar entre conflictos relacionales puntuales y el acoso escolar o bullying».

Un indicador objetivo de que el conflicto entre iguales puede denominarse acoso escolar, es que la vida normal del niño o adolescente se vea perjudicada y alterada por este maltrato reiterado.

Cuando la víctima tiene la expectativa de que el maltrato va a producirse de nuevo, podemos llegar a la conclusión de que este maltrato SÍ es acoso escolar.

AEPAE recoge que según el Informe Cisneros X, solamente el 10% del acoso escolar es físico, produciendo lesiones visibles. El 90% del acoso escolar es psicológico: hostigamiento verbal, intimidaciones, amenazas, coacciones, exclusión social, bloqueo y estigmatización.

Señales para identificar si tu hijo sufre bullying

Si los daños físicos son heridas y hematomas de diversa gravedad, los daños psicológicos pueden ser:

  • estrés postraumático
  • depresión
  • somatización
  • ansiedad
  • ideación suicida
  • cambios en la personalidad
  • disminución de la autoestima y del rendimiento escolar.

Los elementos que intervienen en el acoso escolar son el acosador, la víctima y los observadores. El acosador pretende obtener un rédito, un beneficio de este comportamiento como popularidad, poder, etc…, y no cesa en su cometido si no tiene ninguna sanción.

La víctima sufre a menudo en silencio esta situación. Los observadores pasivos, legitiman el acoso. Algunos pueden participar en el mismo como colaboradores y otros sencillamente observan el proceso sin intervenir.

AEPAE recalca que cualquier niño o adolescente puede ser víctima de acoso escolar. No existe un perfil determinado ni de víctima ni de acosador. El proceso de acoso suele desencadenarse cuando se pone a un niño en el foco de atención del resto del grupo y otro compañero le maltrata física o psicológicamente.

El acoso escolar sigue un proceso sumatorio y crece como una bola de nieve cayendo por la ladera de la montaña: se hace cada vez más grande si no encuentra nada que la detenga. Suele ser muy común que el acoso inicial sea verbal, para desembocar en el acoso físico.

El ciberacoso puede desempeñar el papel de caja de resonancia del acoso que se produce en persona o también ser el punto de partida, mediante la distribución de una grabación ofensiva hacia la víctima. En cualquier caso el ciberacoso amplifica el acoso escolar de manera exponencial. La víctima ya no solo es acosada en el horario escolar, sino las 24 horas del día.

El acoso escolar no es un juego entre escolares, recalcan desde AEPAE. Es algo muy serio que puede marcar a un niño para toda la vida, e incluso inducirle al suicidio.

Ciberacoso: Todo sobre esta nueva modalidad de acoso escolar

El fenómeno del acoso escolar ha traspasado las relaciones sociales cara a cara para trasladarse a Internet y a las redes sociales, bien como herramienta de refuerzo del acoso ocurrido en las aulas o como acoso realizado de forma anónima. El correo personal, Tuenti, Facebook e incluso el teléfono móvil, se han convertido en herramientas de uso cotidiano utilizadas a menudo para insultar, ridiculizar y amenazar a los compañeros. El uso de las tecnologías de la información: smartphones, ordenadores, tablets y otros dispositivos que van apareciendo en nuestro entorno cotidiano, se utilizan cada vez desde edades más tempranas. Hay niños de 8 años que ya tienen su propio teléfono móvil.

Consejos de expertos en seguridad de la información:

  1. No contestes a mensajes que traten de acosarte o hacerte sentir mal: animas al acosador. Bloquea a cualquier remitente que te acose. De esa manera no le será posible volver a hacerlo.
  2. Guarda el mensaje como prueba del acoso: nadie es anónimo en la red ya que toda acción deja huella. Existe ya numerosa jurisprudencia sobre ello.
  3. Cuéntaselo a tus padres o familiares y al centro escolar para que se tomen las medidas pertinentes y denúncialo a la Policía o a la Guardia Civil, si lo crees necesario ya que puede ser constitutivo de delito.
  4. Se cuidadoso con la gestión de la información privada –tanto la tuya propia como la de terceros-. Y no la envíes nunca a desconocidos.
  5. Sé prudente con la utilización de la cámara web (o webcam). Nunca debe estar encendida si no es ante los amigos de confianza. Jamás ante los desconocidos.
  6. No le des tu dirección de correo ni tu teléfono a desconocidos, aunque te la pidan en persona.
  7. En las redes sociales restringe el acceso a tu información personal a tus amigos de confianza –datos personales, fotografías y vídeos deben estar protegidos de terceras personas-. Ten tus claves de acceso a cualquier dispositivo que utilices: teléfonos móviles, correo, perfiles de redes sociales, etc, a buen recaudo, y cámbialas inmediatamente si sospechas que alguien las puede estar utilizando.
  8. Jamás participes en foros y chats sin tomar las precauciones adecuadas. Nunca proporciones información personal por estas vías: ni la dirección de tu domicilio, ni tu teléfono, ni tu dirección de correo ni tus datos personales.
  9. Por último, recuerda que Internet es un canal abierto a todo el mundo y que tú no tienes control sobre ello. Sin embargo, tú si tienes el control sobre tus relaciones personales y sobre quienes quieres que formen parte de ellas.

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