Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Generalitat incluye deducciones en el IRPF para que los beneficiarios de ayudas por la COVID-19 no tributen por ellas

Publicado

en

https://es.wikipedia.org/wiki/Marie_Kondo

El Pleno del Consell ha aprobado modificar la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas ?Físicas (IRPF) y restantes tributos cedidos para introducir deducciones en el tramo autonómico del IRPF a la tributación de las ayudas concedidas con motivo de la COVID-19.

La deducción se aplicará, con efecto retroactivo de uno de enero de 2020, a las ayudas concedidas por la Generalitat a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación (ERTE) o que hayan ejercido los derechos de reducción total o del 50% o más de su jornada laboral para la atención a menores, mayores o dependientes a cargo suyo; a las ayudas recibidas para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal y a las cantidades dinerarias o en especie donadas para minimizar el impacto de la COVID-19 o destinadas a la realización de actividades de investigación y desarrollo.

Asimismo, con efectos desde el uno de enero del 2021, se introduce una nueva deducción en el IRPF, en este caso ya no por la ayuda recibida, sino por la adquisición o electrificación de bicicletas y vehículos de movilidad personal
Dado que todas estas ayudas están legalmente sujetas a tributación en el IRPF como rendimientos del trabajo personal o ganancias patrimoniales incluidas en la renta general, lo cual podría suponer que la cuantía efectiva de la ayuda sea menor a las cantidades mencionadas, desde el Consell se ha considerado necesaria la aprobación de deducciones en el tramo autonómico del IRPF que compensen la mayor carga tributaria que, en otro caso, tendrían que soportar los o las contribuyentes como consecuencia de su percepción.

Medidas que verán compensada
El Consell acordó la concesión de una ayuda directa de 150 euros a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación (ERTE), solicitado con posterioridad a la declaración del estado de alarma al amparo del Real decreto ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19.

Por el otro, el Consell también aprobó la entrega de una ayuda individualizada de entre 300 y 600 euros a los trabajadores y trabajadoras valencianos que hayan ejercido los derechos de reducción total o del 50 % o más de su jornada laboral para la atención a personas menores, mayores o dependientes a cargo suyo, con motivo de la situación de crisis sanitaria, en los términos establecidos en el artículo 6 del Real decreto ley 8/2020, en relación con el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.

Debido a la excepcionalidad del momento ha dado y en línea con el eje de acción del Acuerdo del Botánico 2 dirigido a promover la transición ecológica y la lucha contra la emergencia climática, el Consell acordó la concesión de ayudas directas de hasta 250 euros para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal.

Por otro lado, la actual crisis puso de manifiesto la necesidad de incentivar asquellas actuaciones de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico realizadas por determinadas entidades públicas y privadas de la Comunidad para luchar contra los efectos de la COVID-19, así como la de recompensar las aportaciones recibidas por la administración, sea en metálico o en especie, para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto Ley 4/2020, de 17 de abril, del Consejo, de medidas extraordinarias de gestión económico-financiera para hacer frente a la crisis producida por la COVID-19.

Las personas beneficiadas por estas ayudas y medidas podrán ahora aplicarse también una deducción en el IRPF que compense lo que tienen que tributar de más por su percepción.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?

Publicado

en

Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16

A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.

Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.

Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria

La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.

Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.

¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Autobuses

  • Camiones

  • Vehículos mixtos

  • Conjuntos de vehículos no especiales

En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.

Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios

La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.

No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.

Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.

Un cambio pensado para salvar vidas

Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.

“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.

🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT

Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.

La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.

Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,

“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.

🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas

Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.

🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal

Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo