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Publicados los criterios del valenciano: se permite ‘artiste’ y se pide evitar ‘aquest’

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Publicados los criterios del valenciano-FREEPIK

El Pleno del Consell ha aprobado el acuerdo por el que se establecen los nuevos criterios lingüísticos del valenciano de la administración de la Generalitat.

Estos nuevos criterios han sido elaborados por la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, dependiente de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, y serán aplicables por la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El Decreto 136/2023, del Consell, de aprobación del Reglamento Orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, establece que la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística es el órgano directivo al que le corresponde dirigir, analizar, coordinar y ejecutar la política lingüística de acuerdo con la planificación lingüística de la Generalitat y con la normativa legal vigente.

Criterios del valenciano

Los criterios lingüísticos dan soporte a las comunicaciones orales y escritas en valenciano por parte del personal empleado público, dan entrada a las formas valencianas más generales y homogeneizan los textos redactados en la Administración de la Generalitat, siempre buscando una comunicación clara y comprensible para la ciudadanía.

Así, se considera que la lengua que utiliza el personal empleado público es la cara más visible de la Administración y, por eso, es relevante que esta oriente a elegir en cada caso las formas más adecuadas para conseguir una comunicación eficaz y que haga que la ciudadanía se sienta cómoda usando la lengua propia de la Comunitat Valenciana. Además, se pretende asesorar a cualquier persona interesada en el uso del valenciano, tanto oral como escrito, en sus comunicaciones en dicha lengua.

El Gobierno valenciano anterior, en su primera legislatura produjo un cambio en el uso del valenciano buscando la confluencia del valenciano con los estándares de otros territorios y comunidades autónomas. A modo de ejemplo, en sus criterios se cambiaron palabras como ‘servici’, ‘juí’, que son las primeras formas en el Diccionari Normatiu Valencià, por ‘servei’ i ‘judici’ más frecuentes en otros territorios. Asimismo, determinadas palabras con acentuación valenciana ‘terratrémol’, se cambiaron por acentuación catalana ‘terratrèmol’. Igualmente, se marcaba la preferencia por la forma ‘aquí’ con rechazo de la forma ‘ahí’ aceptada por la AVL.

Los criterios lingüísticos aprobado por el Consell se adaptan a la normativa de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, que emitió un informe el 22 de diciembre de 2023. Asimismo, se ha realizado un trámite de participación abierto a las universidades y entidades locales que cuentan con oficinas de promoción lingüística, como diputaciones, entre otros.

Ejemplos

Los criterios pretenden acercar el valenciano de la ciudadanía a la administración, al tiempo que se apuesta por un lenguaje apropiado para las comunicaciones formales. Entre otros aspectos, se insta a utilizar términos de utilización más frecuente y común, como las formas ‘acostar’ frente a ‘apropar’, ‘arreplegar’ antes que ‘recollir’, ‘carrera’ antes que ‘cursa’, ‘eixir’ antes que ‘sortir’, ‘ferramenta’ antes que ‘eina’, ‘faena’ antes que ‘feina’, ‘gasto’ antes que ‘despesa’ o ‘pròxim’ antes que ‘proper’.

Además, se recomienda el uso de los demostrativos simples ‘este/a/os/es’ en lugar de ‘aquest/a/os/es’ y de los verbos incoativos con la forma -ix y no -eix.

Además, los nuevos criterios recomiendan usar la locución adverbial ‘a on’ para indicar el lugar donde se está o donde se dirige. Para referirse al día en el que nos encontramos se debe usar preferentemente la variante ‘hui’.

Por otra parte, entre otros ejemplos, se permite el uso del artículo neutro ‘lo’ en escritos poco formales y comunicaciones orales, y la preposición ‘per a’ se usa con complementos que indican finalidad o destino, como recomiendan las gramáticas de la AVL.

Este acuerdo deroga la resolución de 23 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se aprobaban los criterios lingüísticos de aplicación en la Administración de la Generalitat y en sus entes instrumentales.

Estos nuevos criterios lingüísticos además de ser aplicables en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, también se usarán en las actividades que cuentan con la colaboración o financiación de la Generalitat mediante subvención, contrato, convenio, patrocinio u otras figuras jurídicas, cuando así se establezca en las normas reglamentarias, bases o cláusulas.

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La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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