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La Sociedad Española de Fertilidad solicita el reinicio de la actividad de los centros de reproducción asistida

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La Sociedad Española de Fertilidad ha solicitado a Sanidad el reinicio de la actividad de los centros de reproducción asistida. Este es el documento íntegro que se ha trasladado:

DOCUMENTO DE OPINIÓN DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE FERTILIDAD

La Sociedad Española de Fertilidad (SEF) junto a la ESHRE y otras sociedades de reproducción (ASRM), ante la pandemia de COVID-19, aconsejó el pasado día 15 de Marzo una serie de medidas de prudencia ante el desconocimiento existente en ese momento sobre la influencia del virus en el campo de la reproducción, el avance de la epidemia por coronavirus y la necesidad de cumplir el estado de alarma ordenado por la autoridad sanitaria. Esta recomendación fue recogida en B.O.E. del 1 de Abril de 2020, Orden SND/310/2020, donde los centros de reproducción se consideran servicios esenciales “únicamente ante procesos programados o ya iniciados”.

La situación desde entonces ha cambiado, se está planteando una vuelta paulatina a la actividad normal y una vez pasado el momento más crítico de la pandemia en España, no parece previsible que los recursos médicos de los centros de reproducción vayan a ser requeridos para la atención a la población general. Por ello y tras analizar la bibliografía consideramos se deben tener en cuenta los siguientes puntos:

-El B.O.E. no hace referencia a situaciones excepcionales y urgentes como la criopreservación de
ovocitos o corteza ovárica, necesarios para las pacientes (mujeres y hombres) en tratamiento citostático o quimioterápico por motivos oncológicos.

-Ningún organismo sanitario europeo ha desaconsejado el embarazo espontáneo.

-No se aprecian riesgos para la realización de las técnicas de Reproducción Asistida, ni para usuarias ni para embriones, ni para los embarazos producidos durante la pandemia, dado que no se ha encontrado virus ni en semen, ni en líquido folicular, ni en secreciones vaginales o uterinas.

-Los laboratorios de reproducción humana asistida ya disponen de protocolos de actuación para
enfermedades infectocontagiosas de acuerdo a la normativa vigente.

-La actividad en los centros de Reproducción se adapta a los criterios de seguridad que hasta ahora se realizan en el resto de las consultas hospitalarias abiertas.

-Frente a las parejas que pueden conseguir el embarazo espontáneo, esta situación de inactividad en los centros de reproducción está discriminando a parejas de mujeres y mujeres sin pareja masculina o aquellas pacientes cuyo marido es azoospérmico, en sus derechos reproductivos, dado que es imposible el embarazo natural durante el periodo de alarma.

-Aunque hay un perjuicio general de todas las pacientes, existe un grupo donde se pone en peligro su futuro genésico formado por mujeres de más de 35 años o con baja reserva ovárica que ven como disminuyen sus posibilidades de gestación un 2% cada mes.

Por estas circunstancias expuestas y dado que la infertilidad es una enfermedad en la que el tiempo influye de manera decisiva en el potencial reproductivo de muchas pacientes opinamos que debe realizarse un enfoque realista de la situación y favorecer de forma razonada y basada en la evidencia, que se reanuden los tratamientos de reproducción.

Por todo ello, la SEF ha solicitado la valoración por parte del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, el reinicio de la actividad de los centros de reproducción asistida.

Este reinicio o incremento de la actividad en las Unidades de Reproducción, conlleva la adaptación por parte de los centros a las medidas de seguridad que marque en cada momento la autoridad sanitaria, siguiendo las guías de buenas prácticas en los centros de trabajo que se actualicen en cada momento y restringiendo la actividad a los niveles que se nos indique y con el escalonamiento asistencial que el ministerio considere adecuado.

IVI afirma que es necesario retomar los tratamientos en determinadas pacientes

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1 Comentario

1 Comentario

  1. imfer

    22 mayo, 2020 en 5:17 pm

    Buenas noticias para todas las parejas que no pueden esperar más.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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