València, 21 nov. – A día de hoy, la mujer afronta la treintena con vitalidad, múltiples retos en las diferentes áreas de su vida y plena capacidad física y mental. Desafortunadamente, la biología no acompaña cuando a la fertilidad se refiere, ya que, a partir de los 35 años, cuando la mayoría de las mujeres se encuentran en su momento vital más álgido, comienza un descenso en picado en su fertilidad.
“La sociedad ha cambiado, ha evolucionado, pero el reloj biológico de la mujer sigue rigiéndose por las mismas pautas que hace siglos, estableciendo la edad ideal para tener un bebé desde el punto de vista médico en la segunda década de la vida y hasta los 35 años, algo que choca frontalmente con el ritmo de vida al que se enfrenta la mujer actual”, explica el doctor Antonio Requena, director médico de IVI.
Esta realidad queda evidenciada por los últimos datos que se desprenden del estudio de fertilidad que IVI ha llevado a cabo a lo largo de 2018. Durante el pasado año, las clínicas que IVI tiene repartidas por la geografía española ofrecieron un análisis gratuito para que las mujeres pudieran conocer su reserva ovárica; una campaña para determinar la Hormona Antimülleriana (AMH) dirigida a mujeres de entre 25 y 38 años interesadas por saber el punto en el que se encontraba su fertilidad.
“La principal conclusión que podemos extraer de este estudio es que un 24% de mujeres entre 30-34 años presentan unos niveles que se consideran relacionados con una reserva ovárica disminuida, un dato cuanto menos alarmante”, comenta el Dr. Requena. Por su parte, de las mujeres menores de 30 años, un 12% presentó baja reserva ovárica, y de las mayores de 35 el porcentaje de baja reserva ascendió hasta el 33%.
Actualmente, el mayor número de mujeres que acude a las clínicas IVI para conocer su AMH supera los 34 años de edad (43,5% de mujeres que integraron el estudio).
“A medida que aumenta la edad de la mujer disminuye su número de ovocitos, por lo que es importante animar a las mujeres a revisar su reserva ovárica a partir de los 30 años, ya que como quien se realiza chequeos generales de salud anualmente, el estado de la fertilidad es un parámetro igualmente importante que toda mujer debe conocer y cuidar. En IVI somos conscientes de esta necesidad, por lo que esta campaña gratuita para conocer la reserva ovárica sigue en marcha a lo largo del presente año”, añade el Dr. Requena.
Prevención, la mejor respuesta a la realidad imparable del paso del tiempo
La mujer ostenta una libertad absoluta para decidir cada ámbito de su vida, pero el efecto de la edad sobre las posibilidades de ser madre ha ejercido históricamente una presión social sobre la mujer, que se ha enfrentado en muchas ocasiones a la disyuntiva de elegir cómo ordenar su vida y si renunciar o no a algo que debería ser un derecho.
“La infertilidad asociada a la edad materna avanzada representa la mayoría de casos de infertilidad femenina atendidos en nuestras consultas. Y nosotros, conscientes de esta realidad que pesa sobre la mujer, hemos querido ofrecer una alternativa enfocada hacia la libertad de elección y decisión: la preservación de la fertilidad”, apunta el Dr. Requena.
La vitrificación de óvulos, como lo fue la píldora anticonceptiva en su momento, ha supuesto una revolución femenina, permitiendo a la mujer decidir el mejor momento para ser madre, ganándole así el pulso al tiempo.
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -
El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.
Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno
Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.
Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.
El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez
Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.
En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.
El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado
El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.
La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.
Conducta “indigna” de un guardia civil
En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.
El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.
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