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Fin de la mascarilla: sitios donde será necesario usarla y en los que no

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Sanidad anuncia el final de las mascarillas en el transporte
EFE/ Ana Escobar

Tras casi tres años de uso obligatorio de las mascarillas, los españoles , por fin, pueden decir adiós al símbolo que marcó la pandemia  del covid-19. El Consejo de Ministros aprueba hoy la modificación del real decreto de abril del año pasado, quitando la obligación de usarla en los transportes públicos, como ya adelantó la ministra de Sanidad, Carolina Darias.

Dónde se dejan de usar las mascarillas

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el 2 de febrero, acordaron que se retirarían también de establecimientos sanitarios como ópticas, centros de audiometría u ortopedias, manteniéndolas en centros y servicios sociosanitarios y en las farmacias. No obstante, aunque se apruebe hoy en el Congreso, no entrará en vigor hasta que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo cual será, previsiblemente, mañana.

Transporte público

Ópticas

Centros de audiometría

Ortopedias

 

Dónde hay que seguir usando mascarilla

«Ante cualquier síntoma catarral deberíamos llevarla puesta, sobre todo en espacios compartidos con personas vulnerables o en lugares en los que se concentren muchas personas», comenta el médico de Atención Primaria Luis Miguel García, quien da «por supuesta» la obligatoriedad de usar mascarilla en centros sanitarios.

Así será, según Sanidad, a partir del 7 de febrero, pero también en establecimientos sociosanitarios, que son los siguientes:

Farmacias, tanto para clientes como para trabajadores.

Residencias de la Tercera Edad para trabajadores y visitantes en zonas compartidas.

Hospitales y centros de salud.

Centros y clínicas bucodentales.

La opción de obviar la obligatoriedad del uso de cubrebocas en las farmacias es, según palabras de Carolina Darias, un tema que se está «sopesando», atendiendo a los criterios de los expertos. Sin embargo, desde Sanidad no aclaran cuándo y si finalmente se accederá a retirar pronto la mascarilla en el ámbito sanitario. «Vamos paso a paso», confirman las mismas fuentes.

 

¿Y en los aviones?

El anuncio del levantamiento de la obligatoriedad de la mascarilla también incluye a las aerolíneas, una medida que el sector llevaba pidiendo desde hace meses para igualar la norma con el resto de países europeos. A pesar de que habrá que tener en cuenta el vuelo de destino, pues aún son muchos los países que mantienen su obligatoriedad. Entre ellos se encuentran China, Japón y gran parte de de Latinoamérica.

 

 

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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