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Paradas a demanda para mujeres y prohibido fumar en marquesinas, las novedades de EMT València

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Valencia, 19 sept. – El nuevo reglamento de la Empresa Municipal de Transportes de València (EMT) avanza hacia su aprobación definitiva, prevista para el Pleno municipal de este mes de septiembre. Previamente, tras más de un año de tramitación y aportaciones de la ciudadanía, los grupos políticos y diferentes asociaciones y entidades de la ciudad, el texto llegará el lunes que viene, día 23, a la Comisión de Urbanismo.

El concejal de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, ha recordado que el reglamento actual de la EMT se aprobó en julio de 2005 y ha explicado que era necesaria su adaptación a la realidad actual de la empresa pública dado que “se ha quedado obsoleto en varios aspectos”. Por ejemplo, el nuevo reglamento recogerá los diferentes tipos de títulos que antes no estaban incluidos, además de “mejorar los derechos tanto de conductores y conductoras como de las personas usuarias”.

Grezzi también ha destacado que después de meses de trabajo con el nuevo reglamento “por fin podemos tener el marco normativo que necesita la empresa pública y la ciudad. Queremos hacer el mejor reglamento que pueda tener la EMT y que vaya en paralelo con la empresa moderna que tiene que ser el centro de la movilidad en nuestra ciudad”.

PARADAS A DEMANDA

Entre las principales aportaciones del reglamento está la posibilidad de hacer peticiones de parada a demanda. Con este cambio se quiere dar la posibilidad de que el autobús pueda parar en un lugar diferente a las paradas habituales por cuestiones de seguridad para las personas usuarias.

El reglamento es el marco que permitirá esas paradas y EMT tendrá que desarrollar una norma que regule el articulado. La idea es que se empiece con un proyecto piloto en las líneas nocturnas que son donde hay más demanda de este servicio y se puede actuar de manera más inmediata.

“Como está ampliamente demostrado, las mujeres somos las principales usuarias del transporte público y por tanto las primeras beneficiarias de cualquier mejora que se realice en el servicio”, ha apuntado la concejala de Igualdad, Lucía Beamud, al respecto de una medida cuya importancia subraya por “demostrar la sensibilidad de la administración al valorar y atender una necesidad que percibimos especialmente las mujeres en determinadas situaciones”.

Otros temas que regula el reglamento son, por ejemplo, la prohibición de fumar en las paradas, un nuevo procedimiento sancionador o la regulación del acceso al autobús con silla de ruedas, bicicletas plegables, sillas de bebé, etc.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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