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Paradas a demanda para mujeres y prohibido fumar en marquesinas, las novedades de EMT València

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Valencia, 19 sept. – El nuevo reglamento de la Empresa Municipal de Transportes de València (EMT) avanza hacia su aprobación definitiva, prevista para el Pleno municipal de este mes de septiembre. Previamente, tras más de un año de tramitación y aportaciones de la ciudadanía, los grupos políticos y diferentes asociaciones y entidades de la ciudad, el texto llegará el lunes que viene, día 23, a la Comisión de Urbanismo.

El concejal de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, ha recordado que el reglamento actual de la EMT se aprobó en julio de 2005 y ha explicado que era necesaria su adaptación a la realidad actual de la empresa pública dado que “se ha quedado obsoleto en varios aspectos”. Por ejemplo, el nuevo reglamento recogerá los diferentes tipos de títulos que antes no estaban incluidos, además de “mejorar los derechos tanto de conductores y conductoras como de las personas usuarias”.

Grezzi también ha destacado que después de meses de trabajo con el nuevo reglamento “por fin podemos tener el marco normativo que necesita la empresa pública y la ciudad. Queremos hacer el mejor reglamento que pueda tener la EMT y que vaya en paralelo con la empresa moderna que tiene que ser el centro de la movilidad en nuestra ciudad”.

PARADAS A DEMANDA

Entre las principales aportaciones del reglamento está la posibilidad de hacer peticiones de parada a demanda. Con este cambio se quiere dar la posibilidad de que el autobús pueda parar en un lugar diferente a las paradas habituales por cuestiones de seguridad para las personas usuarias.

El reglamento es el marco que permitirá esas paradas y EMT tendrá que desarrollar una norma que regule el articulado. La idea es que se empiece con un proyecto piloto en las líneas nocturnas que son donde hay más demanda de este servicio y se puede actuar de manera más inmediata.

“Como está ampliamente demostrado, las mujeres somos las principales usuarias del transporte público y por tanto las primeras beneficiarias de cualquier mejora que se realice en el servicio”, ha apuntado la concejala de Igualdad, Lucía Beamud, al respecto de una medida cuya importancia subraya por “demostrar la sensibilidad de la administración al valorar y atender una necesidad que percibimos especialmente las mujeres en determinadas situaciones”.

Otros temas que regula el reglamento son, por ejemplo, la prohibición de fumar en las paradas, un nuevo procedimiento sancionador o la regulación del acceso al autobús con silla de ruedas, bicicletas plegables, sillas de bebé, etc.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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