Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Sanidad hace públicos los motivos por los que la Comunitat se quedó sin pasar de fase

Publicado

en

Veinte días después se han conocido los motivos por lo que el Ministerio de Sanidad impidió que la Comunitat pasara íntegramente a la fase 1 de desescalada el 11 de mayo. Este informe que Sanidad colgó a última hora de este lunes en su web,  pedía «un esfuerzo» para hacer más pruebas de diagnóstico por PCR (como mínimo al 80-100 % de casos sospechosos en 24 o 48 horas) y el seguimiento de sus «contactos estrechos».

Concretamente, solicitaba «especial atención» en las zonas de cada provincia donde se concentraban más casos: los departamentos de Castellón y La Plana en Castellón; los departamentos de València ciudad y su área metropolitana, y los departamentos de la conurbación Alicante-Elche.

El Ministerio de Sanidad también pedía hacer diagnóstico con PCR «al menos a un porcentaje importante» de los casos que permanecieran con síntomas de los más de 2.000 que la semana anterior a la entrega del informe habían quedado «en seguimiento sin realización de pruebas».

Además, otra de las «recomendaciones de mejora» era la referida a que se debía dar seguimiento al establecimiento del circuito diagnóstico en atención primaria previsto para los siguientes días y estudiar sus indicadores en las fases de implementación: proporción de sospechosos con prueba diagnóstica y tiempo de disponibilidad de los resultados.

Este informe, que está firmado por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Pilar Aparicio, permitió una desescalada «fragmentada» y que pasaran a la fase 1 los 10 departamentos de salud de la Comunitat que tenían una tasa de incidencia menor de 1’5 casos por cada 10.000 habitantes o tenían «salvedades» de movilidad y sociodemográficas.

Además, alertaba de que todavía había departamentos con tasas superiores o alrededor de 50 casos por cada 100.000 habitantes en los catorce días anteriores, y de que hasta el 30 de abril se habían hecho en la Comunitat 115.377 PCR, lo que supone una tasa de 23,08 por cada mil habitantes.

El Ministerio afirmaba asimismo que era «importante» garantizar que a todos los pacientes sospechosos que se detectan en Atención Primaria se les realiza un test diagnóstico para confirmar o descartar la COVID-19, ya que si la proporción de positivos detectados la semana anterior se mantuviera, indicaría que hay «una circulación considerable del virus en la Comunidad, con el riesgo de un nuevo aumento de casos si no se controla».

El informe indicaba que la situación epidemiológica había mejorado en los últimos días, y como muestra el índice de reproducción estaba por debajo de 1 desde el 15 de abril, pero añadía que en los catorce días anteriores se habían diagnosticado más de 1.000 casos en Alicante y Valencia, y casi 200 en Castellón.

El segundo informe del Ministerio, elaborado el 15 de mayo y que permitió el pase a la fase 1 de los otros 14 departamentos de salud, indicaba que la situación epidemiológica había mejorado, con una tendencia favorable en el control de la transmisión del virus, y que la Comunitat contaba con recursos suficientes en Atención Primaria y Salud Pública para detectar y diagnosticar nuevos casos.

Pero también apunta algunas «observaciones especiales», como que el departamento de La Plana presenta una carga hospitalaria de pacientes COVID-19 por encima del resto de hospitales, y pide reforzar la vigilancia y observar la evolución del departamento de La Ribera, ante el incremento de casos de la última semana.

Otras recomendaciones son asegurar la realización de pruebas PCR al 100 % de sus casos sospechosos en un plazo de 24-48 horas y el seguimiento de sus contactos estrechos, y poner especial atención en las zonas de cada provincia donde se concentran los casos.

En cuanto a las residencias u otros centros sociosanitarios, aconseja prestar atención a los departamentos de La Plana, Valencia-La Fe y Alicante-Sant Joan, cuyo porcentaje del total de residencias con casos supera el 15 % (el porcentaje total de la Comunitat es del 7,8 %).

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo