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València cierra los cementerios y las salas de velatorio como medida de contención del COVID-19

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propuesta del Ayuntamiento de València para enterrar a las personas

València, 24 mar.- Dentro de las múltiples medidas sanitarias, económicas y sociales que está tomando el Ayuntamiento de València para combatir la expansión del coronavirus, el concejal de Cementerios y Servicios Funerarios, Alejandro Ramón, ha firmado este martes una resolución que concreta cómo se aplica en nuestra ciudad lo dispuesto por toda la normativa relacionada con la contención del virus (el Real Decreto del gobierno central del día 14, las resoluciones de Alcaldía –del día 15- y las de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública –de los días 12 y 20- y la Orden del Ministerio de Sanidad –del día 21-). El cierre de los cementerios municipales y de las salas de velatorio y la suspensión de todos los oficios religiosos son las principales novedades.

En primera instancia, la resolución decreta la prohibición de la prestación del servicio habitual de salas de velatorio de cadáveres y de todas las celebraciones religiosas y laicas en los tanatorios-crematorios públicos de la ciudad (tanto el que gestiona Funespaña como el crematorio municipal). Esta indicación afecta ahora a todas las defunciones, no solo –como ocurría desde el pasado día 12- a las de aquellas personas que se hubieran visto contagiadas por el coronavirus. Además, se suspenden todos los servicios religiosos en la capilla del Cementerio General y en los entierros por los ritos musulmán y judío. En este sentido, el edil ha querido trasladar la solidaridad del gobierno municipal con las familias y las personas queridas de los fallecidos y ha avanzado que “una vez concluya el estado de alarma pondremos a disposición de las familias la posibilidad de hacer las ceremonias de despedida que las circunstancias impiden ahora”.

Por otro lado, se cierran al público los siete cementerios municipales de la ciudad (General, el Cabanyal, Campanar, el Grau, Benimàmet, Massarrojos y el Palmar), con la excepción de la realización de los servicios de inhumación que correspondan, siempre con la obligatoriedad de cumplir con todo lo previsto en la normativa de aplicación relacionada con el COVID-19.

Además, se estipula que el entierro, la incineración o la donación a la ciencia del cadáver se podrán realizar sin necesidad de esperar 24 horas después de la defunción si esto no va en contra de la voluntad de la persona difunta o de los herederos.

“Con esta resolución damos respuesta a lo estipulado por las diversas administraciones públicas para combatir la expansión del COVID-19 con la esperanza de que todas estas restricciones, que en algunos casos sabemos que son especialmente duras, sobre todo teniendo en cuenta que afectan en momentos de duelo, acabarán contribuyendo a acabar con la amenaza de este coronavirus”, ha explicado Alejandro Ramón.

La resolución firmada incorpora el levantamiento del cierre provisional de la sala de tanatopraxia vinculada al IML, decretado en julio de 2017, que se habilitará para las actuaciones que sean necesarias por la pandemia. Además, se reduce el horario del tanatorio, que pasa a ser de 9.00 a 21.30 horas; se ratifica la suspensión del servicio del bar-cafetería del Cementerio General y se traslada a la contratista de los servicios de beneficencia esta resolución para que se apliquen las medidas correspondientes. Complementariamente, se insta a comunicar este acuerdo a todas las empresas responsables de los tanatorios de la ciudad que son de titularidad privada.

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Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

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Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

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