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¿A quién afecta más la COVID persistente? Una encuesta de los médicos españoles lo revela

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Es otra de las consecuencias del coronavirus, que los científicos han bautizado como COVID persistente. Una encuesta a nivel nacional realizada entre julio y y octubre por la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG) y los colectivos que reúnen afectados LONG COVID ACTS ha permitido establecer los perfiles más comunes de los afectados por esta nueva dolencia.

Los resultados llaman la atención. Un 86,5% de las 2.120 personas encuestadas, pacientes que tuvieron coronavirus en la primera ola de la pandemia, padecen síntomas identificables con la COVID persistente. De ellas una gran mayoría, el 79%, son mujeres. La mitad están entre los 36 y los 43 años de edad. Por tanto, el perfil más común de los afectados por la COVID persistente sería el de una mujer, de unos 43 años y que padece síntomas de coronavirus durante más de 185 días.

En cuanto a los síntomas identificados, los más frecuentes son el cansancio crónico (95,91%), el malestar general (95,47%), los dolores de cabeza (86,53%), un bajo estado de ánimo (86,21%), los dolores musculares o mialgias (82,77%) y la falta de aire o disnea (79,28%). Los más frecuentes pero no los únicos, ya que cada enfermo tiene una media de 36 síntomas diferentes a la vez.

Además, la COVID persistente afecta a diferentes órganos de los pacientes, y la mitad de los encuestados tiene hasta 7 áreas afectadas. Las más comunes, los síntomas generales, el área neurológica, el área sicológica y el aparato locomotor.

Por tanto, se está ante una enfermedad extremadamente incapacitante por síntomas y afectación: casi un 75% de los encuestados reconoce ser incapaz de relacionarse y pensar en el ocio, el 72,53% ve imposible trabajar fuera de casa y más del 70% apenas puede atender las obligaciones familiares o de la casa.

 

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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