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Absuelven a un profesor de abuso sexual a 4 alumnas, pero deberá indemnizar a dos de ellas por menoscabo de su dignidad

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CASTELLÓN, 31 Ene. (EUROPA PRESS) –

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto a un profesor de música de los cuatro delitos continuados de abuso sexual a cuatro alumnas menores de los que era acusado, aunque el procesado deberá indemnizar a dos de ellas con 1.500 euros a cada una por menoscabar su dignidad. La sala considera que la conducta del acusado no es constitutiva de delitos de abuso sexual, sino de vejaciones.

La sentencia indica que el acusado, entre finales de 2014 y marzo de 2015, impartía clases de música en una academia y, en el curso de las mismas, que se producían dos veces por semana, en distintas ocasiones, cuatro de sus alumnas que estaban descontentas con él y, como manera de llamar su atención, procedían unas veces a apagar la luz de la clase, en otras ocasiones a quitarle y esconderle sus cosas personales y en otras, las dos cosas a la vez.

Cuando esto pasaba, el acusado, tratando de recuperar las cosas de donde las menores las habían escondido, que en ocasiones era entre la silla donde estaban sentadas y su espalda, procedía disgustado a perseguirlas, y en ese «trance» de conseguir recuperar las cosas, las tocaba, a veces apretando, siempre por encima de la ropa, en diferentes partes del cuerpo, y cesaba en su actitud cuando conseguía recuperarlas.

Solo en una ocasión, mientras buscaba lo que le habían quitado, a
dos alumnas les metió fugazmente la mano por debajo de la camiseta,
aunque por encima de su ropa interior. Las citadas menores, por consecuencia de tales hechos, no han sufrido trastorno alguno que afecte a su desarrollo psicológico o de tipo sexual, apunta.

La sala considera que los hechos declarados probados no son legalmente constitutivos de los delitos continuados de abusos sexuales de los que acusaban tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular.

CONDUCTA REPROCHABLE PENALMENTE
Así, cree que la conducta del acusado, siendo reprochable penalmente, carece de la consistencia y gravedad que vertebran el delito de abusos sexuales por el que viene acusado, debiendo estimarse, por contra, como constitutiva de cuatro vejaciones continuadas injustas del artículo 620-2º del Código Penal, texto de la L.O. 5/2010 en vigor cuando ocurrieron los hechos.

La sentencia argumenta que nunca fue el acusado quien provocaba las situaciones en que se produjeron los tocamientos, al contrario, como han confesado las menores, «eran ellas quienes siempre apagaban la luz y quienes le cogían y escondían sus cosas, viniendo aquel obligado a recuperarlas, pues ellas de ‘motu proprio’ no se las daban».

Esos tocamientos, según la sala, que se producían de forma «fugaz y salvo en una ocasión siempre fueron por encima de la ropa», se llevaban a cabo exclusivamente en dichas ocasiones y en ese contexto de recuperación de las cosas, bien cuando trataba de encontrarlas, a veces las escondían entre su espalda y la silla donde estaban
sentadas, bien a continuación y a modo de reproche por su rebelde actitud, cesando cuando las recuperaba.

Las menores, cuando eso sucedía, de acuerdo a la resolución, «no se sentían incómodas, pues siguieron haciendo las travesuras, antes bien lo consideraban como un juego, y solo cuando se lo comentaron a una amiga que las alertó sobre lo inconveniente de lo que sucedía, lo pusieron en conocimiento de sus madres». No consta tampoco que tales episodios hayan interferido, perjudicándolo de algún modo, en el desarrollo psico-sexual de las mismas, que siguen siendo tan buenas estudiantes como antes, tal y como dijeron en el juicio las madres de dos de las menores, según la sentencia.

El tribunal concluye que el tipo penal por el que se acusa sanciona comportamientos de mayor entidad que los llevados a cabo por el acusado, que siendo reprochables penalmente, tendrían su encaje en la hoy destipificada falta de vejaciones injustas, de las que sería responsable a título de autor el acusado.

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Un repunte de COVID-19 cuadriplica las hospitalizaciones

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Datos Covid España
EFE

Los datos covid en España a día de hoy:

Las hospitalizaciones por COVID-19 han experimentado un aumento significativo en las últimas dos semanas, cuadruplicándose y afectando principalmente a personas de entre 65 y 79 años. Este incremento se ha visto especialmente en comunidades como Madrid, donde los contagios en ciudadanos de 60 años o más han subido un 60 %.

Estos datos provienen del Sistema de Vigilancia de Infección Respiratoria Aguda del Instituto de Salud Carlos III, que cubre el periodo del 6 al 12 de mayo, y del Informe Epidemiológico Semanal de la Comunidad de Madrid publicado esta semana.

Incremento en Indicadores de COVID-19

El aumento en los indicadores de COVID-19 refleja una mayor incidencia de infecciones respiratorias, subiendo de 400 a 477 casos por cada cien mil habitantes en España. En Madrid, la incidencia ha aumentado un 56,4 %, alcanzando 445 casos por cada cien mil habitantes.

La tasa general de hospitalización por COVID-19 en España ha subido en dos semanas de 0,3 a 1,3 casos por cada cien mil habitantes, triplicándose. En el grupo de edad de 65 a 79 años, esta tasa se ha quintuplicado, aunque ambos valores se mantienen dentro de registros normalizados, denotando un resurgimiento de la enfermedad tras el invierno.

Además, los registros de positividad por detección de COVID-19 e incidencia en España también se han triplicado en la última semana.

Aumento Específico en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid, la incidencia de casos ha repuntado un 60 % en una semana para la población de más de 60 años, comparado con el 6 % de la semana previa. En el rango de edad de 60 a 69 años, el aumento ha sido del 90 %.

Comunidades como Andalucía y Aragón también muestran una tendencia ascendente en los casos de COVID-19, según las gráficas del Instituto de Salud Carlos III.

Subvariantes de Ómicron Ganando Terreno

Detrás de este aumento de hospitalizaciones y contagios se encuentra el avance de subvariantes de ómicron, la pérdida de protección híbrida (vacuna e infección previa) y una menor precaución con las enfermedades respiratorias tras el invierno. Expertos consultados por EFE señalan que aún es pronto para extraer conclusiones definitivas, pero confirman que los indicadores de COVID-19 están en movimiento.

Desde el inicio de la temporada de infecciones respiratorias en España, la variante del Sars-Cov-2 predominante ha sido la BA.2.86 de ómicron, con subvariantes como JN.1 ganando terreno. La Organización Mundial de la Salud ha instado a las farmacéuticas a adaptar sus vacunas a estas nuevas variantes. La española Hipra ha comunicado que tendrá su vacuna adaptada al sublinaje JN.1 para este otoño.

Informes de la Comunidad de Madrid reflejan la presencia del sublinaje de ómicron KP.2, conocido como ‘Flirt’ en Estados Unidos, en el 4 % de los muestreos, indicando su circulación en España.

Entre los síntomas reportados para estas nuevas variantes se encuentran nuevamente la pérdida de olfato y gusto, similares a variantes anteriores de COVID-19.

Gripe y VRS en Niveles Mínimos

En términos generales, la gripe se mantiene en niveles bajos con algunas fluctuaciones, mientras que el virus sincitial respiratorio (VRS), causante de la bronquiolitis, se mantiene estable en todos los grupos de edad con una tasa de hospitalización muy baja: 0,1 casos por cada cien mil habitantes.

Dado este panorama, los expertos recomiendan realizar pruebas de antígenos para la detección de COVID-19 ante la presencia de síntomas gripales.

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