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Alemania aconseja AstraZeneca solo a partir de los 60 años

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Berlín, 30 mar (EFE).- La Comisión Permanente para la Vacunación en Alemania (Stiko) ha recomendado la administración de la vacuna AstraZeneca contra el coronavirus solo para los mayores de 60 años, cuestión que actualmente abordan la canciller alemana, Angela Merkel, y los poderes regionales.

La recomendación se fundamenta en «datos existentes sobre efectos secundarios que son raros, pero graves», comunicó este departamento, adscrito al Instituto Robert Koch (RKI) de virología, competente en la materia en el país. Esos efectos pueden manifestarse entre 4 y 16 días después de haber sido administrada una dosis entre personas de menos de 60 años.

Merkel mantiene este martes una reunión con su ministro de Sanidad, Jens Spahn, y los líderes regionales para abordar la situación creada, después de que varios estados federados -entre ellos, el gobierno regional de Berlín- suspendieran la administración de esa vacuna a menores de 60 años.

Fuentes de Cancillería anunciaron una comparecencia ante los medios tras la reunión, a una hora no concretada. La propia Merkel se había pronunciado en contra de una nueva convocatoria con los «Länder» ante la televisión pública ARD, el pasado fin de semana, donde criticó abiertamente que algunos poderes regionales no aplicasen con el rigor preciso, a su juicio, las restricciones previamente consensuadas.

La convocatoria de este martes se concretó después de que las autoridades sanitarias de la ciudad-estado de Berlín, así como las de Múnich, las de Brandeburgo, el «Land» que rodea la capital, y el de Renania del Norte-Westfalia (oeste), anunciaran la suspensión de la vacuna de AstraZeneca a los menores de 60 años.

Dilek Kalayci, el responsable de Sanidad del gobierno regional de Berlín, se avanzó a sus colegas de otros «Länder» en esa decisión, que justificó por la existencia de nuevos datos sobre efectos secundarios del preparado.

Uno de los grandes hospitales de Berlín, Charité, explicó en un comunicado que, «aunque no ha habido complicaciones ahí tras las vacunaciones con Astrazeneca», quería actuar como precaución y esperar las «evaluaciones finales»

A esa decisión siguió otra similar del grupo de clínicas Vivantes, donde han sido vacunados con el suero de la farmacéutica anglo-sueca «varios miles» de sus trabajadores, según medios locales.

Según informó el diario «Tagesspiegel», en Charité están empleadas unas 19.000 personas, mientras que las clínicas Vivantes -que además gestionan residencias para la tercera edad- emplean a unas 17.000.

La fuente informó, además, de que en Charité han sido vacunados dos tercios del personal, el 70 % de ellos con la vacuna de AstraZeneca.

Según el semanario «Der Spiegel», el Instituto Paul-Ehrlich, centro de referencia para la vacunación en Alemania, ha detectado 31 casos de trombosis en personas que recibieron la vacuna de AstraZeneca, nueve de las cuales fallecieron. El instituto añadió que todos los demás casos de trombosis venosa sinusal se refieren a mujeres con edades comprendidas entre los 20 y los 63 años.

La vacunación con AstraZeneca fue suspendida temporalmente en Alemania durante unas semanas, por dudas sobre sus efectos secundarios, pero se reanudó el 19 de marzo. Según datos del RKI, han recibido esa vacuna unos 2,7 millones de personas. En total, en Alemania han sido vacunadas con dos dosis 3.877.914 personas -un 4,7 % de la población-, mientras que 9.001.925 (el 10,8 %) han recibido al menos una.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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