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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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VÍDEO| El desgarrador discurso de Liliana Sáenz de la Torre en el funeral por las víctimas en Huelva

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Funeral de Estado en Adamuz por las víctimas del accidente de tren
El desgarrador discurso de Liliana Sáenz de la Torre en el funeral por las víctimas en Huelva

“Lo que perdimos no era una cifra, eran vagones llenos de esperanza”

El funeral en memoria de las víctimas del accidente ferroviario de Adamuz dejó uno de los momentos más conmovedores con la intervención de Liliana Sáenz de la Torre, hija de Natividad de la Torre, una de las personas fallecidas en la tragedia. Con entereza y un profundo dolor contenido, tomó la palabra en nombre de las 45 víctimas mortales y sus familias, convirtiéndose en la voz de quienes han quedado marcados por la pérdida.

Un mensaje de fe y agradecimiento al pueblo andaluz

Durante su intervención, Liliana recordó que Huelva es una tierra mariana y Andalucía un pueblo creyente que busca consuelo en la fe. Agradeció la presencia de quienes acudieron “por amor, pasión y empatía” y también de quienes lo hicieron por compromiso institucional, subrayando el valor de acompañar en los momentos más difíciles.

La portavoz de las familias dedicó palabras especiales al pueblo de Adamuz, al que calificó como un lugar que nunca olvidarán y con el que se sentirán unidos para siempre. Destacó la entrega de sus vecinos en los primeros momentos tras el accidente, cuando se volcaron en ayudar a los heridos y en acompañar a los familiares en medio del caos y el dolor.

Reconocimiento a los servicios de emergencia y voluntarios

Liliana Sáenz de la Torre también quiso expresar su gratitud a los cuerpos de seguridad y emergencias, así como a los profesionales sanitarios y a Cruz Roja. Agradeció la empatía, el afecto y la dedicación mostrados en los días posteriores al siniestro, resaltando el esfuerzo humano que hubo detrás de cada actuación en un contexto tan duro.

Crítica a la lentitud informativa institucional

En su discurso, la hija de Natividad de la Torre no eludió la crítica institucional. Señaló la lentitud en la transmisión de información oficial durante las primeras horas tras el accidente y afirmó que “es mejor saber que imaginar”. Reconoció, en cambio, la labor de las pequeñas corporaciones locales y de los vecinos que alertaron a las familias de la gravedad de lo ocurrido y compartieron su dolor desde el primer momento.

Agradecimiento a Huelva y a sus representantes

Liliana tuvo palabras de reconocimiento para la alcaldesa Pilar Miranda y para toda la ciudadanía onubense. Destacó la cercanía y el apoyo mostrado por Huelva, una ciudad que, según afirmó, ha sabido arropar a las familias con el calor humano y la solidaridad de su gente.

“No eran cifras, eran vagones llenos de esperanza”

Uno de los fragmentos más impactantes del discurso fue cuando recordó que las víctimas no eran números. “Lo que perdimos ese fatídico domingo no era solo una cifra; eran vagones llenos de virtudes y defectos, de triunfos y derrotas, de anhelos y silencios… Eran vagones llenos de esperanza”, expresó.

Subrayó que las personas fallecidas eran padres, madres, hermanos, hijos o nietos, y que representaban la alegría cotidiana y el refugio emocional de sus familias. También reflexionó sobre el futuro truncado de quienes viajaban en aquel tren, sus sueños y proyectos, y la fractura social que, según dijo, se agrava cuando ocurren tragedias de esta magnitud.

El dolor compartido de las 45 familias

En la parte final de su intervención, Liliana recordó el momento en que las familias comenzaron a asumir la magnitud de la tragedia. Habló de las 45 familias a las que “se les paró el reloj” aquella tarde y del abrazo colectivo en el centro cívico, donde el silencio y el llanto marcaron el inicio de un duelo común.

Concluyó con una reflexión sobre el amor, la memoria y la búsqueda de justicia. Afirmó que las familias lucharán por conocer la verdad y evitar que vuelva a ocurrir una tragedia similar, pero desde la serenidad y la paz interior, confiando en la fe y en el recuerdo de quienes ya no están.

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