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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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El Gobierno rebajará el IVA a combustibles y electricidad

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El Ejecutivo que preside Pedro Sánchez prepara un paquete de medidas urgentes para frenar el impacto económico derivado de la guerra en Irán, con especial foco en el precio de la energía.

📊 Reducción del IVA de combustibles al 10%

Una de las decisiones más destacadas será la bajada del IVA de los combustibles del 21% al 10%, lo que supondrá un alivio directo en el precio de gasolina y diésel.

Además, el plan contempla:

  • La posible suspensión del impuesto especial sobre hidrocarburos

  • Una rebaja estimada de entre 0,30 y 0,40 euros por litro

⚡ Cambios en los impuestos de la electricidad

El paquete anticrisis también incluye medidas sobre la factura eléctrica:

  • Eliminación del impuesto especial eléctrico (actualmente en el 5%)

  • Reducción de la carga fiscal sobre la producción eléctrica

  • Refuerzo del bono social eléctrico para hogares vulnerables

🚛 Ayudas específicas para transportistas y agricultores

El plan incorpora medidas dirigidas a sectores especialmente afectados por el alza de precios:

  • Descuento de 20 céntimos por litro de diésel para transportistas con gasóleo profesional

  • Ayudas de 20 céntimos por litro para uso agrario

  • Compensaciones adicionales para transportistas que no reciben devolución del gasóleo

🔎 Control de precios y vigilancia del mercado

El Gobierno también prevé que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) supervise a los distribuidores de carburantes para evitar prácticas abusivas y garantizar transparencia en los precios.

🏠 Otras medidas incluidas en el plan

El paquete económico no se limita a energía. También contempla:

  • Deducciones en el IRPF por mejoras de eficiencia energética en viviendas

  • Limitaciones al despido para empresas que reciban ayudas públicas

  • Garantías para asegurar el suministro energético

📅 Aprobación en Consejo de Ministros extraordinario

Todas estas medidas se aprobarán en un Consejo de Ministros extraordinario, donde el Ejecutivo detallará el alcance completo del plan, que busca ser “proporcional, focalizado y temporal” para mitigar los efectos económicos de la crisis internacional.

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