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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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Comunicado del Ayuntamiento de Villamanín tras el conflicto por el Gordo de la Lotería de Navidad

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Villamanín lotería
Villamanín-ARCHIVO

Villamanín vive días de máxima tensión vecinal tras el sorteo del Gordo de la Lotería de Navidad del pasado 22 de diciembre. Lo que inicialmente fue una explosión de alegría y celebración se ha transformado en un profundo conflicto interno que ha llevado al Ayuntamiento de Villamanín a emitir un comunicado oficial para intentar frenar la fractura social que atraviesa el municipio.

El origen del problema está en la venta de más papeletas que décimos adquiridos, una situación que ha provocado enfrentamientos entre vecinos, acusaciones cruzadas y una división sin precedentes en esta pequeña localidad leonesa.

Un premio que acabó dividiendo al pueblo

El número 79432, agraciado con el primer premio de la Lotería de Navidad, lejos de unir a Villamanín, ha generado una auténtica “guerra” interna. Vecinos del municipio aseguran que el pueblo “ha quedado roto”, no tanto por la pérdida económica —cuantificada en unos cuatro millones de euros— sino por la dureza del enfrentamiento social que se ha producido a raíz de lo ocurrido.

El pasado 26 de diciembre se celebró una reunión especialmente tensa entre los portadores de papeletas premiadas y la comisión de fiestas, integrada por una decena de jóvenes y tres adultos, responsables de la gestión de las participaciones. El encuentro acabó con el municipio completamente dividido y con un fuerte desgaste personal para algunos de los implicados, especialmente jóvenes de entre 18 y 25 años.

Propuestas para resolver el conflicto

Durante esa reunión se pusieron sobre la mesa distintas alternativas para intentar minimizar el daño económico. La primera propuesta planteaba que uno de los décimos comprados a nombre de la comisión se destinara a cubrir parte del desfase, asumiendo el resto de la pérdida entre todos los vecinos, lo que suponía una reducción aproximada del 6 % del premio, unos 5.000 euros por persona.

Finalmente, la presión vecinal llevó a la comisión a entregar sus propios décimos y participaciones, e incluso se llegó a reclamar aportaciones de familiares. De esta forma se lograron dos millones de euros, que han sido depositados en los juzgados.

Según el acuerdo alcanzado, los agraciados cobrarán inicialmente un 10 % menos del premio, y si antes del 22 de marzo no se presentan denuncias contra la comisión de fiestas, el resto del dinero será repartido entre los afectados. Paralelamente, se ha iniciado una recaudación de fondos para intentar cubrir el agujero económico generado.

El comunicado del Ayuntamiento de Villamanín

Ante la gravedad de la situación y la repercusión mediática del conflicto, el Ayuntamiento ha difundido un comunicado con un mensaje claro: reconducir la convivencia y frenar la escalada de enfrentamientos.

En el texto, el consistorio expresa su “pesar por la situación que se está viviendo en el municipio” y por el daño que estos hechos están causando a la imagen pública de Villamanín, subrayando que no refleja “los valores de convivencia que siempre han caracterizado al pueblo”.

El Ayuntamiento recuerda además que las participaciones fueron gestionadas por la comisión de fiestas, un grupo de vecinos que actúa de manera voluntaria y sin vinculación directa con la institución municipal. Aun así, el consistorio se ofrece a facilitar el diálogo, mediar entre las partes y poner a disposición espacios municipales si ello contribuye a alcanzar una solución pacífica.

Llamamiento a la convivencia y al respeto

El comunicado finaliza con un mensaje de agradecimiento a los vecinos que están manteniendo una actitud de respeto en un momento especialmente delicado y con la esperanza de que Villamanín pueda superar esta crisis y recuperar la normalidad social.

Mientras tanto, el llamado ya como “el antigordo” sigue dejando huella en un pueblo que pasó en cuestión de días de celebrar la suerte a enfrentarse a uno de los episodios más duros de su historia reciente, demostrando que, en ocasiones, la lotería también puede traer consecuencias amargas.

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