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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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Señales para identificar si tu hijo sufre bullying

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Claves para identificar si tu hijo sufre bullying

Es uno de los temas más desagradables por eso es fundamental tener las claves para identificar si tu hijo sufre bullying. La Asociación Española para la Prevención del Acoso Escolar (AEPAE) señala que «hay que diferenciar entre conflictos relacionales puntuales y el acoso escolar o bullying».

Un indicador objetivo de que el conflicto entre iguales puede denominarse acoso escolar, es que la vida normal del niño o adolescente se vea perjudicada y alterada por este maltrato reiterado.

Cuando la víctima tiene la expectativa de que el maltrato va a producirse de nuevo, podemos llegar a la conclusión de que este maltrato SÍ es acoso escolar.

AEPAE recoge que según el Informe Cisneros X, solamente el 10% del acoso escolar es físico, produciendo lesiones visibles. El 90% del acoso escolar es psicológico: hostigamiento verbal, intimidaciones, amenazas, coacciones, exclusión social, bloqueo y estigmatización.

Señales para identificar si tu hijo sufre bullying

Si los daños físicos son heridas y hematomas de diversa gravedad, los daños psicológicos pueden ser:

  • estrés postraumático
  • depresión
  • somatización
  • ansiedad
  • ideación suicida
  • cambios en la personalidad
  • disminución de la autoestima y del rendimiento escolar.

Los elementos que intervienen en el acoso escolar son el acosador, la víctima y los observadores. El acosador pretende obtener un rédito, un beneficio de este comportamiento como popularidad, poder, etc…, y no cesa en su cometido si no tiene ninguna sanción.

La víctima sufre a menudo en silencio esta situación. Los observadores pasivos, legitiman el acoso. Algunos pueden participar en el mismo como colaboradores y otros sencillamente observan el proceso sin intervenir.

AEPAE recalca que cualquier niño o adolescente puede ser víctima de acoso escolar. No existe un perfil determinado ni de víctima ni de acosador. El proceso de acoso suele desencadenarse cuando se pone a un niño en el foco de atención del resto del grupo y otro compañero le maltrata física o psicológicamente.

El acoso escolar sigue un proceso sumatorio y crece como una bola de nieve cayendo por la ladera de la montaña: se hace cada vez más grande si no encuentra nada que la detenga. Suele ser muy común que el acoso inicial sea verbal, para desembocar en el acoso físico.

El ciberacoso puede desempeñar el papel de caja de resonancia del acoso que se produce en persona o también ser el punto de partida, mediante la distribución de una grabación ofensiva hacia la víctima. En cualquier caso el ciberacoso amplifica el acoso escolar de manera exponencial. La víctima ya no solo es acosada en el horario escolar, sino las 24 horas del día.

El acoso escolar no es un juego entre escolares, recalcan desde AEPAE. Es algo muy serio que puede marcar a un niño para toda la vida, e incluso inducirle al suicidio.

Ciberacoso: Todo sobre esta nueva modalidad de acoso escolar

El fenómeno del acoso escolar ha traspasado las relaciones sociales cara a cara para trasladarse a Internet y a las redes sociales, bien como herramienta de refuerzo del acoso ocurrido en las aulas o como acoso realizado de forma anónima. El correo personal, Tuenti, Facebook e incluso el teléfono móvil, se han convertido en herramientas de uso cotidiano utilizadas a menudo para insultar, ridiculizar y amenazar a los compañeros. El uso de las tecnologías de la información: smartphones, ordenadores, tablets y otros dispositivos que van apareciendo en nuestro entorno cotidiano, se utilizan cada vez desde edades más tempranas. Hay niños de 8 años que ya tienen su propio teléfono móvil.

Consejos de expertos en seguridad de la información:

  1. No contestes a mensajes que traten de acosarte o hacerte sentir mal: animas al acosador. Bloquea a cualquier remitente que te acose. De esa manera no le será posible volver a hacerlo.
  2. Guarda el mensaje como prueba del acoso: nadie es anónimo en la red ya que toda acción deja huella. Existe ya numerosa jurisprudencia sobre ello.
  3. Cuéntaselo a tus padres o familiares y al centro escolar para que se tomen las medidas pertinentes y denúncialo a la Policía o a la Guardia Civil, si lo crees necesario ya que puede ser constitutivo de delito.
  4. Se cuidadoso con la gestión de la información privada –tanto la tuya propia como la de terceros-. Y no la envíes nunca a desconocidos.
  5. Sé prudente con la utilización de la cámara web (o webcam). Nunca debe estar encendida si no es ante los amigos de confianza. Jamás ante los desconocidos.
  6. No le des tu dirección de correo ni tu teléfono a desconocidos, aunque te la pidan en persona.
  7. En las redes sociales restringe el acceso a tu información personal a tus amigos de confianza –datos personales, fotografías y vídeos deben estar protegidos de terceras personas-. Ten tus claves de acceso a cualquier dispositivo que utilices: teléfonos móviles, correo, perfiles de redes sociales, etc, a buen recaudo, y cámbialas inmediatamente si sospechas que alguien las puede estar utilizando.
  8. Jamás participes en foros y chats sin tomar las precauciones adecuadas. Nunca proporciones información personal por estas vías: ni la dirección de tu domicilio, ni tu teléfono, ni tu dirección de correo ni tus datos personales.
  9. Por último, recuerda que Internet es un canal abierto a todo el mundo y que tú no tienes control sobre ello. Sin embargo, tú si tienes el control sobre tus relaciones personales y sobre quienes quieres que formen parte de ellas.

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