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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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Telefónica eleva a 5.459 empleados afectados en el ERE

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Telefónica filtración datos

Telefónica ha actualizado la cifra de empleados afectados por su expediente de regulación de empleo (ERE), que alcanza ya los 5.459 trabajadores en España, a la espera de concluir las reuniones con dos filiales más. La compañía inicia así la segunda ronda de negociaciones tras plantear ajustes en varias de sus sociedades.

Ajustes en Telefónica Global Solutions

La filial Telefónica Global Solutions, creada en 2020 para potenciar el negocio internacional y canalizar operaciones mayoristas, de roaming y multinacionales, será la primera en afrontar un recorte significativo: 140 salidas, lo que representa aproximadamente el 22% de su plantilla, compuesta por más de 600 empleados.

Con esta medida, el total provisional del ERE Telefónica 2025 incluye ya ajustes en Telefónica España, Telefónica Móviles, Telefónica Soluciones y Movistar+, mientras que las filiales Telefónica Innovación Digital y la matriz Telefónica SA serán evaluadas en las próximas reuniones.

Segunda ronda de negociaciones

La jornada del martes contempla dos nuevas reuniones entre la dirección y los sindicatos, programadas a las 11:00 y 16:00 horas, para analizar los planes de reducción de plantilla en las sociedades restantes. Según la dinámica de negociaciones anteriores, tras presentar la propuesta inicial, se establecerá un calendario de consultas con un plazo aproximado de un mes para acordar los ajustes finales.

En el caso de las tres sociedades adheridas al Convenio de Empresas Vinculadas (CEV) —Telefónica España, Móviles y Soluciones—, la siguiente toma de contacto está prevista para el miércoles, cuando los sindicatos puedan presentar sus contrapropuestas tras estudiar el dossier elaborado por el gabinete Oliver Wyman.

Reacciones sindicales

Los trabajadores están representados por UGT, CCOO y Sumados-Fetico, quienes ya han manifestado sus posturas respecto al ERE. Entre las principales demandas, destacan la prórroga del convenio hasta 2030 para mantener mejoras laborales previas, así como la valoración positiva de las condiciones económicas incluidas en la propuesta inicial.

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