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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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Trump carga contra España y la tacha de “perdedora” tras el rechazo al uso de bases militares

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Pedro Sánchez comparecencia
Pedro Sánchez-PSOE

El expresidente de Estados Unidos intensifica sus críticas al Gobierno de Pedro Sánchez por la negativa a permitir el uso de las bases de Rota y Morón en operaciones militares.


Trump redobla sus críticas a España y la califica de “perdedora”

El expresidente de Estados Unidos Donald Trump ha vuelto a lanzar duras críticas contra España, a la que ha llegado a calificar como un país “perdedor” en medio de la creciente tensión diplomática entre Washington y el Gobierno español.

Las declaraciones se producen apenas dos días después de que Trump calificara de “terrible” al Ejecutivo de Pedro Sánchez durante una intervención en el Despacho Oval, tras la negativa de España a permitir el uso de las bases militares de Rota y Morón en una operación contra Irán.

En una conversación telefónica con el tabloide estadounidense New York Post, el dirigente republicano endureció aún más su discurso hacia España.

No son un jugador de equipo, y nosotros tampoco vamos a ser un jugador de equipo con España”, aseguró Trump, utilizando además el término despectivo “perdedor” para referirse al país.

Críticas de Trump a la aportación de España a la OTAN

Durante la conversación con el medio estadounidense, Trump también volvió a cuestionar la contribución de España a la OTAN, una crítica que ha repetido en varias ocasiones en los últimos años.

Según afirmó, España habría sido el único país que votó en contra de elevar el gasto militar al 5% del PIB, una decisión que, según el republicano, demuestra una actitud “hostil” hacia los aliados.

Este mismo reproche ya lo había planteado el pasado martes en el Despacho Oval, durante una reunión en la que estaba presente el canciller alemán Friedrich Merz.

La actitud del dirigente alemán durante ese encuentro ha sido objeto de críticas en algunos sectores políticos europeos, ya que no intervino para defender la posición española. Posteriormente, Merz trató de aclarar su postura con declaraciones públicas.

España niega cambios en su postura militar

Las nuevas declaraciones de Trump llegan en un contexto de creciente tensión diplomática.

El miércoles, la portavoz de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, afirmó en rueda de prensa que España había aceptado “cooperar militarmente” con Estados Unidos tras las críticas del expresidente.

Sin embargo, el Gobierno español negó que se haya producido ningún cambio en su posición, insistiendo en que la decisión sobre el uso de las bases militares sigue siendo la misma.

Amenazas comerciales de Trump contra España

El martes, durante su comparecencia en la Casa Blanca, Trump fue aún más lejos y llegó a advertir que podría “cortar todo el comercio” con España.

Entre las posibles medidas mencionadas por el expresidente estadounidense figuraban sanciones económicas o incluso un embargo comercial, aunque no ofreció detalles concretos sobre cómo se aplicarían esas medidas.

Estas declaraciones han generado preocupación en el ámbito diplomático europeo.

La Unión Europea respalda a España

Ante las amenazas de Trump, la Unión Europea ha mostrado su apoyo al Gobierno español.

El comisario europeo de Industria, Stéphane Séjourné, aseguró que cualquier ataque contra un Estado miembro afecta al conjunto del bloque comunitario.

Una amenaza contra un país de la Unión Europea es una amenaza contra toda la Unión”, afirmó durante un encuentro con periodistas.

Trump también arremete contra el primer ministro británico

Las críticas del expresidente estadounidense no se han limitado a España. Según el diario británico The Telegraph, Trump también habría arremetido contra el primer ministro del Reino Unido, Keir Starmer, a quien habría calificado igualmente de “perdedor” en conversaciones privadas.

Durante la entrevista con el New York Post, el republicano ironizó sobre el liderazgo del dirigente británico.

No es Winston Churchill, digámoslo así”, afirmó Trump.

El malestar con el Gobierno británico estaría relacionado con la decisión de Londres de no permitir el uso de bases militares británicas en operaciones ofensivas contra Irán, así como con la gestión del territorio de las islas Chagos, donde se encuentra la base aérea de Diego García, considerada estratégica por Estados Unidos.

Trump calificó la actitud del Ejecutivo británico como “muy decepcionante”, insistiendo en que aliados como el Reino Unido deberían facilitar el uso de instalaciones militares estadounidenses sin objeciones.

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