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Ana Julia Quezada se convierte en la primera mujer condenada a pena de prisión permanente revisable

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 30 sept. – La Audiencia de Almería ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a un menor en la localidad almeriense de Níjar, según declaró probado un jurado popular. En la sentencia, notificada este lunes a las partes, se la considera autora de un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco.

También ha sido condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre. Y por dos delitos contra la integridad moral a un año y seis meses en la persona del padre, al concurrir la agravante de parentesco, y un año en la persona de la madre.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia la obliga a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.

La sentencia recoge los hechos probados por unanimidad por el jurado popular. Así, recuerda la relación sentimental de la acusada con el padre del menor y como ésta había generado confianza en el menor, ya que estaba “íntimamente vinculada a su entorno familiar desde que inició la relación con su padre”. Por este motivo, el menor accedió a acudir con la acusada a la finca de Rodalquilar. La sentencia recoge que la acusada era consciente de su superioridad con respecto al niño por la diferencia de edad y complexión. Allí en esa finca, la acusada dio muerte al menor de manera “intencionada, súbita y repentina”. El menor falleció “como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación”.

La resolución recuerda en los hechos probados que durante los 11 días que duró la búsqueda del menor, la acusada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”.

Además, la acusada realizó todos esos actos tras la muerte del menor “queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de los padres, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”.

Así, la resolución explica que “actos como el colocar la camiseta del menor sobre unas matas en un cañaveral, reconocido por la acusada o el de desenterrar el cuerpo del pequeño y envolverlo en una toalla, para esconderlo a su vez en el maletero de su vehículo, y con absoluto menosprecio hacia el menor, cuyo cuerpo sin vida transportaba”, constituyen un daño aún mayor para los padres del menor.

La sentencia indica que los hechos declarados probados por el jurado popular por unanimidad son legalmente constitutivos de un delito de asesinato con alevosía consumado, dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos contra la integridad moral.

Así, respecto al delito de asesinato, el jurado consideró que se trató de una muerte alevosa, delito que es castigado con una pena de prisión de 15 a 25 años, si bien al concurrir que la víctima es menor de 16 años, se le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido, la sentencia explica la procedencia de esta pena “pues la alevosía apreciada por los miembros del Jurado se basa en la forma de comisión delictiva, sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte del menor”. Así, en este caso, “hay alevosía con independencia de la edad del menor. Y es procedente la hipercualificación prevista en el artículo 140.1.1 del Código Penal en atención, ahora sí, a la edad del pequeño (8 años)”.

Junto a ello, por este delito, se impone a la acusada la “privación del derecho a residir y acudir al término municipal de Níjar (lugar en el que se ha cometido el delito), así como al lugar donde residen los padres del menor y su familia, por tiempo de 30 años”. En el mismo sentido se impone a la acusada la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y prohibición de comunicar con los padres del menor también por un periodo de 30 años.

Además, la sentencia le impone una medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en atención a la “entidad y gravedad de los hechos, reveladores de la ausencia en la acusada, de los más elementales valores y escrúpulos”, una vez cumplida la condena privativa de libertad.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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Becas y ayudas al estudio del Gobierno para el curso 2026-2027: todo lo que necesitas saber

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nuevas becas educacion
La partida de becas supondra un 40% del presupuesto de educación. Imagen: Pexels

El Gobierno de España ha publicado la convocatoria de becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, destinadas a estudiantes universitarios y no universitarios. Estas becas buscan garantizar la igualdad de oportunidades, apoyar la excelencia académica y facilitar la movilidad de los alumnos que necesitan desplazarse para estudiar.

A continuación, te explicamos qué tipos de becas existen, los requisitos, las cuantías, los umbrales de renta y las novedades para este curso.


Tipos de becas para el curso 2026-2027

1. Beca general para estudios universitarios o asimilables

Incluye:

  • Grado y Máster universitario, incluyendo créditos complementarios para acceder u obtener el título. No incluye doctorado ni títulos propios de universidades.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años, impartido por universidades públicas.

2. Beca general para estudios no universitarios

Destinada a:

  • Bachillerato.
  • Formación Profesional de grado medio y superior.
  • Enseñanzas artísticas profesionales y deportivas.
  • Estudios religiosos superiores.
  • Enseñanzas de idiomas en escuelas oficiales, incluida modalidad a distancia.
  • Cursos de acceso y preparación para pruebas de FP, en centros públicos y privados concertados.
  • Ciclos formativos de Grado Básico.

3. Ayudas de apoyo educativo

Dirigidas a estudiantes con necesidades específicas, como:

  • Discapacidad ≥25% o trastorno grave de conducta.
  • Trastorno grave de la comunicación y del lenguaje.
  • Trastorno del espectro autista (TEA).
  • Altas capacidades.

Estas ayudas no siempre son compatibles con estudios universitarios.


Cuantías de las becas

Las becas combinan cuantías fijas y variables según requisitos académicos, económicos y personales:

  • Cuantía fija por renta del estudiante: 1.700 €
  • Cuantía fija por residencia: 2.700 €, si se requiere cambio de residencia para estudiar
  • Cuantía fija por excelencia académica: entre 50 y 125 €, según nota media
  • Cuantía variable: mínimo 60 €, distribuida según renta y rendimiento académico
  • Beca de matrícula: cubre el precio público oficial de los créditos universitarios
  • Beca básica: 300 € para estudios no universitarios (350 € para Grado Básico)

Umbrales de renta familiar

Los umbrales de renta determinan a qué becas y cuantías tiene derecho cada estudiante, considerando el número de miembros de la familia:

  • Umbral 1: hasta 36.255 € para familias de 8 miembros (8.843 € para un solo miembro). Permite acceso a todas las cuantías fijas y variables.
  • Umbral 2: hasta 52.850 € para familias de 8 miembros (13.898 € un miembro). Permite beca de residencia, beca básica, excelencia académica, cuantía variable y matrícula.
  • Umbral 3: hasta 56.348 € para familias de 8 miembros (14.818 € un miembro). Permite excelencia académica y beca de matrícula.

Hay excepciones según tipo de estudio y modalidad (presencial, parcial, idiomas, ciclos básicos o complementos de formación).


Presupuesto y cobertura

El presupuesto para becas y ayudas al estudio 2026-2027 asciende a 2.559 millones de euros, beneficiando a aproximadamente un millón de estudiantes. Esta partida ha crecido más de 1.000 millones desde 2018.


Novedades para el curso 2026-2027

  • Actualización de umbrales de patrimonio en un promedio del 10% (no se modifican los de renta).
  • Becarios universitarios y artísticos con matrículas parciales (48-59 créditos) recibirán parte de la beca de renta y residencia (350 € cada una).
  • Estudiantes con discapacidad del 25-64% tendrán requisitos académicos adaptados: matrícula completa a efectos de beca con 45 créditos.
  • Alumnos de Ceuta y Melilla que estudien en la Península recibirán ayuda por desplazamiento duplicada, de 444 € a 888 €.

Plazos para solicitar las becas

  • Inicio de solicitud: 7 de abril de 2026, a las 8:00 (hora peninsular)
  • Cierre de solicitud: 18 de mayo de 2026, a las 15:00 (hora peninsular)

Las solicitudes se realizan online a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Importante: los residentes en Cataluña deben solicitar las becas a través de la Generalitat, debido a la transferencia de competencias.


Cómo consultar el estado de la beca

  • Acceder a “Mis expedientes” en la sede electrónica del Ministerio con NIF/NIE.
  • Consultar la situación en la web del Ministerio y en universidades o administraciones educativas correspondientes.

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