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Anticorrupción pide imputar a Camps por los contratos de la Generalitat con las empresas de Gürtel

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MADRID, 4 Dic. (EUROPA PRESS)- La Fiscalía Anticorrupción ha presentado este martes un escrito ante el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata en el que solicita la imputación del expresidente valenciano Francisco Camps por presuntos delitos de prevaricación y fraude en los contratos de la Generalitat con empresas de la trama Gürtel, concretamente con Orange Market.

Según han informado a Europa Press fuentes jurídicas, además de Camps el Ministerio Público ha pedido la citación en calidad de investigadas de casi una decena de personas que habrían tenido diferentes responsabilidades en la adjudicación de los mencionados contratos.

Así, aparte del expresidente se reclama al juez la imputación por estos contratos del líder de Gürtel, Francisco Correa; el ‘número dos’ de la trama, Pablo Crespo; el responsable de las empresas en la Comunidad Valenciana, Álvaro Pérez, ‘el Bigotes’; la ex directora general de Promoción Institucional de la Generalitat Dora Ibars, así como funcionarios del Gobierno autonómico, entre otros.

La Fiscalía también pide al magistrado que cite en calidad de testigo al ex secretario general del PP valenciano Ricardo Costa por las revelaciones que hizo en el juicio que se celebró a principios de año en la Audiencia Nacional y por el que fue condenado por la financiación irregular de este partido.

El escrito presentado hoy por Anticorrupción es la primera diligencia que se solicita en el marco de la pieza 5 del ‘caso Gürtel’ desde que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenara reabrir la pieza para investigar esas revelaciones de Costa, en las que apuntó directamente al expresidente Camps.

BUSCAR A LAS «PRIMERAS AUTORIDADES»
Según el auto de la Sala en el que se exponían las razones para reabrir esta pieza, el objetivo es investigar las eventuales indicaciones que podría haber recibido Dora Ibars para la adjudicación de determinados contratos al Grupo Correa. Y es que tales indicaciones podrían haber procedido de «primeras autoridades» de la Generalitat, tal y como se afirmó en el juicio por la financiación irregular del PP valenciano.

En dicho juicio, Ricardo Costa reveló de forma inesperada que fue Camps quien decidió contratar a la empresa de Correa Orange Market para organizar los actos de campaña de las elecciones autonómicas y municipales de 2007 y las generales de 2008. El líder de Gürtel dijo en ese mismo juicio que los contratos fueron ordenados por altos cargos del PP valenciano, mientras que Álvaro Pérez también mencionó el nombre de Camps.

Dora Ibars, por su parte, declaró en calidad de testigo y aseguró que nunca se reunió «con ninguna persona de Orange Market para tratar asuntos relacionados con campañas electorales ni con nadie del PP ni del Gobierno valenciano para hablar de presupuestos».

Además de estas declaraciones durante el juicio, Anticorrupción solicitó a la Sala ampliar la investigación para indagar sobre los contratos teniendo en cuenta también la versión mantenida en sede judicial por el propio Correa, Crespo y ‘el Bigotes’ además de algunas declaraciones de testigos tanto en la fase de instrucción como durante la vista oral; las conversaciones telefónicas intervenidas judicialmente entre el 6 de agosto de 2008 y el 6 de febrero de 2009 y diversos correos electrónicos intervenidos en la sede de Orange Market en febrero de 2009.

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Facebook cierra un grupo de 32.000 usuarios en Italia por difundir fotos íntimas sin consentimiento

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Meta ha cerrado un grupo de Facebook con más de 32.000 usuarios en el que se compartían imágenes íntimas de mujeres, muchas de ellas tomadas sin su consentimiento.

El grupo, llamado “Mia Moglie” (“Mi esposa”, en italiano), llevaba más de siete años activo, publicando fotos y comentarios de carácter sexista y misógino.

Facebook elimina un grupo que compartía imágenes íntimas sin consentimiento

Según ha explicado un portavoz de Meta a EFE, el grupo fue eliminado por infringir la normativa de la plataforma contra la explotación sexual de adultos:

“No permitimos contenidos que promocionen la violencia, los abusos o la explotación sexual. Si detectamos publicaciones que inciten a la violación o difundan material íntimo sin consentimiento, deshabilitamos grupos y cuentas y compartimos la información con las fuerzas de seguridad”.

El grupo, con 31.885 miembros, compartía fotos de mujeres en momentos privados, en ocasiones tomadas por sus propias parejas para difundirlas en el foro y comentarlas con otros usuarios. Parte del material estaba además generado con Inteligencia Artificial, lo que agrava la situación al simular escenas íntimas sin consentimiento.

Denuncias que provocaron el cierre del grupo

El caso salió a la luz gracias a la denuncia de la organización No Justice No Peace y de la escritora Carolina Capria, quien expuso el caso en su cuenta de Instagram.

Capria explicó:

“Me han informado de un grupo de Facebook con 32.000 usuarios en el que algunos hombres intercambian fotos íntimas de sus propias esposas para comentarlas y fantasear sexualmente. Mujeres que muchas veces ni siquiera saben que son fotografiadas, siendo sometidas a una especie de violación virtual”.

En apenas 48 horas, las denuncias se viralizaron en Italia, con críticas masivas desde la ciudadanía, asociaciones y figuras políticas, que presionaron a Meta hasta conseguir el cierre del grupo.

Reacciones políticas en Italia

El caso ha tenido eco en la política italiana. El Partido Demócrata (PD) denunció públicamente este tipo de violencia digital.

Roberta Mori, portavoz nacional de la Conferencia de Mujeres Democráticas, declaró:

“Alentar, tolerar o minimizar estas formas de violencia digital significa ser cómplice de una cultura de la violación que lleva siglos afectando a mujeres y niñas. La responsabilidad es individual, pero también colectiva cuando se difunden imágenes sin consentimiento”.

El marco legal: “Revenge porn” en Italia

En Italia, la difusión no consentida de imágenes sexuales explícitas se castiga bajo el delito de “revenge porn” recogido en el artículo 612-ter del Código Penal.

La norma establece que cualquier persona que publique, difunda o comparta imágenes privadas sin consentimiento puede enfrentarse a penas de prisión de 1 a 6 años y multas de entre 5.000 y 15.000 euros, salvo que el hecho constituya un delito más grave.

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