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Sanidad publica el protocolo para la apertura de las piscinas: estas serán las normas

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Piscinas municipales gratuitas durante la ola de calor

El Ministerio de Sanidad acaba de publicar un protocolo cuyo objetivo es establecer las medidas básicas de seguridad para velar por la salud de los ciudadanos en las piscinas. Dicho documento, consensuado con las comunidades autónomas y el sector que gestiona este tipo de establecimientos, entrará en vigor única y exclusivamente cuando el Plan de transición hacia una nueva normalidad establezca que es posible la apertura.

Un aspecto importante a tener en cuenta es la ventilación de los espacios cerrados, como vestuarios y baños, botiquín y salas técnicas. El hacinamiento y la ausencia de ventilación son factores que favorecen la transmisión del virus. Se recomienda así abrir puertas y ventanas exteriores para aumentar la circulación de aire en el área. Y, en el caso de que la ventilación se proporcione a través de medios mecánicos, estos deben conservarse en buen estado de mantenimiento, limpieza y grado de desinfección adecuado.

Además, es esencial que se realice una exhaustiva limpieza antes de proceder a la desinfección de todo el mobiliario (vaso, corcheras, escaleras de acero inoxidable, duchas, paredes, taquillas, etc.), y prestar especial atención a las superficies de contacto más frecuente como grifos, barandillas o pomos de puerta. El protocolo llama la atención sobre el hecho de que la desinfección carece de eficacia si la superficie no ha sido previamente desprovista de suciedad que puede servir de refugio a los microorganismos.

Asimismo, se insta que de forma complementaria a este documento se disponga de un protocolo específico que responda a las características específicas de cada instalación. De manera general no hay que olvidar aspectos como por ejemplo que se deberán utilizar paños y materiales de un solo uso o proceder a su limpieza y desinfección adecuada. Respecto a los desinfectantes se podrán usar diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

El agua de los vasos debe contar con un proceso de depuración física y química, la renovación mediante adición de agua de aporte y la realización de controles operativos o rutinarios. Para eliminar el virus hay que mantener correctamente el tratamiento y niveles de desinfección residual en el agua.

Los establecimientos de hostelería que se encuentren ubicados en la piscina, deberán seguir los protocolos correspondientes a este sector. Y, las instalaciones deportivas y parques de juegos no podrán usarse hasta que así se establezca en la oportuna fase de desescalada.

Aforo y control de accesos

Se propone como medida restrictiva de aforo al menos doblar la superficie por persona en los espacios al aire libre y triplicarla en los espacios cubiertos. Estas medidas son indicativas y dependiendo de la configuración de la piscina y de la zona pública podrán establecerse medidas más restrictivas para asegurarse el distanciamiento social.

Será el socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación, el responsable de supervisar el número de bañistas en cada uno de los vasos y restringir los accesos a los mismos y de acuerdo con la legislación vigente en cada comunidad autónoma.

Para la entrada a la piscina se propone dibujar o colocar bandas en el suelo de recepción que marquen la distancia mínima entre personas de 2 metros para acceder el mostrador y a la entrada.

En el caso de que la barrera de acceso sean tornos es preferible tenerlos bajados o tocarlos con la ropa. Y, si la instalación lo permite, se recomienda utilizar una puerta de entrada y otra de salida para intentar evitar al máximo los cruces.

Otras medidas de seguridad

El protocolo señala que los establecimientos deberán contar con sistemas para la desinfección de manos a la entrada e incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado a la entrada así como recomendar el uso de calzado exclusivo dentro de la instalación.

Además, se pondrá a disposición de los usuarios una bolsa de plástico para material desechable que se deberá depositar convenientemente cerrada en un cubo de basura (con tapa y pedal) a la salida y se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o a través de aplicaciones móviles.

También se hace hincapié en la importancia de la difusión de mensajes de prevención mediante carteles y/o megafonía. Los carteles recordarán buenas prácticas de higiene pública como ducharse antes de entrar a la piscina o lavar los trajes y las toallas de baño, para eliminar todas las bacterias o virus.

Medidas en las zonas comunes

Las piscinas deben contar con una distribución espacial de al menos 2 metros entre los usuarios que estará señalizada en el suelo. Todos los objetos personales como toalla, botes de crema, calzado de uso exclusivo, mochilas, etc. deben permanecer dentro del perímetro de seguridad establecido y evitar el contacto con el resto de usuarios.

Se deberá realizar limpieza y desinfección de las zonas de estancia y de tránsito de los bañistas, al menos dos veces al día, haciendo especial hincapié en las zonas más frecuentadas como vestuarios, aseos, taquillas, duchas y lavabos.

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El Gobierno confina aves de corral en 138 municipios valencianos desde este lunes para no propagar la gripe aviar

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El Ministerio de Agricultura refuerza los controles y las restricciones en zonas de especial riesgo para evitar la expansión del virus de la influenza aviar en aves de corral y silvestres.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha anunciado la adopción de medidas preventivas adicionales frente al aumento del riesgo de gripe aviar en España. Estas acciones, que entrarán en vigor el 10 de noviembre de 2025, tienen como objetivo reforzar la vigilancia epidemiológica y la bioseguridad en las explotaciones avícolas y zonas de especial vigilancia.

La decisión se toma tras la evolución negativa de la situación epidemiológica en Europa y en la Península Ibérica, con un incremento notable de los casos detectados durante las últimas semanas.


Aumento de brotes en Europa y España

Según los datos del informe del MAPA, entre el 1 de julio y el 5 de noviembre de 2025, se han notificado en la Unión Europea:

  • 139 focos de influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) en aves de corral.

  • 708 focos en aves silvestres.

  • 33 en aves cautivas.

Los brotes se concentran principalmente en el centro y norte de Europa, aunque también se han detectado casos en la Península Ibérica, lo que ha elevado el nivel de alerta en España.

El Ministerio advierte que el descenso de las temperaturas favorece la supervivencia del virus y aumenta la probabilidad de contagio a través de aves migratorias que cruzan el territorio español durante el otoño e invierno.


El MAPA eleva el nivel de riesgo de gripe aviar

Cada semana, el Ministerio actualiza su modelo de evaluación del riesgo comarcal, que estima la probabilidad de introducción y persistencia del virus en función de los movimientos de aves silvestres, las temperaturas y la presencia de focos en Europa.

En su última revisión, el modelo ha detectado un aumento significativo del número de municipios en nivel de riesgo alto y muy alto, especialmente en las zonas incluidas en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006, que recogen las áreas de especial riesgo y vigilancia.

Esta actualización implica la aplicación inmediata de medidas de mitigación, siguiendo el principio de precaución que rige la sanidad animal en la Unión Europea.


Nuevas medidas de prevención y bioseguridad

El MAPA ha publicado una batería de medidas destinadas a prevenir la entrada y propagación del virus en explotaciones avícolas y centros con aves cautivas. Estas normas son de obligado cumplimiento en las zonas de especial riesgo y vigilancia.

1. Restricciones en la cría y manejo de aves

  • Prohibida la cría de aves de corral al aire libre. Solo se permitirá en casos excepcionales, previa autorización de la autoridad competente, y siempre que se adopten medidas de protección (telas pajareras, techados o cerramientos que impidan el contacto con aves silvestres).

  • Las aves deberán ser alimentadas y abreviadas en el interior de las instalaciones o en refugios cerrados.

  • Queda prohibido el uso de aves acuáticas (patos o gansos) junto con otras especies en la misma explotación.

2. Prohibición de uso de aves como señuelo

Se elimina la autorización para utilizar pájaros de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como reclamos o señuelos de caza, dado su alto riesgo de transmisión del virus.

3. Control del agua y zonas de acceso de aves silvestres

  • Prohibido el uso de agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres, salvo si se trata de agua tratada para garantizar la inactivación del virus.

  • Los depósitos exteriores deberán estar protegidos para evitar el contacto con aves acuáticas.

4. Prohibición de concentraciones de aves

No se permitirá la presencia de aves de corral o aves cautivas en ferias, concursos, exhibiciones o celebraciones culturales al aire libre.
Las comunidades autónomas podrán autorizar excepciones únicamente tras una evaluación de riesgo favorable realizada por los servicios veterinarios oficiales.


Refuerzo de la vigilancia y comunicación entre comunidades

El Ministerio insta a las autoridades autonómicas a reforzar la vigilancia pasiva mediante la comunicación inmediata de cualquier sospecha o mortalidad anómala en aves domésticas o silvestres. También recomienda intensificar las campañas de información y concienciación dirigidas a criadores, cazadores y propietarios de explotaciones avícolas.

La colaboración entre administraciones resulta clave para prevenir la propagación de la gripe aviar, especialmente durante los meses fríos, cuando el virus puede mantenerse activo durante más tiempo en el medio ambiente.


Un enfoque de “prevención antes que reacción”

El Ministerio subraya que la activación de estas medidas responde al principio de precaución: actuar antes de que se produzca un brote.
España se mantiene en coordinación permanente con la Comisión Europea y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), garantizando la actualización constante de los protocolos ante cualquier cambio epidemiológico.

Con estas acciones, el MAPA busca proteger el sector avícola español, uno de los más relevantes de Europa, y asegurar tanto la salud animal como la seguridad alimentaria.

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