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Sanidad publica el protocolo para la apertura de las piscinas: estas serán las normas

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Piscinas municipales gratuitas durante la ola de calor

El Ministerio de Sanidad acaba de publicar un protocolo cuyo objetivo es establecer las medidas básicas de seguridad para velar por la salud de los ciudadanos en las piscinas. Dicho documento, consensuado con las comunidades autónomas y el sector que gestiona este tipo de establecimientos, entrará en vigor única y exclusivamente cuando el Plan de transición hacia una nueva normalidad establezca que es posible la apertura.

Un aspecto importante a tener en cuenta es la ventilación de los espacios cerrados, como vestuarios y baños, botiquín y salas técnicas. El hacinamiento y la ausencia de ventilación son factores que favorecen la transmisión del virus. Se recomienda así abrir puertas y ventanas exteriores para aumentar la circulación de aire en el área. Y, en el caso de que la ventilación se proporcione a través de medios mecánicos, estos deben conservarse en buen estado de mantenimiento, limpieza y grado de desinfección adecuado.

Además, es esencial que se realice una exhaustiva limpieza antes de proceder a la desinfección de todo el mobiliario (vaso, corcheras, escaleras de acero inoxidable, duchas, paredes, taquillas, etc.), y prestar especial atención a las superficies de contacto más frecuente como grifos, barandillas o pomos de puerta. El protocolo llama la atención sobre el hecho de que la desinfección carece de eficacia si la superficie no ha sido previamente desprovista de suciedad que puede servir de refugio a los microorganismos.

Asimismo, se insta que de forma complementaria a este documento se disponga de un protocolo específico que responda a las características específicas de cada instalación. De manera general no hay que olvidar aspectos como por ejemplo que se deberán utilizar paños y materiales de un solo uso o proceder a su limpieza y desinfección adecuada. Respecto a los desinfectantes se podrán usar diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

El agua de los vasos debe contar con un proceso de depuración física y química, la renovación mediante adición de agua de aporte y la realización de controles operativos o rutinarios. Para eliminar el virus hay que mantener correctamente el tratamiento y niveles de desinfección residual en el agua.

Los establecimientos de hostelería que se encuentren ubicados en la piscina, deberán seguir los protocolos correspondientes a este sector. Y, las instalaciones deportivas y parques de juegos no podrán usarse hasta que así se establezca en la oportuna fase de desescalada.

Aforo y control de accesos

Se propone como medida restrictiva de aforo al menos doblar la superficie por persona en los espacios al aire libre y triplicarla en los espacios cubiertos. Estas medidas son indicativas y dependiendo de la configuración de la piscina y de la zona pública podrán establecerse medidas más restrictivas para asegurarse el distanciamiento social.

Será el socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación, el responsable de supervisar el número de bañistas en cada uno de los vasos y restringir los accesos a los mismos y de acuerdo con la legislación vigente en cada comunidad autónoma.

Para la entrada a la piscina se propone dibujar o colocar bandas en el suelo de recepción que marquen la distancia mínima entre personas de 2 metros para acceder el mostrador y a la entrada.

En el caso de que la barrera de acceso sean tornos es preferible tenerlos bajados o tocarlos con la ropa. Y, si la instalación lo permite, se recomienda utilizar una puerta de entrada y otra de salida para intentar evitar al máximo los cruces.

Otras medidas de seguridad

El protocolo señala que los establecimientos deberán contar con sistemas para la desinfección de manos a la entrada e incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado a la entrada así como recomendar el uso de calzado exclusivo dentro de la instalación.

Además, se pondrá a disposición de los usuarios una bolsa de plástico para material desechable que se deberá depositar convenientemente cerrada en un cubo de basura (con tapa y pedal) a la salida y se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o a través de aplicaciones móviles.

También se hace hincapié en la importancia de la difusión de mensajes de prevención mediante carteles y/o megafonía. Los carteles recordarán buenas prácticas de higiene pública como ducharse antes de entrar a la piscina o lavar los trajes y las toallas de baño, para eliminar todas las bacterias o virus.

Medidas en las zonas comunes

Las piscinas deben contar con una distribución espacial de al menos 2 metros entre los usuarios que estará señalizada en el suelo. Todos los objetos personales como toalla, botes de crema, calzado de uso exclusivo, mochilas, etc. deben permanecer dentro del perímetro de seguridad establecido y evitar el contacto con el resto de usuarios.

Se deberá realizar limpieza y desinfección de las zonas de estancia y de tránsito de los bañistas, al menos dos veces al día, haciendo especial hincapié en las zonas más frecuentadas como vestuarios, aseos, taquillas, duchas y lavabos.

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Aprobada la ley de Servicios de Atención a la Clientela: en qué consiste

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El Congreso ha aprobado la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, destinada a mejorar la atención al público, reforzar los derechos de los consumidores y establecer estándares claros para empresas y organismos que ofrecen servicios al cliente en España.


Objetivo principal

La ley busca garantizar que los servicios de atención al cliente sean gratuitos, accesibles, eficaces y transparentes. Su finalidad es que los consumidores reciban información adecuada, puedan presentar reclamaciones de forma sencilla y obtengan respuestas en plazos razonables, fortaleciendo así la protección del consumidor.


Ámbito de aplicación

Se aplica principalmente a:

  • Grandes empresas de servicios esenciales, como energía, agua, transporte, telecomunicaciones, servicios postales y financieros, que superen ciertos umbrales de empleados o facturación.

  • Sirve también como marco regulatorio supletorio para otras empresas que presten atención al cliente, complementando la normativa sectorial específica.


Principales obligaciones de las empresas

  1. Canales de atención gratuitos: Teléfono, correo electrónico o atención presencial sin costes adicionales para el usuario.

  2. Atención rápida y eficaz: Plazos de respuesta cortos y reducción de esperas, evitando sistemas automáticos que retrasen la asistencia.

  3. Registro y trazabilidad: Todas las consultas, quejas o reclamaciones deben registrarse y permitir seguimiento por parte del cliente.

  4. Plazos de resolución: Resolución de reclamaciones en un tiempo máximo establecido, generalmente en torno a 15 días hábiles.

  5. Accesibilidad e inclusión: Los servicios deben adaptarse a personas mayores, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.


Derechos del consumidor

Con esta ley, los clientes pueden esperar:

  • Un servicio de atención serio y documentado.

  • Canales de atención gratuitos, sin costes ocultos.

  • Información clara sobre cómo presentar reclamaciones y el tiempo estimado de resolución.

  • Protección frente al uso de líneas de tarificación especial o prácticas de venta encubierta en los canales de atención.


Impacto para las empresas

Las compañías deberán adaptar sus sistemas de atención al cliente, implementar procesos de registro y seguimiento de quejas, formar a su personal y garantizar accesibilidad. Aunque supone un desafío operativo, también representa una oportunidad para mejorar la experiencia del cliente, aumentar la confianza y reforzar la reputación corporativa.

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