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Valencia

Archivan la causa del «pitufeo» para otras dos exconcejalas y un asesor del PP

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mayrén beneito

València, 15 dic (EFE).- La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha decretado el archivo provisional de la causa abierta contra las exconcejalas del PP Ana Albert e Irene Beneyto y contra un asesor de este mismo partido durante la etapa de Gobierno de Rita Barberá.

Con estos, los archivos decretados por la Audiencia en esta misma pieza ascienden a 16, tras los 13 hechos públicos ayer, que afectaban igualmente a exediles y exasesores.

Los magistrados entienden que no existen indicios de que estas dos exconcejales y el asesor cometieran un delito de blanqueo de capitales durante la campaña para las elecciones municipales de 2015.

Además, la Sección Cuarta de la Audiencia ha notificado este miércoles un cuarto auto en el que estima solo en parte el recurso de apelación de la que fuera secretaria del grupo popular en el Ayuntamiento, María Carmen García Fuster.

En su caso revoca el auto de procedimiento abreviado dictado por el instructor exclusivamente en la parte relativa al blanqueo de capitales, pero establece que siga la causa contra ella por la “supuesta percepción de dinero de origen desconocido pero vinculado no obstante a cobros de empresas por trabajos no demostrados o realizados con sobrecoste” en la campaña electoral de 2011.

A juicio del tribunal, existe un “substrato que permite atribuir racional e indiciariamente la consideración de dinero procedente de una actividad delictiva al dinero descubierto a través de las notas manuscritas, poseído y manejado por la apelante sin haber aportado una explicación coherente que descarte los mencionados indicios”.

El pasado 19 de octubre, el Juzgado de Instrucción número 18 anunciaba el procesamiento de 49 concejales y asesores del Ayuntamiento en la etapa de Rita Barberá como alcaldesa, así como del PP local como persona jurídica, por blanqueo de capitales en las elecciones municipales de 2015, en un auto que llegaba tras casi 6 años de una enmarañada investigación policial y judicial.

Ese escrito también analizaba el presunto entramado creado para la financiación del PP en las elecciones de 2007 y 2011, y señalaba a Alfonso Grau, quien fuera «mano derecha» de Barberá como vicealcalde, como «recaudador de recursos económicos sustraídos a la regularidad y transparencia contable», y a María del Carmen García Fuster, la secretaria de aquel grupo municipal, como administradora de esos recursos.

Pero varios de los exediles procesados por ese juzgado apelaron contra esa decisión alegando que los hechos probados fueron «confeccionados sin contar con el respaldo indiciario suficiente que dé cobertura a los elementos objetivos y subjetivos propios de la infracción delictiva».

La Audiencia, tras repasar el auto de apertura de procedimiento abreviado contra los exconcejales y exasesores y alumbrar las contradicciones que halla en él, asevera que esa decisión del 19 de octubre «se debe sustentar en un juicio de probabilidad delictiva, no en el de la posibilidad de que haya sucedido el delito, sea en sentido positivo o negativo».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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