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Balance del 9 d’Octubre: Un detenido, 148 identificados, desorden público y delitos de odio en las redes

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VALÈNCIA, 10 Oct. (EUROPA PRESS) – El delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Juan Carlos Fulgencio, ha confirmado este miércoles que hay «diligencias abiertas» por delitos de lesiones, desórdenes públicos y al menos un delito de odio en las redes sociales por el 9 d’Octubre, Día de la Comunitat Valenciana.

La jornada se saldó este martes con 148 identificaciones y un detenido que estaba en busca y captura por hechos previos. No obstante son «cifras abiertas», ya que «los servicios de policía judicial y de información van a seguir trabajando con las identificaciones de ayer y con las grabaciones que se efectuaron por orden de este delegado para detectar aquellas actitudes que fueran contrarias a derecho. Esto dará lugar, junto con otras diligencias que ya están abiertas, a una investigación policial que, en su caso, se trasladará a la autoridad judicial».

Así lo ha asegurado Fulgencio en declaraciones a los medios tras mantener una reunión con la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra. Según su balance del 9 d’Octubre: «Hicimos lo que había que hacer, y en eso vamos a estar, en garantizar los derechos de los ciudadanos y recuperar la fiesta para todos los valencianos», ha aseverado.

La mayoría de las identificaciones, ha precisado, se llevaron a cabo en los medios de transporte, en los sistemas de llegada, aunque también hubo algunas durante el desarrollo de los distintos actos festivos.

«Dispusimos todo un servicio de interceptación e identificación de las distintas personas que venían a manifestarse tratando de identificar aquellos que a priori podrían tener una actitud no recomendable para el uso de la vía pública», ha subrayado.

En cuanto a los momentos de tensión protagonizados por grupos de ultraderecha en los que presuntamente se lanzó una sustancia irritante, el delegado ha señalado que «en un principio» que aún está «por determinar» es que «fue el lanzamiento de una bengala que produjo daños irritantes en los ojos». «Si finalmente se demostrara que esto fue acompañado de la utilización de un gas, el reproche jurídico sería mayor», ha avisado.

En todo caso, el lanzamiento de esa bengala ya es una «infracción administrativa grave» y «en función de las consecuencias que haya tenido para las personas puede ser delito». Se está investigando y «la persona que lanzó la bengala está perfectamente identificada», ha aseverado.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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