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Barceló: «Vivimos en semiconfinamiento, y el confinamiento no está contemplado»

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Barceló anuncia cuando empezará la vacunación de la tercera dosis para mayores de 60 en la Comunitat
La consellera de Sanidad, Ana Barceló. EFE/Ana Escobar

València, 11 ene (EFE).- La consellera de Sanidad, Ana Barceló, ha afirmado que las medidas implantadas en la Comunitat Valenciana contra el coronavirus son «muy muy restrictivas», hasta el punto de que suponen vivir «en un semiconfinamiento», y ha asegurado que, «desde luego, el confinamiento no está contemplado».

Barceló ha señalado este lunes en rueda de prensa que solo hace cinco días que entraron en vigor las últimas restricciones, un periodo insuficiente para saber qué efecto han tenido, aunque ha indicado que, si no arrojaran el resultado esperado, caben otras acciones en distintos ámbitos «sin necesidad de ir a un confinamiento».

«No es necesario un confinamiento domiciliario», ha aseverado la consellera, quien ha recordado que además esa es una competencia estatal, ya que supone una restricción de derechos fundamentales de la ciudadanía.

La consellera ha insistido en que se deje «algo de tiempo» para conocer el resultado de las medidas implantadas que entraron en vigor el 7 de enero, que se han estudiado «detenidamente, han ido al centro del problema» y están vigentes hasta el 31 enero, ya que no se pueden cambiar «constantemente».

Barceló ha admitido que la situación de la pandemia podría llevar a «perimetrar algún municipio más», pero con «microcirugía» y no porque lo pidan las localidades, sino aplicando los criterios establecidos, y ha defendido que han extremado todas las medidas de control, porque no se pueden permitir que se incumplan si quieren que funcionen.

Ha insistido en que se necesitan como mínimo entre siete y diez días para ver qué repercusión han tenido las medidas adoptadas, y ha aseverado que «muy pocas comunidades, por no decir ninguna», tienen el aforo limitado a un tercio en la hostelería, y la Comunitat lo implantó ya antes de Navidad.

«Quiero recordar a todos que estamos viviendo en un semiconfinamiento, nos falta quedarnos en casa, pero las medidas son muy, muy duras», ha insistido Barceló, quien ha señalado que esta semana se analizará de nuevo la situación en los municipios y si es necesario se adoptarán más medidas.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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