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Valencia

Retiran cerca de mil cadáveres de aves afectadas por la gripe aviar de la Albufera

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cadáveres aves Albufera

Valencia, 15 jun (OFFICIAL PRESS – EFE).- La Conselleria de Agricultura y Transición Ecológica de la Generalitat valenciana ha retirado cerca de mil cadáveres de aves afectadas por gripe aviar en la Albufera de Valencia.

Cadáveres de aves en la Albufera

Así lo han confirmado a EFE fuentes de este departamento, que destacan que el brote, detectado en el Racó de l’Olla, presenta una tendencia a la baja, ya que la semana pasada se retiraron 740 aves, mientras que en lo que llevamos de esta han sido 174.

Según ha avanzado este jueves Levante-EMV, las especies afectadas por el virus H5N1 corresponden a las familias del charrán común (Stera hirundo) y la Pagaza piconegra (Glochelidon nilotica) y está centralizada principalmente en los pollos, ya que al parecer no afecta tanto a los adultos.

Nivel de alerta

Desde la Conselleria han señalado de momento no ha habido otras especies de aves afectadas y que se mantiene el protocolo establecido para evitar la expansión del virus debido al proceso migratorio de las aves. EFE

Todo ello viene como resultado de la emergencia de gripe aviar por la que la Conselleria de Agricultura dictó medidas especiales. Todo ello tras haberse confirmado un foco de gripe o influenza aviar en varias aves silvestres en la Albufera de València, que ha tenido como resultado la muerte de más de mil aves. Las medidas de protección por el brote de gripe aviar en l’Albufera  estarán vigentes desde este viernes y hasta el próximo 6 de julio.

Las medidas

En esas explotaciones queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral, la cría de aves de corral al aire libre, dar agua a aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres y usar pájaros de las órdenes Anseriformes y Charadriiformes como señuelo.

También se prohíbe cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas, así como su presencia en centros de concentración de animales, como certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales.

Los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres, y será obligatorio comunicar a los servicios veterinarios oficiales de forma inmediata los focos de enfermedades y todos los hallazgos de cadáveres de aves silvestres de especies acuáticas.

 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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