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Valencia

Caso Cooperación: todos los acusados, excepto Blasco, reconocen el amaño de contratos

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El juicio contra el exconseller de Solidaridad y ex diputado (PP) en Les Corts Rafael Blasco por un amaño en contratos de servicios informáticos dentro del conocido como caso Cooperación se ha retomado hoy lunes en la Audiencia de Valencia, en una jornada que ha comenzado con el reconocimiento de los hechos por parte de todos los acusados menos él.

Así, el exjefe de servicio de informática, Javier Murcia, ha asumido los hechos a cambio de una pena de un año de prisión y. al abandonar la sala ha agradecido a los servicios de la Ciudad de la Justicia que salvaran su vida cuando, el pasado mes de marzo, se desplomó al iniciarse este mismo juicio. En aquel momento la vista hubo de ser suspendida y Murcia trasladado al hospital, afectado de un infarto.

A la conformidad de Murcia se han sumado después las del empresario Augusto César Tauroni; y de la ex secretaria general de la Conselleria de Cooperación Agustina Sanjuán, los otros dos acusados, además de Blasco.

Los letrados de ambos han anunciado un preacuerdo, aceptado por el fiscal pero no por las otras dos acusaciones (la Generalitat y la Coordinadora Valenciana de ONG) que supone penas, para el primero, de un año y tres meses y, para la segunda, de un año.

La defensa de Blasco ha presentado, por su parte, una petición de nulidad del proceso por vulneración de derechos fundamentales de su cliente. El fiscal se ha opuesto a la petición, al igual que el resto de las acusaciones.

El Ministerio Público pide dos años y ocho meses de cárcel para el exconseller Rafael Blasco por amañar entre 2008 y 2011 al menos siete contratos de servicios informáticos por un importe total de algo más de un millón de euros, vulnerando los principios de transparencia y libre concurrencia en la contratación pública. Los posibles delitos cometidos con estos hechos son tráfico de influencias, prevaricación y fraude a la Administración.

Con la excepción de Murcia, el resto de inculpados han sido ya condenado en otras piezas del mismo caso. Así, el Tribunal Supremo condenó al exconseller y exdiputado del PP a seis años de cárcel en junio de 2015 por delitos de malversación en concurso de prevaricación y falsedad, cometidos al haber desviado fondos de ayuda destinados a Nicaragua. También condenó al empresario Augusto Cesar Tauroni, y a la ex secretaria general de la Conselleria Tina Sanjuan, a la misma pena de seis años.

El 15 de junio de 2015 Blasco ingresó en el centro penitenciario de Picassent (Valencia); el 30 de enero de 2019 obtuvo el tercer grado penitenciario, por lo que desde entonces lleva un régimen de vida en semilibertad. Si se produjeran nuevas condenas, este régimen de semilibertad se podría ver afectado, porque dado que ya tiene antecedentes, el cumplimiento en prisión de las nuevas condenas no podría suspenderse, informan fuentes jurídicas.

Los contratos por servicios informáticos que se van a juzgar ahora fueron adjudicados a empresas, que luego subcontrataban con firmas vinculadas al empresario Tauroni o alguno de sus considerados testaferros.

Prácticamente desde todos los departamentos que ocupó con los gobiernos de la Generalitat del PP, Blasco adjudicó contratos al empresario Augusto César Tauroni, considerado como el máximo responsable de la trama organizada en torno a las ayudas a la cooperación internacional malversadas entre 2008 y 2011.

El ex conceller, que llegó a ser portavoz del PP en Les Corts Valencianes, pasó de activista revolucionario del FRAP a mantenerse en el poder durante más de 30 años. En su haber figura haber sido el político valenciano que más veces ha sido conseller, con cuatro presidents de la Generalitat (con el socialista Joan Lerma en 1983 y los populares Eduardo Zaplana, José Luis Olivas y Francisco Camps), de dos partidos políticos diferentes y en siete carteras a lo largo de 17 años.

El juicio continuará con testimonios el 18 de junio y el 9 y 20 de julio.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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