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CASO EMARSA| La Audiencia convoca a 7 de los 24 condenados para decidir sobre posible prisión provisional u otras medidas

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Jun. (EUROPA PRESS) – La Sección Quinta de la Audiencia de Valencia ha convocado para este miércoles la comparecencia en la que las acusaciones podrán solicitar la prisión provisional u otras medidas cautelares –retirada del pasaporte, prohibición de salida del territorio, u obligación de comparecer periódicamente en el Juzgado, entre otras– para siete de los 24 condenados en el caso Emarsa.

El saqueo de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo (València), lo que se ha conocido como el caso Emarsa, deja 10 años de prisión para Enrique Crespo, exvicepresidente ‘popular’ de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de la entidad, y otros 9 años para José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat (Epsar), según consta en la sentencia hecha pública el pasado viernes.

Las penas impuestas oscilan entre los 9 meses y los doce años y medio de cárcel para los 24 acusados y, además, considera partícipe a título lucrativo a la exmujer de uno ellos. Asimismo, fija indemnizaciones a pagar de forma solidaria hasta los 23,5 millones de euros, así como otras de menor cuantía a título particular. La resolución puede ser recurrida y, de hecho, Enrique Crespo ha confirmado a la salida del juzgado que va a recurrir.

La resolución considera que los principales responsables de la empresa pública que gestionó la depuradora de la pedanía valenciana de Pinedo articularon un sistema fraudulento de facturación con el que lograron el desvío de 23,5 millones de euros de dinero público. Para ello se concertaron con varios empresarios que emitían facturas por servicios no prestados o por un importe muy superior al coste real. De este modo, incorporaron a su patrimonio o al de familiares y amigos el dinero defraudado.

Ahora, la Audiencia convoca la comparecencia en la que las acusaciones podrán solicitar la prisión provisional u otras medidas cautelares. Se celebrará una vistilla por cada uno de los condenados.

En concreto, el primero en comparecer será Vicente Ros, condenado a 6 años y seis meses de cárcel; después Enrique Sena, pena de 6 años y un día; Sebastián García Martínez ‘Chanín’, pena de 7 años y seis meses; José Juan Morenilla, 9 años; Enrique Crespo, 10 años; Enrique Arnal, 8 años y seis meses y, finalmente, Esteban Cuesta, condenado a 12 años y medio de prisión.

Todos ellos deberán comparecer asistidos por sus respectivos letrados y también estarán presentes en estas vistillas el Ministerio Fiscal y el resto de acusaciones, que podrán solicitar que los condenados ingresen en prisión provisional o se apliquen medidas provisionales hasta que la sentencia sea firme.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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