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Valencia

Catalá nombrará el viernes los cargos de sus concejalías

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concejalías del Ayuntamiento de Valencia
Foto de familia del grupo municipal del PP, con la nueva alcaldesa, María José Catalá.EFE/ Manuel Bruque/Archivo

La alcaldesa de Valencia, María José Catalá, ha convocado para este miércoles, 26 de julio, la Junta de Portavoces previa a la celebración del Pleno de organización municipal, donde Catalá dará a conocer las concejalías. Tendrá lugar el próximo viernes, 28 de julio.

El pleno del Ayuntamiento de Valencia aprobará el viernes la distribución de las concejalías de Catalá

En este Pleno se aprobarán las retribuciones exclusivas y parciales de los miembros de la Corporación. Asimismo, se aprobará el régimen de sesiones del Pleno del Ayuntamiento, que pasará a celebrarse el último martes de cada mes en lugar de los jueves, como se celebraban en la pasada legislatura. 

También se aprobarán las comisiones informativas, que quedarán distribuidas de la siguiente manera: Comisión de Hacienda y Participación, Economía, Innovación y Grandes Proyectos; Comisión de Patrimonio, Recursos Humanos, Técnicos y Seguridad Ciudadana; Comisión de Urbanismo, Parques y Jardines, Espacios Naturales y Mejora climática, así como la Comisión de Bienestar Social, Educación, Cultura y Deportes.

En la distribución de responsabilidades en las siete áreas troncales, se ha decidido que María José Ferrer San Segundo sea la primera teniente de alcalde, seguida por Julia Climent como segunda teniente de alcalde, y el cargo de tercer teniente de alcalde ha sido otorgado a Juan Giner.

Áreas específicas

De igual manera, se han asignado las áreas específicas: Hacienda y Participación estarán a cargo de María José Ferrer San Segundo; Urbanismo y Vivienda serán responsabilidad de Juan Giner; Recursos Humanos y Técnicos estarán bajo la dirección de Julia Climent. El área de Medio Ambiente estará en manos de Juan Carlos Caballero, quien también supervisará todos los servicios correspondientes al portavoz, junto con la colaboración de Carlos Mundina.

Es importante recordar que en el área de movilidad y seguridad ciudadana ya se encuentra trabajando al frente Jesús Carbonell. En este bloque, los servicios estarán coordinados junto a Carlos Mundina.

Habrá que estar atentos al reparto final de concejalías, aunque ya se ha adelantado que Movilidad y Seguridad Ciudadana se agruparán en una misma cartera, bajo la coordinación del concejal Jesús Carbonell. Restará por ver si se designa un concejal específico para la Policía Local, que dependerá de Carbonell, o si él mismo asumirá directamente esas responsabilidades.

Carteras claras

Algunas carteras parecen claras en su asignación, como la de Urbanismo, que estará a cargo de Juan Giner; y Medio Ambiente, que recaerá en Juan Carlos Caballero, quien ya ha tenido varias reuniones reuniones. De manera similar, Santiago Ballester liderará el área de Fiestas, habiendo demostrado su gestión tanto en las fallas como en la Feria de Julio, además de estar impulsando reformas urgentes en los mercados municipales mediante una modificación presupuestaria de 600.000 euros.

En las últimas semanas, Rocío Gil ha participado en actos deportivos, lo que sugiere que podría estar al frente de Deportes; mientras que Julia Climent ha estado involucrada en temas de Recursos Humanos, María José Ferrer San Segundo ha liderado asuntos de Hacienda, incluida la reducción de impuestos y tasas que supondrá un ahorro de 71 millones de euros para los valencianos. Por su parte, Paula Llobet ha estado trabajando en temas relacionados con Economía y Grandes Proyectos.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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