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Alcàsser: se buscan evidencias contra Anglés 25 años después de la sentencia

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Alcàsser: se buscan evidencias contra Anglés 25 años después de la sentencia
Cartel con dos fotografías de Antonio Anglés Martíns, buscado como supuesto autor del asesinato de las tres niñas de Alcàsser. EFE/Cárdenas

València, 3 sep (EFE).- El próximo lunes se cumplen 25 años desde que la Audiencia de Valencia condenase a 170 años de prisión a Miguel Ricart por el triple crimen de Alcàsser, una causa con un eco mediático sin fin que también sigue viva en el juzgado a la búsqueda de evidencias contra Antonio Anglés, el prófugo más buscado en España.

La sentencia, que fue confirmada en mayo de 1999 por el Tribunal Supremo, declaró probado que las tres niñas, que tenían entre 14 y 15 años, fueron raptadas el 13 de noviembre de 1992 por Ricart, otro varón identificado que no fue detenido (Anglés) y posiblemente alguna persona más.

Las menores fueron violadas y asesinadas en un paraje de Tous (Valencia) conocido como La Romana, donde sus cuerpos fueron descubiertos en enero de 1993.

La investigación judicial sobre lo sucedido, de la que es responsable el Juzgado de Instrucción número 6 de Alzira, está completamente agotada, aunque queda abierta una pieza dedicada exclusivamente a la localización de Anglés, uno de los prófugos más perseguidos de toda Europa.

LA REACTIVACIÓN DEL CASO

En los últimos años se han realizado diferentes pesquisas orientadas a su búsqueda en el extranjero a raíz de unas llamadas y correos electrónicos que recibió la hermana de Anglés, que resultaron infructuosas, y también se han analizado restos óseos hallados en las costas de Irlanda, donde se sospecha que pudo llegar o haber fallecido Anglés.

La reciente personación en la causa de la acusación popular que ejerce la Asociación Laxhsmi para la lucha contra el Crimen ha dado un nuevo impulso tanto a la búsqueda como a la posible certificación, mediante técnicas de análisis modernas, de la posible presencia de Anglés en escenarios del crimen.

En los últimos meses ha promovido el análisis de pelos y otros posibles restos forenses en los vehículos de Ricart y Anglés, una búsqueda que resultó infructuosa por el mal estado de estos restos.

Además, ha impulsado la búsqueda de ADN en la ropa interior de las tres niñas asesinadas y otros restos encontrados en varios escenarios relacionados con este suceso, como la alfombra en que fueron envueltas tras su violación, tortura y asesinato.

Así, tras recibir el visto bueno del juzgado instructor, se ha ordenado analizar de nuevo en busca de posibles restos una sábana blanca que cubría un colchón de espuma en la caseta de La Romana (donde supuestamente se retuvo a las niñas durante la noche), varias fibras del forro de un colchón hallado en el mismo lugar, ropa interior de Toñi, las camisetas de Desirée y Miriam, un pedazo de tapizado del Opel Corsa de Miguel Ricart, unas raspaduras tomadas del interior de la citada caseta y de un trozo de madera del mismo lugar, así como de la moqueta en la que se envolvió a las víctimas.

TECNOLOGÍA DEL SIGLO XXI PARA UN CASO DE LOS AÑOS 90

Según el experto en genética y director del Laboratorio de Genética Forense del Instituto de Medicinal Legal de Las Palmas, José Juan Pestano, y el criminólogo y responsable de la asociación Laxshmi, Félix Ríos, las técnicas de amplificación de ADN actuales pueden permitir encontrar rastros genéticos donde no se obtuvieron en los años 90.

Algunas de esas muestras dieron positivo entonces, en pruebas orientadoras sobre semen o sangre, pero o bien no dieron confirmación en pruebas posteriores o no se practicaron análisis detallados por falta de tiempo, ni se obtuvo ADN, posiblemente por la baja sensibilidad de las pruebas y tecnología de ADN de la época, opinan los especialistas que han instado estas pruebas.

Asimismo, y también a instancias de esta acusación popular, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, a través de dos de sus laboratorios ubicados en Madrid y Barcelona, analizará muestras de pelos hallados en varios escenarios de este crimen y los comparará con los de siete hombres que fueron considerados en su día sospechosos.

Tres de estas personas son hermanos de Antonio Anglés, uno es Miguel Ricart, único condenado por los crímenes, y los otros tres son amigos o conocidos de Anglés, compañeros de delincuencia en algún caso, o relacionados con la venta o el consumo de estupefacientes en otro.

El único condenado por estos hechos, Miguel Ricart, tiene actualmente 52 años y salió del centro penitenciario de Herrera de la Mancha (Ciudad Real) en noviembre de 2013, tras ver reducida su sentencia a 21 años por la suspensión de la denominada doctrina Parot.

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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