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¿Cómo afecta a las mascotas la muerte de un ser querido?

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¿Cómo afecta a las mascotas la muerte de un ser querido?

El Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Valencia (ICOVV) ha explicado que los animales de compañía pueden desarrollar conductas antisociales y depresivas durante varios meses tras la pérdida de un ser querido, un duelo cuyo grado dependerá de la relación que tenían con la persona fallecida y ante el que ofrecen consejos para ayudar a superarlo, además de explicarnos cómo afecta a las mascotas la muerte de un ser querido.

En un comunicado, los veterinarios señalan que la capacidad de sentir tristeza frente a la muerte de un ser querido es un sentimiento que también puede darse en las mascotas, que son seres sociales que se vinculan a sus cuidadores de una forma similar a un miembro de la familia. Por ello, notan la ausencia y extrañan las actividades que hacían con esa persona.

¿Cómo afecta a las mascotas la muerte de un ser querido?

El grado de duelo en la mayoría de los casos suele ser mayor ante la muerte de un dueño que de otro animal, ya que los vínculos establecidos entre humano y mascota son muy fuertes, han agregado.

Al respecto, el veterinario etólogo colegiado del ICOVV Juan Argüelles, ha afirmado que «se tienen pocos datos respecto al duelo animal porque está poco estudiado, pero ante la muerte de un ser querido se aprecian cambios en la conducta de los animales que pueden prolongarse hasta seis meses».

SIGNOS DE TRISTEZA Y TRATAMIENTO

La signos de tristeza por la muerte en nuestras mascotas pueden presentarse a través de irritabilidad y disminución de la conducta social. Además, el animal puede presentar comportamientos repetitivos como la acción de búsqueda de esa persona en el entorno habitual.

Para el tratamiento del duelo, desde el Colegio recomiendan acudir al veterinario para que valore el estado del animal y que no lleguen a cronificarse comportamientos antisociales o depresivos.

Como medidas que pueden contribuir a aliviarlo aconsejan restaurar en la medida de lo posible las actividades que la mascota llevaba a cabo con la persona o el compañero fallecido «Si estas no pueden ser iguales, que por lo menos sean sustituidas por otras igual de estimulantes y placenteras», ha indicado Argüelles, aseverando que lo que no se debe hacer es ignorar o castigar las conductas con las que el animal exterioriza su tristeza.

DESPEDIDA DE LA MASCOTA

Por otra parte, los veterinarios han recordado que los propietarios de animales de compañía también pasan por el duro trance de tener que despedirse para siempre de su mascota y deben conocer las opciones existentes para depositar el cadáver en caso de fallecimiento y no cometer ninguna infracción.

Son tres las posibilidades que ofrece la normativa: incineración colectiva y eliminación de las cenizas, incineración individual y recuperación de cenizas y sepultura en cementerios autorizados.

El entierro por parte del propietario debe ser autorizado expresamente por la autoridad competente, que además debe corroborar que se cumplen una serie de requisitos: que el entierro se realiza a profundidad suficiente para garantizar que ningún animal carroñero podrá excavar hasta encontrar el cadáver, certificar que el animal fallecido no tenía ninguna enfermedad contagiosa susceptible de provocar zoonosis, que no haya acuíferos cerca para evitar su contaminación y que sea una zona sin un alto número de animales.

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Cómo y cuándo solicitar las nuevas ayudas de coche eléctrico

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Nuevas ayudas coches eléctricos

Cómo Solicitar las Ayudas para el Coche Eléctrico y Plazo de Ampliación del Plan Moves III

El Gobierno ha reactivado las subvenciones destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos tras la petición del sector automotriz, que se quedó sin incentivos luego de la derogación del decreto ómnibus en enero. El Plan Moves III ha sido extendido hasta el 31 de diciembre, contando con un presupuesto de 400 millones de euros. Este programa permite acceder a ayudas de hasta 7.000 euros para quienes adquieran un coche eléctrico y den de baja un vehículo antiguo. Para los vehículos comerciales, el monto de la subvención alcanza los 9.000 euros en caso de achatarramiento.

¿Quién Puede Solicitar las Ayudas del Plan Moves III?

Pueden beneficiarse de estas ayudas:

  • Particulares, autónomos y administraciones públicas.
  • Adquisición de vehículos eléctricos, de pila de combustible (hidrógeno) o híbridos enchufables.
  • La compra puede realizarse mediante pago directo, leasing o renting.
  • Vehículos elegibles: turismos, furgonetas hasta 3,5 toneladas, cuadriciclos y motocicletas.

Importe de las Subvenciones para la Compra de Vehículos Eléctricos

Las cuantías de las ayudas varían según el tipo de vehículo y si se achatarra uno antiguo:

  • Turismos eléctricos e hidrógeno: hasta 7.000 € con achatarramiento, 4.500 € sin él.
  • Híbridos enchufables: 5.000 € con achatarramiento, 2.500 € sin él.
  • Furgonetas: 9.000 € con achatarramiento, independientemente del tipo de motor.
  • Cuadriciclos ligeros: 1.600 € con achatarramiento, 1.400 € sin él.
  • Cuadriciclos pesados: 2.000 € con achatarramiento, 1.800 € sin él.
  • Motocicletas (autonomía mínima de 70 km): 1.300 € con achatarramiento, 1.100 € sin él.

Los turismos subvencionables no pueden superar un precio de 54.450 euros.

Ayudas para la Instalación de Puntos de Recarga

Las ayudas también incluyen subvenciones para la infraestructura de recarga:

  • Particulares, autónomos y comunidades de propietarios:
    • 80% del coste en municipios de menos de 5.000 habitantes.
    • 70% del coste en municipios más grandes.
  • Empresas:
    • Entre 20% y 50% según el tamaño de la compañía y la ubicación del punto de carga.
  • Límite de ayuda:
    • 5.000 € para personas físicas.
    • 2,5 millones de euros para empresas (800.000 € por expediente).

¿Cómo y Cuándo Solicitar las Ayudas?

La ayuda no se recibe al momento de la compra. Debe solicitarse a la comunidad autónoma de residencia del comprador, adjuntando la documentación requerida. El proceso puede tardar entre uno y dos años, según la agilidad de cada administración.

En algunos casos, los concesionarios pueden adelantar el importe de la ayuda, como ya han anunciado marcas como MG, Fiat y Renault.

¿Cómo Tributó en la Declaración de la Renta?

La ayuda recibida se considera una ganancia patrimonial y debe incluirse en la declaración del IRPF del año en que se perciba. La retención fiscal varía según los ingresos del contribuyente:

  • 19% para rentas hasta 12.450 euros.
  • 24% hasta 20.199 euros.
  • 30% hasta 35.199 euros.
  • 37% hasta 59.999 euros.
  • 45% hasta 299.999 euros.
  • 47% para rentas superiores a 300.000 euros.

El Plan Moves III se presenta como una oportunidad clave para fomentar la movilidad sostenible, facilitando el acceso a vehículos eléctricos y mejorando la infraestructura de recarga en España.

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