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Valencia

El fondo de inversión KKR compra el IVI por 3.000 millones de euros

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Imagen de archivo de los presidentes del grupo IVI, José Remohí (d) y Antonio Pellicer. EFE/Kai Försterling

València, 12 ene (OFFICIAL PRESS- EFE).-La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha autorizado la compra del grupo IVI, que nació en Valencia en 1990 y se ha convertido en un referente mundial en medicina reproductiva y tratamiento de la infertilidad, una transacción que ha sido confirmada a EFE por la empresa española.

Así consta en la resolución del CNMC, de fecha 21 de diciembre, en la que no se especifica ningún detalle más acerca de esta operación y solo señala que ha finalizado la autorización de la primera fase con compromisos, donde la empresa adquirida es IVI-RMA Global, S.L., y la adquiriente es KKR Inception Bidco, S.L.U.

KKR compra el IVI por 3.000 millones de euros

Según adelanta este jueves el diario Cinco Días, el grupo inversor ha firmado la compra del IVI por 3.000 millones de euros y casi once meses después de anunciarse la transacción.

Ese diario señala que KKR se impuso en febrero del pasado año y, tras poner sobre la mesa 3.000 millones de euros, desbancó a los otros fondos finalistas: Cinven, que iba en alianza con el estadounidense Amulet Capital, y Nordic Cap. En la subasta, que organizó Morgan Stanley, también participaron Carlyle, CVC, Permira o PAI.

El IVI, que nació en 1990, anunció en 2017 su fusión con la estadounidense RMANJ, una operación de la que surgió una nueva compañía, IVI-RMA Global, el mayor grupo de reproducción asistida existente en el mundo con 75 clínicas en nueve países y 2.400 empleados, entre ellos más de 200 médicos y 300 investigadores.

Remohí y Pellicer, los creadores de un gigante

En marzo de 2022, KKR se hizo con el control del 80 % del grupo IVI, fundado por José Remohí y Antonio Pellicer, que conservaron el 20 % restante, en una operación valorada en 3.000 millones de euros.

Entonces, la venta se hizo efectiva tras la puja abierta para quedarse con el negocio de la compañía valenciana y las clínicas IVIRMA, que posee centros en España, Panamá, Chile, Brasil, Portugal, Reino Unido e Italia y cuenta con 75 clínicas en nueve países.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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