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Valencia

Comunicado del Arzobispado de Valencia sobre las relaciones con jóvenes del sacerdote asesinado

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Comunicado Arzobispado Valencia sacerdote asesinado
Alfonso López Benito,

València, 31 ene (OFFICIAL PRESS-EFE).- El Arzobispado de Valencia ha emitido un comunicado este miércoles en el que señala que no tiene «información oficial» sobre las noticias publicadas que aseguran que el sacerdote de 80 años, cuyo cadáver fue encontrado la pasada semana en su vivienda de València, mantuvo relaciones sexuales con un joven.

Según ha indicado, el secreto de sumario no se ha levantado, ahora bien añade que si lo publicado por varios medios de comunicación es verdadero, los hechos narrados les producen un «profundo dolor» y son «manifiestamente contrarios a los compromisos de vida sacerdotal, asumidos libremente en el momento de la ordenación».

Del mismo modo, manifiestan su «pesar por el escándalo, el desconcierto y el dolor que causan a todos, muy directamente a los fieles, y especialmente a los miembros del presbiterio».

Comunicado del Arzobispado de Valencia sobre el sacerdote asesinado

El Arzobispado de Valencia señala asimismo que planteó personarse como acusación particular, si bien el juzgado instructor lo rechazó, entendiendo que la personación en el procedimiento corresponde únicamente a la familia directa, por lo cual desistieron a dicha personación.

«Además se consideran otros motivos: la confianza en la justicia, suficientemente protegida por el ministerio fiscal, y que los hechos de la investigación narrados por los medios de comunicación se refieren a actos cuya responsabilidad pertenece personalmente al fallecido», agrega.

Reitera asimismo que el Arzobispado «jamás tuvo conocimiento de estos presuntos hechos».

Quejas de los vecinos del sacerdote

Señala que hace dos años se apercibió directamente al sacerdote cuando los vecinos del mismo inmueble del domicilio en el que residía, propiedad del Arzobispado, presentaron quejas verbales acerca de las personas que acudían al mismo, «aunque en ningún caso aludieron a hechos de la naturaleza que se narran».

«Desde entonces, transcurridos dos años, jamás se volvió a recibir ningún tipo de queja», asegura.

El cuerpo sin vida del sacerdote, de 80 años, fue encontrado el pasado 23 de enero por la mañana con signos de violencia en su domicilio de la calle Avellanas, en pleno centro histórico de València y muy cerca de la catedral, y un día después fue detenido el sospechoso del asesinato.

El chófer del cura asesinado declara que tenía sexo con hombres vulnerables

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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