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Comunicado del PP tras la citación de Mariano Rajoy a declarar en el caso Gürtel

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El PP espera conocer la resolución judicial y su fundamentación antes de poder establecer una valoración detallada de la misma.

La decisión adoptada hoy contradice claramente su propia doctrina, de febrero y octubre de 2016, en la que el mismo Tribunal rechazó el testimonio Mariano Rajoy con el argumento de que no era “ni pertinente, ni útil” para la causa.

El instructor de la causa, Pablo Ruz, también rechazó en su día el testimonio solicitado por la misma acusación popular “por adivinarse en la motivación de la solicitud” un interés ilegítimo y de carácter extraprocesal.

Estos argumentos han sido refrendados tanto por el Ministerio Fiscal como por la Abogacía del Estado. El Partido Popular quiere significar el carácter absolutamente excepcional de la admisión de una prueba testifical solicitada por la acusación popular en contra del criterio de la Fiscalía.

El Partido Popular pone en evidencia el error al que induce la acusación popular al hacer uso de alegaciones falsas y atribuir a Rajoy unas funciones que no correspondían a sus cargos y responsabilidades orgánicas.

Aunque el hecho cierto e indiscutible es que el presidente del Partido Popular ha sido citado como uno más de los 300 testigos admitidos en la causa y, por tanto, sin que se le atribuya ningún tipo de responsabilidad en los hechos que se juzgan, hay que destacar que la declaración de Mariano Rajoy en el procedimiento es una muestra del proceso mediático que la acusación popular de ADADE pretende seguir. Consideramos que todo ello supone una situación de abuso de derecho, por cuanto una petición con clara intencionalidad política se enmascara bajo un interés jurídico inexistente.

De hecho la Asociación ADADE está liderada por dos personas, Javier Ledesma y Mariano Benítez de Lugo, muy conocidas por su cercanía al Partido Socialista. Esta formación política siempre se ha sumado a las peticiones de ADADE.

El Partido Popular reitera su respeto a las decisiones de los tribunales y manifiesta su voluntad de colaboración con la justicia.

 

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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