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Condenan a tres hombres a 8 años y 6 meses por violar a una turista britanica ebria

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Alicante, 2 abr (EFE).- La Audiencia de Alicante ha condenado a tres hombres a tres penas individuales de ocho años y seis meses de prisión por violar a una turista británica que se encontraba en estado de inconsciencia provocado por la ingesta de alcohol en el municipio de Benidorm (Alicante).

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, considera a los tres procesados autores de un delito continuado de abuso sexual, así como de otro delito de hurto, al considerar probado que, además de abusar sexualmente de la mujer, le sustrajeron un reloj valorado en 210 euros y un anillo tasado en 287,90 euros.

Los hechos objeto de juicio tuvieron lugar en la noche del 1 al 2 de octubre de 2016, después de que los tres encausados -un español y dos marroquíes- iniciasen una conversación con la chica en las inmediaciones de un pub en el que ella se encontraba compartiendo una celebración con otros miembros de su familia.

Según la sentencia, los tres procesados, de 24, 33 y 34 años, respectivamente, en el momento de los hechos, aprovecharon que la chica se encontraba bajo los efectos del alcohol para conducirla hasta un parque situado en las inmediaciones del campo de fútbol de Benidorm. Allí, la forzaron sin que ella pudiese expresar su consentimiento al encontrarse en estado de inconsciencia.

Después, la trasladaron en el vehículo de la pareja de uno de ellos hasta un descampado situado en los alrededores del rastro ‘El Cisne’ de Benidorm y allí la volvieron a violar, en un margen de cuatro horas entre las dos agresiones sexuales.

Finalmente, cuando uno de ellos trató de sacarla del vehículo, la mujer aprovechó para huir y marcharse del lugar en busca de ayuda. En cuanto llegó al hotel en el que se hospedaba junto a su familia, le contó lo sucedido a su madre y acudieron a presentar denuncia.

Los tres procesados negaron los abusos al prestar testimonio durante su declaración en el juicio. No obstante, el tribunal confirió credibilidad al relato de la víctima al evaluar su verosimilitud y la persistencia de su relato manifestada desde la presentación de la denuncia, a pesar de presentase algunas lagunas de memoria por el estado de inconsciencia en el que se encontraba.

En cualquier caso, el tribunal tiene en cuenta otras evidencias como pruebas de corroboración periférica como el hecho de que se registrase una llamada telefónica anónima de aviso al 091 en la que se alertaba de la presencia de una mujer semidesnuda caminando por la carretera que comunicaba con el rastro en el que tuvo lugar la segunda violación.

Además, la sala también tiene en cuenta la declaración de la madre de la víctima y el testimonio de los agentes que las atendieron al acudir a comisaría para registrar la denuncia.

Por todo ello, la sentencia impone a cada uno de los encausados la pena de ocho años y seis meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual, tras aplicar la atenuante de dilaciones indebidas. Además, también impone a los tres acusados la medida de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima durante 10 años y la medida de libertad vigilada por un plazo de 7 años.

De igual modo, condena a cada uno de los tres encausados a otros seis meses de prisión por un delito de hurto.

Por último, establece que los procesados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima en la cantidad de 15.000 euros por los daños ocasionados.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación. EFE

 

 

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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