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Condenan a tres hombres a 8 años y 6 meses por violar a una turista britanica ebria

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Alicante, 2 abr (EFE).- La Audiencia de Alicante ha condenado a tres hombres a tres penas individuales de ocho años y seis meses de prisión por violar a una turista británica que se encontraba en estado de inconsciencia provocado por la ingesta de alcohol en el municipio de Benidorm (Alicante).

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, considera a los tres procesados autores de un delito continuado de abuso sexual, así como de otro delito de hurto, al considerar probado que, además de abusar sexualmente de la mujer, le sustrajeron un reloj valorado en 210 euros y un anillo tasado en 287,90 euros.

Los hechos objeto de juicio tuvieron lugar en la noche del 1 al 2 de octubre de 2016, después de que los tres encausados -un español y dos marroquíes- iniciasen una conversación con la chica en las inmediaciones de un pub en el que ella se encontraba compartiendo una celebración con otros miembros de su familia.

Según la sentencia, los tres procesados, de 24, 33 y 34 años, respectivamente, en el momento de los hechos, aprovecharon que la chica se encontraba bajo los efectos del alcohol para conducirla hasta un parque situado en las inmediaciones del campo de fútbol de Benidorm. Allí, la forzaron sin que ella pudiese expresar su consentimiento al encontrarse en estado de inconsciencia.

Después, la trasladaron en el vehículo de la pareja de uno de ellos hasta un descampado situado en los alrededores del rastro ‘El Cisne’ de Benidorm y allí la volvieron a violar, en un margen de cuatro horas entre las dos agresiones sexuales.

Finalmente, cuando uno de ellos trató de sacarla del vehículo, la mujer aprovechó para huir y marcharse del lugar en busca de ayuda. En cuanto llegó al hotel en el que se hospedaba junto a su familia, le contó lo sucedido a su madre y acudieron a presentar denuncia.

Los tres procesados negaron los abusos al prestar testimonio durante su declaración en el juicio. No obstante, el tribunal confirió credibilidad al relato de la víctima al evaluar su verosimilitud y la persistencia de su relato manifestada desde la presentación de la denuncia, a pesar de presentase algunas lagunas de memoria por el estado de inconsciencia en el que se encontraba.

En cualquier caso, el tribunal tiene en cuenta otras evidencias como pruebas de corroboración periférica como el hecho de que se registrase una llamada telefónica anónima de aviso al 091 en la que se alertaba de la presencia de una mujer semidesnuda caminando por la carretera que comunicaba con el rastro en el que tuvo lugar la segunda violación.

Además, la sala también tiene en cuenta la declaración de la madre de la víctima y el testimonio de los agentes que las atendieron al acudir a comisaría para registrar la denuncia.

Por todo ello, la sentencia impone a cada uno de los encausados la pena de ocho años y seis meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual, tras aplicar la atenuante de dilaciones indebidas. Además, también impone a los tres acusados la medida de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima durante 10 años y la medida de libertad vigilada por un plazo de 7 años.

De igual modo, condena a cada uno de los tres encausados a otros seis meses de prisión por un delito de hurto.

Por último, establece que los procesados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima en la cantidad de 15.000 euros por los daños ocasionados.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación. EFE

 

 

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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