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Crimen en Castro Urdiales: ¿Qué pasará ahora con los menores detenidos por la muerte de su madre?

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Crimen en Castro Urdiales

Después de la detención de dos menores de 13 y 15 años tras hallar muerta a su madre de 48 años en Castro Urdiales (Cantabria), surgen dudas sobre cuál es el papel de los servicios sociales y qué ocurre con los menores cuando se ven implicados en hechos delictivos.

En el caso del suceso de Castro Urdiales, uno de ellos es inimputable y el otro ha sido internado en régimen cerrado durante seis meses de forma cautelar por decisión del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander, pero ambos quedaron a cargo del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (Icass).

El Icass es la entidad pública de la que depende la protección y reforma de los menores en Cantabria, así como la encargada de ejecutar las sentencias y los autos que les afectan, ya que es la titular de los centros de cumplimiento de medidas judiciales.

«Cuando hablamos de menores, no son penas, se habla de medidas», subraya en una entrevista con EFE la subdirectora general de Infancia, Adolescencia y Familia del Icass, María del Carmen Arce de la Torre.

Arce explica que la labor del Icass, en el caso de menores con responsabilidad penal, es asumir su «reforma», mientras que en el caso de los inimputables el instituto trabaja en su «protección».

Menores con responsabilidad penal

Cuando las sentencias o autos de los jueces afectan a menores con responsabilidad penal, el Instituto se encarga de ejecutar las medidas, bien sean un internamiento, la convivencia en un grupo educativo, asistencia en un centro de día o prestaciones en beneficio de la comunidad, entre otros.

En todos los casos, se asume una medida que es «sancionadora educativa», lo que implica que el Icass debe trabajar con el menor con un programa individualizado aprobado por el juez, en el que se establecen unos objetivos.

Este programa recoge metas en el ámbito de la vida del menor, ya sea en el aspecto social, familiar, en su futuro laboral o en el ámbito educativo.

Y se trabajan los hechos delictivos en sí y la asunción de responsabilidad. «Que asuma conciencia de no volver a realizarlos cuando termine la medida y se responsabilice de los hechos cometidos», apunta la subdirectora.

Además, cuando se impone una medida de internamiento en régimen cerrado, incide Arce, los servicios sociales se tienen que asegurar de que los menores continúen con sus estudios y puedan seguir formándose, a pesar de que no pueden salir del centro.

Crimen en Castro Urdiales

Los menores de 14 años son inimputables con arreglo a la ley de responsabilidad penal de los menores, por lo que los servicios sociales, en caso de que los niños se vean implicados en un delito, entran a trabajar con ellos a instancias del Ministerio Fiscal, pero siempre en el ámbito de su protección.

En estos casos, subraya Arce, pueden darse distintas situaciones respecto a los menores. La subdirectora relata que puede ocurrir que un Juzgado civil delegue la guarda en la entidad pública; que vuelva con su familia; o que los propios servicios sociales decidan asumir esa guarda.

En este tipo de acontecimientos, el Icass lleva siempre a cabo una investigación sobre las circunstancias del menor, para analizar si se encuentra en una situación de desprotección.

Se tramita un expediente, se realizan averiguaciones, un informe social y si se cumplen los factores de desprotección, la entidad puede declarar al menor en una situación de desamparo y asumir su tutela.

En el caso de que un menor esté en esta situación, se extingue la patria potestad de los padres y se adoptan las medidas de protección que «se considera adecuadas».

Esto incluye distintos tipos de recursos residenciales, como acogimientos, pero siempre, señala la subdirectora, teniendo en cuenta «las necesidades específicas» del niño y orientados a su protección.

Por otro lado, «como ocurre con cualquier menor», subraya Arce, la familia tiene la posibilidad solicitar a la entidad pública que asuma la guarda porque no puede hacerse cargo de él.

En este caso, el progenitor mantiene la patria potestad sobre su hijo, pero los servicios sociales son los responsables de garantizar su protección.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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