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Valencia

Cruz Roja abre hoy el servicio de asistencia y socorrismo en las playas de València

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Archivo/EFE/Kai Försterling

Cruz Roja Española activa desde este martes el servicio de asistencia y socorrismo para el Ayuntamiento de València, con 168 personas que asistirán en las diferentes postas localizadas en los cerca de 24 kilómetros de playa urbana, desde la Malvarrosa hasta El Perellonet.

El servicio se extenderá hasta el 15 de septiembre en todas las playas de la ciudad, a excepción de la Devesa, que será del 1 de julio al 31 de agosto, según ha informado el concejal delegado de Playas, Giuseppe Grezzi, durante la presentación del dispositivo de playas 2021.

Grezzi ha estado acompañado en el acto por la presidenta local de Cruz Roja en València, Nieves Dios, y la directora local de Socorros y Emergencias de Cruz Roja en València, Macarena Lozano, informa Cruz Roja en un comunicado.

Dado que la situación de pandemia continúa exigiendo esfuerzos de control de los contagios se mantienen acciones de refuerzo, como los accesos separados de entrada y salida, y el mantenimiento de la distancia social.

Además, el Ayuntamiento de València contará con un equipo de 70 personas informadoras, que empezará a trabajar a partir de la primera quincena de junio, han informado las mismas fuentes.

En cuanto al horario del operativo, se ha ampliado y será de 9:00 a 20:00 horas en las playas del norte, es decir, media hora más por la mañana y una hora más por la tarde; mientras que en las playas del sur, será de 10:30 a 19 horas (media hora más por la mañana y una hora más por la tarde).

Además, el baño accesible se amplía en las playas del norte y se ofrecerá del 15 de junio al 1 de julio y del 1 de septiembre al 15 de septiembre; mientras que en las playas del sur, el Punto accesible de Pinedo funcionará de 11:00 a 19 horas, del 1 de julio al 31 de agosto.

Dicho operativo se amplía también a las playas del Recatí y El Perellonet y funcionará durante todo el mes de junio y los primeros quince días de septiembre (antes solo era julio y agosto).

Otra de las novedades de la campaña de este año es la inclusión en la iniciativa «Playas sin humo» de las playas Arbre del Gos, Devesa, El Saler y la Garrofera.

La campaña de asistencia de este año incorpora asimismo el servicio de salvamento de una tabla de socorro de manejo por control remoto, que puede trasladar a los socorristas hasta la víctima con menor gasto de energía y menos cansancio, y es capaz también de sacar del agua a ambas personas: socorrista y víctima, lo que mejorará la eficacia del servicio.

Otra de las novedades destacables es la implementación de una aplicación móvil, la «Safe Beach App», una herramienta de ayuda en la gestión del servicio de salvamento, que incluye abundante información para las personas usuarias sobre el estado de las playas.

La aplicación registrará a diario el color de las banderas, el estado del mar, la temperatura del agua o la presencia de medusas, entre otros aspectos.

Cruz Roja también incorpora coches eléctricos en el operativo de asistencia (en las playas de El Perellonet y de la Devesa), lo que supone una apuesta decidida por las energías renovables y la reducción de la huella de carbono.

Además, en el punto de baño accesible situado en la playa del Cabanyal se ofrecerán los servicios de un monitor de pilates adaptado para las personas usuarias, tres días a la semana.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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