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Cs llevará a los tribunales la subida de impuestos de Ribó en València

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concejales calendario de festivos en València

VALÈNCIA, 26 Sep. – El portavoz de Ciudadanos (Cs) en el Ayuntamiento de València, Fernando Giner, ha anunciado este jueves que su grupo municipal recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) «todas las ordenanzas» fiscales del consistorio «que atienden a la subida de impuestos y tasas en la ciudad». Así, ha considerado que una entidad local «no puede ir contra la actividad comercial ni desarrollar impuestos y ordenanzas que restringen la actividad económica».

En este sentido, Giner ha señalado que teniendo en cuenta que «podemos estar a las puertas de una recesión, no tendría ninguna lógica que el Ayuntamiento actuara de esta manera» para incrementar tasas e impuestos. «Entendemos que vulnera clarísimamente la Ley de Procedimiento Administrativo de las Entidades Locales. Esta situación es susceptible de recurrir lo que es la normativa», ha apuntado.

El representante de Cs se ha pronunciado de este modo antes de comenzar el pleno ordinario de septiembre en el Ayuntamiento de València, en el que está previsto aprobar de manera provisional la modificación de la Ordenanza Fiscal general y las reguladoras de diferentes tasas e impuestos. Fernando Giner ha avanzado que su grupo votará en contra de estos cambios.

Por su parte, el concejal de Hacienda, el socialista Ramón Vilar, ha destacado, también antes del pleno, que en él se llevará a cabo «una aprobación inicial» de la revisión de impuestos de tasas, lo que implica abrir «luego un periodo de exposición pública durante el cual quien se sienta directamente afectado tiene derecho a hacer sus recursos y alegaciones».

Asimismo, Vilar ha resaltado que está previsto incluir «alguna novedad», que contempla bonificaciones, fruto de «las discusiones, los debates y lo concertado con algunas entidades» con las que se ha reunido en los últimos días y ha citado entre ellas familias numerosas, salas de actividades culturales, comercios emblemáticos y tradicionales.

Fuente:(EUROPA PRESS)

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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