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Cuatro años de cárcel para Domingo Parra por el agujero de Banco de Valencia

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MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al ex consejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra a cuatro años de cárcel por una serie de operaciones inmobiliarias que causaron un perjuicio de 198 millones de euros a la entidad, si bien la responsabilidad civil por la que deberá responder de forma solidaria con otro de los condenados se ha quedado en 168 millones de euros, el daño que inicialmente se estimó.

En concreto, la Sala condena a Parra por administración desleal y como cómplice, impone una pena de seis meses de prisión al que fuera director de las Empresas Participadas Alfonso Monferrer. Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a Caixabank por más de 168 millones de euros, la cantidad máxima reclamada.

Asimismo, condena en calidad de cómplices a cuatro meses de cárcel al administrador de Salvador Vila S.L, Salvador Vila y al administrador de Urbanas de Levante SL y ex presidente del Valencia Club de Fútbol, Juan Bautista Soler. El primero deberá indemnizar en 119 millones de euros y el segundo, por importe de 130 millones, con responsabilidad subsidiaria de las dos empresas mencionadas más Nou Litoral.

Los cuatro, no obstante, han sido absueltos del delito de apropiación indebida del que les acusaban Fiscalía y la acusación ejercida por la SAREB. Los magistrados absuelven además a tres de los acusados, Carlos Pascual de Miguel, Fernando Polaco Huidobro y Teresa Villalba del delito continuado de administración desleal y blanqueo de capitales que les imputaba Fiscalía.

Se trata de las operaciones inmobiliarias en Alicante y Valencia realizadas por la entidad que comandaba Parra con Nou Litoral, Valenciana de Viviendas 2010 SL y Faverch Desarrollos S.L, que ocasionaron perjuicios por importe de 90,4; 77,8; y 29,8 millones de euros en cada uno de los casos.

Para el tribunal, estos negocios fueron ejecutados por Parra «sin seguir los protocolos de Banco de Valencia establecidos en su Manual de Procedimientos aprobado a tal efecto y sin seguir las recomendaciones que anteriormente había hecho el Banco de España para la realización de operaciones de riesgo, no analizando debidamente y con un mínimo de rigor dichas operaciones».

Concluye que no se evaluó de forma diligente el riesgo que se derivaba para el banco en estos negocios, no se hizo el preceptivo estudio de la capacidad de reembolso de las personas físicas y jurídicas involucradas ni su solvencia, y tampoco se exigieron así, garantías suficientes de que saldarían sus deudas con la entidad.

«El acusado aprobó las operaciones mencionadas anteriormente y las empresas pudieron disponer de los fondos dinerarios con fecha anterior a que tales operaciones fueran aprobadas por los órganos rectores correspondientes del Banco de Valencia: Comité de Riesgos, Comisión Ejecutiva y en su caso, Consejo de Administración», destaca la Audiencia.

La Sección Primera entiende que se trata así de un delito de administración desleal «ha quedado plenamente acreditado en autos un gravísimo perjuicio para el Banco de Valencia como consecuencia de las actuación fraudulenta de los acusados», mediante una gestión que califica de «desastrosa» con una serie de «operaciones absolutamente arriesgadas y con un claro carácter especulativo y a la vista de las circunstancias de mercado existentes en el momento en que se desarrollaron los hechos»

NO INDEMNIZARÁN AL FROB
Descarta no obstante, la apropiación indebida porque «no existe ninguna diligencia de prueba en las actuaciones, documental, testifical o pericial tendente de forma directa a la investigación del patrimonio de dichos acusados con la finalidad de saber si se apropiaron de los bienes entregados previamente o bien acreditar que el dinero recibido se distrajo en el sentido de invertirlo o destinarlo a una finalidad diferente para la que fue entregado».

La sentencia se detiene en analizar si debe considerarse al FROB como perjudicado dado que tuvo que inyectar 5.500 millones de euros para sanear el Banco de Valencia, pero descarta este punto porque entiende que no es el directamente perjudicado por la conducta ilícita de los acusados, sino que «quien realmente lo es, o lo fue, era el Banco de Valencia, a quien sucedió universalmente la entidad Caixabank, que lo adquirió por un euro».

Tras recordar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este aspecto y aplicarla al caso presente, la Sección Primera de la Sala de lo Penal subraya que la indemnización habrá de hacerse en favor del Banco de Valencia o de Caixabank, sin perjuicio del derecho de repetición del FROB hacia esa entidad debido a la inyección económica que prestó al Banco de Valencia para su saneamiento.

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Explosión durante un experimento en una escuela de Porqueres deja tres menores heridos, dos graves

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Crimen en Sentmenat

Tres niños de nueve años han resultado heridos por quemaduras de diversa consideración tras una explosión ocurrida durante un experimento de química en una escuela de Porqueres. Dos de los menores se encuentran en estado grave y han sido trasladados al Hospital Vall d’Hebron, mientras que un tercero ha ingresado con heridas leves en el Hospital Universitari de Girona Doctor Josep Trueta.

El accidente se produjo este miércoles por la mañana durante una actividad escolar en el centro Escola L’Entorn, donde los alumnos de 4º de Primaria participaban en un experimento científico.


Una botella explotó durante el experimento escolar

Según han informado los servicios de emergencias, el aviso se recibió sobre las 10:45 horas tras registrarse una explosión en una botella utilizada durante el experimento.

Hasta el lugar se desplazaron efectivos de los Bombers de la Generalitat de Catalunya y del Sistema d’Emergències Mèdiques, que activaron cinco ambulancias y dos helicópteros medicalizados para atender a los menores.

Uno de los niños fue evacuado en helicóptero medicalizado al Hospital Vall d’Hebron de Barcelona, mientras que otro fue trasladado en ambulancia al mismo centro hospitalario. El tercer menor fue derivado al hospital Josep Trueta de Girona.

Además, un equipo de psicólogos del SEM se desplazó a la escuela para asistir a los compañeros de clase y al profesorado tras el suceso.


¿Qué experimento estaban realizando?

Aunque los detalles exactos todavía se investigan, responsables del departamento de Educación han explicado que el experimento consistía en una mezcla de sustancias químicas sencillas, entre ellas alcohol y algún elemento inflamable.

La actividad se estaba realizando en una zona exterior y ventilada del centro, precisamente para garantizar la seguridad de los alumnos durante la demostración.

Según las primeras informaciones, el experimento es una práctica educativa habitual en clases de ciencia y ya se había realizado en otras ocasiones sin incidentes. Sin embargo, por causas aún desconocidas, una de las botellas utilizadas en la mezcla explotó, provocando las quemaduras en los menores que se encontraban más cerca.


El resto de alumnos y profesores están ilesos

El Ayuntamiento de Porqueres ha confirmado que el resto de estudiantes y docentes que participaban en la actividad se encuentran en buen estado.

El alcalde de la localidad ha calificado el incidente como “un accidente puntual”, mientras las autoridades continúan analizando las circunstancias exactas de la explosión para esclarecer qué ocurrió durante el experimento.

La prioridad ahora es la evolución de los menores ingresados, especialmente de los dos alumnos trasladados en estado grave a Barcelona.

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