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Cuatro años de cárcel para Domingo Parra por el agujero de Banco de Valencia

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MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al ex consejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra a cuatro años de cárcel por una serie de operaciones inmobiliarias que causaron un perjuicio de 198 millones de euros a la entidad, si bien la responsabilidad civil por la que deberá responder de forma solidaria con otro de los condenados se ha quedado en 168 millones de euros, el daño que inicialmente se estimó.

En concreto, la Sala condena a Parra por administración desleal y como cómplice, impone una pena de seis meses de prisión al que fuera director de las Empresas Participadas Alfonso Monferrer. Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a Caixabank por más de 168 millones de euros, la cantidad máxima reclamada.

Asimismo, condena en calidad de cómplices a cuatro meses de cárcel al administrador de Salvador Vila S.L, Salvador Vila y al administrador de Urbanas de Levante SL y ex presidente del Valencia Club de Fútbol, Juan Bautista Soler. El primero deberá indemnizar en 119 millones de euros y el segundo, por importe de 130 millones, con responsabilidad subsidiaria de las dos empresas mencionadas más Nou Litoral.

Los cuatro, no obstante, han sido absueltos del delito de apropiación indebida del que les acusaban Fiscalía y la acusación ejercida por la SAREB. Los magistrados absuelven además a tres de los acusados, Carlos Pascual de Miguel, Fernando Polaco Huidobro y Teresa Villalba del delito continuado de administración desleal y blanqueo de capitales que les imputaba Fiscalía.

Se trata de las operaciones inmobiliarias en Alicante y Valencia realizadas por la entidad que comandaba Parra con Nou Litoral, Valenciana de Viviendas 2010 SL y Faverch Desarrollos S.L, que ocasionaron perjuicios por importe de 90,4; 77,8; y 29,8 millones de euros en cada uno de los casos.

Para el tribunal, estos negocios fueron ejecutados por Parra «sin seguir los protocolos de Banco de Valencia establecidos en su Manual de Procedimientos aprobado a tal efecto y sin seguir las recomendaciones que anteriormente había hecho el Banco de España para la realización de operaciones de riesgo, no analizando debidamente y con un mínimo de rigor dichas operaciones».

Concluye que no se evaluó de forma diligente el riesgo que se derivaba para el banco en estos negocios, no se hizo el preceptivo estudio de la capacidad de reembolso de las personas físicas y jurídicas involucradas ni su solvencia, y tampoco se exigieron así, garantías suficientes de que saldarían sus deudas con la entidad.

«El acusado aprobó las operaciones mencionadas anteriormente y las empresas pudieron disponer de los fondos dinerarios con fecha anterior a que tales operaciones fueran aprobadas por los órganos rectores correspondientes del Banco de Valencia: Comité de Riesgos, Comisión Ejecutiva y en su caso, Consejo de Administración», destaca la Audiencia.

La Sección Primera entiende que se trata así de un delito de administración desleal «ha quedado plenamente acreditado en autos un gravísimo perjuicio para el Banco de Valencia como consecuencia de las actuación fraudulenta de los acusados», mediante una gestión que califica de «desastrosa» con una serie de «operaciones absolutamente arriesgadas y con un claro carácter especulativo y a la vista de las circunstancias de mercado existentes en el momento en que se desarrollaron los hechos»

NO INDEMNIZARÁN AL FROB
Descarta no obstante, la apropiación indebida porque «no existe ninguna diligencia de prueba en las actuaciones, documental, testifical o pericial tendente de forma directa a la investigación del patrimonio de dichos acusados con la finalidad de saber si se apropiaron de los bienes entregados previamente o bien acreditar que el dinero recibido se distrajo en el sentido de invertirlo o destinarlo a una finalidad diferente para la que fue entregado».

La sentencia se detiene en analizar si debe considerarse al FROB como perjudicado dado que tuvo que inyectar 5.500 millones de euros para sanear el Banco de Valencia, pero descarta este punto porque entiende que no es el directamente perjudicado por la conducta ilícita de los acusados, sino que «quien realmente lo es, o lo fue, era el Banco de Valencia, a quien sucedió universalmente la entidad Caixabank, que lo adquirió por un euro».

Tras recordar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este aspecto y aplicarla al caso presente, la Sección Primera de la Sala de lo Penal subraya que la indemnización habrá de hacerse en favor del Banco de Valencia o de Caixabank, sin perjuicio del derecho de repetición del FROB hacia esa entidad debido a la inyección económica que prestó al Banco de Valencia para su saneamiento.

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“Erasmus nacional”: así serán las nuevas Becas para estudiar en otra universidad de España

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado este lunes un nuevo programa de movilidad universitaria dentro de España: las Becas Medrano. Esta iniciativa busca facilitar que estudiantes universitarios puedan cursar parte de sus estudios en otra universidad del país, en un modelo similar al conocido como “Erasmus nacional”.

El programa recuerda a las antiguas Becas Séneca, que permitían estudiar en otra universidad española y que fueron eliminadas en 2013. Con las nuevas becas, el Gobierno pretende recuperar ese sistema de intercambio académico entre centros universitarios.

Qué son las Becas Medrano

Las nuevas Becas Medrano están pensadas para que los estudiantes puedan realizar un curso o periodo académico en otra universidad española, ampliando su formación y experiencia educativa sin tener que salir del país.

El objetivo es impulsar la movilidad dentro del sistema universitario español, fomentando el intercambio de conocimientos, metodologías y experiencias entre distintas universidades.

Entre los beneficios de este programa destacan:

  • Posibilidad de estudiar temporalmente en otra universidad española

  • Ampliación de la experiencia académica y personal

  • Conocimiento de nuevas metodologías educativas

  • Intercambio cultural entre estudiantes de diferentes regiones

Un modelo similar al Erasmus europeo

El programa se inspira en el popular Erasmus+ Programme, que permite a los estudiantes universitarios cursar parte de sus estudios en universidades de otros países europeos.

En este caso, el objetivo es aplicar ese mismo concepto dentro del territorio nacional, facilitando que estudiantes de distintas comunidades autónomas puedan formarse en otros campus universitarios.

Esta movilidad académica también busca reforzar la cohesión del sistema universitario español, permitiendo a los estudiantes conocer otras realidades educativas y sociales dentro del país.

Recuperar la movilidad universitaria en España

Con el lanzamiento de las Becas Medrano, el Gobierno pretende recuperar un modelo que durante años facilitó el intercambio entre universidades españolas.

Las antiguas Becas Séneca permitían a miles de estudiantes cursar asignaturas en otras universidades, mejorando su formación y ampliando su red académica. Su desaparición dejó un vacío en el sistema de movilidad nacional que ahora se busca cubrir con esta nueva iniciativa.

Una apuesta por la educación universitaria

El Ejecutivo considera que este tipo de programas refuerzan la calidad del sistema universitario, favorecen la cooperación entre instituciones académicas y ofrecen más oportunidades a los estudiantes.

Con las Becas Medrano, el Gobierno pretende que miles de universitarios puedan vivir una experiencia similar al Erasmus sin salir de España, facilitando su desarrollo académico y personal dentro del propio sistema universitario nacional.

 

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