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Cuatro años de cárcel para Domingo Parra por el agujero de Banco de Valencia

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MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al ex consejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra a cuatro años de cárcel por una serie de operaciones inmobiliarias que causaron un perjuicio de 198 millones de euros a la entidad, si bien la responsabilidad civil por la que deberá responder de forma solidaria con otro de los condenados se ha quedado en 168 millones de euros, el daño que inicialmente se estimó.

En concreto, la Sala condena a Parra por administración desleal y como cómplice, impone una pena de seis meses de prisión al que fuera director de las Empresas Participadas Alfonso Monferrer. Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a Caixabank por más de 168 millones de euros, la cantidad máxima reclamada.

Asimismo, condena en calidad de cómplices a cuatro meses de cárcel al administrador de Salvador Vila S.L, Salvador Vila y al administrador de Urbanas de Levante SL y ex presidente del Valencia Club de Fútbol, Juan Bautista Soler. El primero deberá indemnizar en 119 millones de euros y el segundo, por importe de 130 millones, con responsabilidad subsidiaria de las dos empresas mencionadas más Nou Litoral.

Los cuatro, no obstante, han sido absueltos del delito de apropiación indebida del que les acusaban Fiscalía y la acusación ejercida por la SAREB. Los magistrados absuelven además a tres de los acusados, Carlos Pascual de Miguel, Fernando Polaco Huidobro y Teresa Villalba del delito continuado de administración desleal y blanqueo de capitales que les imputaba Fiscalía.

Se trata de las operaciones inmobiliarias en Alicante y Valencia realizadas por la entidad que comandaba Parra con Nou Litoral, Valenciana de Viviendas 2010 SL y Faverch Desarrollos S.L, que ocasionaron perjuicios por importe de 90,4; 77,8; y 29,8 millones de euros en cada uno de los casos.

Para el tribunal, estos negocios fueron ejecutados por Parra «sin seguir los protocolos de Banco de Valencia establecidos en su Manual de Procedimientos aprobado a tal efecto y sin seguir las recomendaciones que anteriormente había hecho el Banco de España para la realización de operaciones de riesgo, no analizando debidamente y con un mínimo de rigor dichas operaciones».

Concluye que no se evaluó de forma diligente el riesgo que se derivaba para el banco en estos negocios, no se hizo el preceptivo estudio de la capacidad de reembolso de las personas físicas y jurídicas involucradas ni su solvencia, y tampoco se exigieron así, garantías suficientes de que saldarían sus deudas con la entidad.

«El acusado aprobó las operaciones mencionadas anteriormente y las empresas pudieron disponer de los fondos dinerarios con fecha anterior a que tales operaciones fueran aprobadas por los órganos rectores correspondientes del Banco de Valencia: Comité de Riesgos, Comisión Ejecutiva y en su caso, Consejo de Administración», destaca la Audiencia.

La Sección Primera entiende que se trata así de un delito de administración desleal «ha quedado plenamente acreditado en autos un gravísimo perjuicio para el Banco de Valencia como consecuencia de las actuación fraudulenta de los acusados», mediante una gestión que califica de «desastrosa» con una serie de «operaciones absolutamente arriesgadas y con un claro carácter especulativo y a la vista de las circunstancias de mercado existentes en el momento en que se desarrollaron los hechos»

NO INDEMNIZARÁN AL FROB
Descarta no obstante, la apropiación indebida porque «no existe ninguna diligencia de prueba en las actuaciones, documental, testifical o pericial tendente de forma directa a la investigación del patrimonio de dichos acusados con la finalidad de saber si se apropiaron de los bienes entregados previamente o bien acreditar que el dinero recibido se distrajo en el sentido de invertirlo o destinarlo a una finalidad diferente para la que fue entregado».

La sentencia se detiene en analizar si debe considerarse al FROB como perjudicado dado que tuvo que inyectar 5.500 millones de euros para sanear el Banco de Valencia, pero descarta este punto porque entiende que no es el directamente perjudicado por la conducta ilícita de los acusados, sino que «quien realmente lo es, o lo fue, era el Banco de Valencia, a quien sucedió universalmente la entidad Caixabank, que lo adquirió por un euro».

Tras recordar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este aspecto y aplicarla al caso presente, la Sección Primera de la Sala de lo Penal subraya que la indemnización habrá de hacerse en favor del Banco de Valencia o de Caixabank, sin perjuicio del derecho de repetición del FROB hacia esa entidad debido a la inyección económica que prestó al Banco de Valencia para su saneamiento.

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Suiza cambia las normas: nuevos requisitos para españoles que quieran residir más de 3 meses

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Mudarse a Suiza sigue siendo una de las opciones más atractivas para los españoles que buscan mejores salarios y calidad de vida. Sin embargo, el país ha decidido endurecer las condiciones para estancias superiores a tres meses, introduciendo nuevos requisitos obligatorios.

Qué ha cambiado para vivir en Suiza más de 90 días

Hasta ahora, los ciudadanos españoles podían viajar a Suiza sin visado y permanecer hasta 90 días gracias a los acuerdos de libre circulación con la Unión Europea.

No obstante, según la Secretaría de Estado de Migración de Suiza, a partir de ahora quienes deseen quedarse más de ese periodo deberán cumplir dos شروط clave:

  • Presentar un contrato de trabajo formal con una empresa suiza
  • Acreditar un lugar de residencia fijo en el país

Estos requisitos serán obligatorios para cualquier estancia superior a tres meses, lo que limita la posibilidad de viajar “a la aventura” en busca de empleo.

Un destino cada vez más demandado por los españoles

El interés por emigrar a Suiza no deja de crecer. Según datos recientes del Instituto Aragonés de Estadística, más de 1.600 aragoneses residían en el país en 2024, una cifra que refleja el atractivo del mercado laboral suizo.

Sueldos más altos, estabilidad económica y oportunidades profesionales son algunos de los factores que impulsan esta tendencia.

El alto coste de vida: la otra cara de Suiza

A pesar de sus ventajas, Suiza es también uno de los países más caros del mundo. Antes de mudarse, es fundamental tener en cuenta varios factores:

  • Seguro médico obligatorio, con precios entre 320 y 640 euros mensuales
  • Alquiler elevado, especialmente en grandes ciudades
  • Coste alto en alimentación, transporte y servicios

Este nivel de gasto obliga a planificar bien la mudanza y contar con ingresos estables desde el inicio.

Idioma y adaptación: claves para integrarse

Otro de los retos es el idioma. En Suiza no basta con el inglés, ya que dependiendo de la región se habla:

  • Alemán
  • Francés
  • Italiano

Esto puede dificultar la integración laboral y social si no se cuenta con conocimientos previos.

Adiós a improvisar: ahora hay que ir con todo preparado

Con estos cambios, Suiza refuerza su política migratoria y deja claro que ya no es viable mudarse sin planificación previa.

Quienes quieran establecerse en el país deberán hacerlo con el trabajo asegurado y una vivienda confirmada, marcando un antes y un después para los españoles que buscan oportunidades en el extranjero.


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