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Cuatro años de cárcel para Domingo Parra por el agujero de Banco de Valencia

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MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al ex consejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra a cuatro años de cárcel por una serie de operaciones inmobiliarias que causaron un perjuicio de 198 millones de euros a la entidad, si bien la responsabilidad civil por la que deberá responder de forma solidaria con otro de los condenados se ha quedado en 168 millones de euros, el daño que inicialmente se estimó.

En concreto, la Sala condena a Parra por administración desleal y como cómplice, impone una pena de seis meses de prisión al que fuera director de las Empresas Participadas Alfonso Monferrer. Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a Caixabank por más de 168 millones de euros, la cantidad máxima reclamada.

Asimismo, condena en calidad de cómplices a cuatro meses de cárcel al administrador de Salvador Vila S.L, Salvador Vila y al administrador de Urbanas de Levante SL y ex presidente del Valencia Club de Fútbol, Juan Bautista Soler. El primero deberá indemnizar en 119 millones de euros y el segundo, por importe de 130 millones, con responsabilidad subsidiaria de las dos empresas mencionadas más Nou Litoral.

Los cuatro, no obstante, han sido absueltos del delito de apropiación indebida del que les acusaban Fiscalía y la acusación ejercida por la SAREB. Los magistrados absuelven además a tres de los acusados, Carlos Pascual de Miguel, Fernando Polaco Huidobro y Teresa Villalba del delito continuado de administración desleal y blanqueo de capitales que les imputaba Fiscalía.

Se trata de las operaciones inmobiliarias en Alicante y Valencia realizadas por la entidad que comandaba Parra con Nou Litoral, Valenciana de Viviendas 2010 SL y Faverch Desarrollos S.L, que ocasionaron perjuicios por importe de 90,4; 77,8; y 29,8 millones de euros en cada uno de los casos.

Para el tribunal, estos negocios fueron ejecutados por Parra «sin seguir los protocolos de Banco de Valencia establecidos en su Manual de Procedimientos aprobado a tal efecto y sin seguir las recomendaciones que anteriormente había hecho el Banco de España para la realización de operaciones de riesgo, no analizando debidamente y con un mínimo de rigor dichas operaciones».

Concluye que no se evaluó de forma diligente el riesgo que se derivaba para el banco en estos negocios, no se hizo el preceptivo estudio de la capacidad de reembolso de las personas físicas y jurídicas involucradas ni su solvencia, y tampoco se exigieron así, garantías suficientes de que saldarían sus deudas con la entidad.

«El acusado aprobó las operaciones mencionadas anteriormente y las empresas pudieron disponer de los fondos dinerarios con fecha anterior a que tales operaciones fueran aprobadas por los órganos rectores correspondientes del Banco de Valencia: Comité de Riesgos, Comisión Ejecutiva y en su caso, Consejo de Administración», destaca la Audiencia.

La Sección Primera entiende que se trata así de un delito de administración desleal «ha quedado plenamente acreditado en autos un gravísimo perjuicio para el Banco de Valencia como consecuencia de las actuación fraudulenta de los acusados», mediante una gestión que califica de «desastrosa» con una serie de «operaciones absolutamente arriesgadas y con un claro carácter especulativo y a la vista de las circunstancias de mercado existentes en el momento en que se desarrollaron los hechos»

NO INDEMNIZARÁN AL FROB
Descarta no obstante, la apropiación indebida porque «no existe ninguna diligencia de prueba en las actuaciones, documental, testifical o pericial tendente de forma directa a la investigación del patrimonio de dichos acusados con la finalidad de saber si se apropiaron de los bienes entregados previamente o bien acreditar que el dinero recibido se distrajo en el sentido de invertirlo o destinarlo a una finalidad diferente para la que fue entregado».

La sentencia se detiene en analizar si debe considerarse al FROB como perjudicado dado que tuvo que inyectar 5.500 millones de euros para sanear el Banco de Valencia, pero descarta este punto porque entiende que no es el directamente perjudicado por la conducta ilícita de los acusados, sino que «quien realmente lo es, o lo fue, era el Banco de Valencia, a quien sucedió universalmente la entidad Caixabank, que lo adquirió por un euro».

Tras recordar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este aspecto y aplicarla al caso presente, la Sección Primera de la Sala de lo Penal subraya que la indemnización habrá de hacerse en favor del Banco de Valencia o de Caixabank, sin perjuicio del derecho de repetición del FROB hacia esa entidad debido a la inyección económica que prestó al Banco de Valencia para su saneamiento.

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Esta es la nueva fecha que entran en vigor los aranceles de Trump

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Trump aranceles

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha anunciado un nuevo aplazamiento en la entrada en vigor de los aranceles internacionales, que ahora se retrasan hasta el 1 de agosto de 2025. La medida, inicialmente prevista para el 9 de julio, forma parte de su estrategia para presionar a socios comerciales y alcanzar acuerdos bilaterales arancelarios antes de que los gravámenes se apliquen de forma automática.

Trump pospone los aranceles y lanza una ofensiva comercial por carta

El secretario de Comercio, Howard Lutnick, confirmó el cambio de fecha durante una entrevista televisada. “Tendremos a la mayoría de países con una carta o un acuerdo el 9 de julio, pero los aranceles entrarán en vigor el 1 de agosto”, señaló. A partir de esta semana, la Administración Trump comenzará a enviar 100 cartas a 100 países, estableciendo tarifas personalizadas y presionando para alcanzar pactos individuales.

Según Lutnick y el propio Trump, algunos países podrían enfrentarse a aranceles de hasta el 70%, muy por encima de los niveles iniciales anunciados en abril durante el llamado “Día de la Liberación”, que marcó el comienzo de esta nueva escalada comercial.

Advertencia a los países alineados con los BRICS

Trump también lanzó una nueva amenaza comercial a través de su red social Truth Social. Advirtió que cualquier país que se alinee con las políticas de los BRICS —el bloque liderado por China, Rusia, Brasil, India y Sudáfrica, que recientemente se ha ampliado a once miembros— tendrá que asumir un arancel adicional del 10%, sin excepciones. “Cualquier país que adopte políticas antiamericanas será penalizado con aranceles. Es una cuestión de seguridad nacional”, afirmó.

Avances limitados: acuerdos con Reino Unido, Vietnam y distensión con China

Hasta ahora, Washington ha cerrado acuerdos limitados con Reino Unido y Vietnam, y ha llegado a un principio de entendimiento con China para reducir tensiones. Sin embargo, estos pactos no alcanzan el nivel de un tratado comercial formal, y la incertidumbre sobre la política comercial estadounidense sigue afectando a mercados clave, incluidos sectores estratégicos españoles como el agroalimentario, el vino o el acero.

Bruselas modera su postura ante la presión arancelaria

En Europa, la Comisión Europea ha decidido moderar sus demandas comerciales para facilitar un eventual pacto con Washington, mientras varios sectores en España y otros países del bloque mantienen la alerta ante las nuevas amenazas arancelarias de Trump.

 

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