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Cuatro de cada diez valencianos con contrato temporal son pobres

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Según un informe del Observatorio de Investigación sobre Pobreza y Exclusión en la Comunitat, cuatro de cada diez trabajadores valencianos con contrato temporal son pobres y, además, seis de cada diez parados también lo son. Así, el Observatorio, formado por la Universidad CEU Cardenal Herrera, Cáritas CV y la Fundación Foessa, obtiene el resultado de que el colectivo más pobre es el de los desempleados.

Por su parte, la tasa de pobreza de los trabajadores valencianos con contrato temporal ha aumentado de un 30% a un 40% este último año. Sin embargo, en la Comunitat únicamente ocho de cada cien empleados con contrato fijo son pobres.

En cuanto a la situación de los parados valencianos, ha empeorado debido a que los instrumentos del Estado para suplir la falta de ingresos de estas personas son muy inferiores a la media de las demás comunidades autónomas, con tasas de cobertura que han disminuido a lo largo de la crisis, en concreto, 21 puntos en seis años.

A pesar de que el informe ha registrado un crecimiento de empleo en el 2017, el aumento ha sido inferior al del año anterior, debido a que entre el primer trimestre de 2016 y el primer trimestre de 2017 se han creado un total de 51.700 puestos de trabajo en la Comunitat, frente a los 56.500 del año anterior. Asimismo, nueve de cada diez contratos realizados en este periodo son a tiempo parcial, un 35% de los cuales son además temporales.

En concreto, este crecimiento de empleo se concentra en un 86% en la provincia de Alicante, mientras que en Valencia se han creado 6.500 puestos y en Castellón menos de 1.000.

Respecto al informe, el profesor Enrique Lluch y coautor del estudio ha señalado que «sigue existiendo un porcentaje significativo de personas que aún teniendo empleo remunerado no pueden salir de la pobreza, es decir, pobreza laboral».

«Pese a la mejora de las cifras agregadas, las tasas de empleo e inactividad en el caso de los jóvenes no varían sustancialmente con respecto a las del año pasado», concluye el informe.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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